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Valoración: 4
, Fecha: 17/12/11
... Porque, en buena lógica, la nítida e indiscutible argumentación del TCJ en el fundamento jurídico tercero de su Sentencia de 28 de septiembre de 2011 conduciría a considerar no jurisdiccionales todas las resoluciones de los Secretarios Judiciales. Lo que hasta no hace mucho (unos días, como quien dice) se venía sosteniendo por Secretarios Judiciales respecto de sus resoluciones es que eran "jurisdiccionales". Dejando a un lado el valor jurídico y práctico que pueda tener esta sentencia del TCJ, es cierto que, como defiende el señor de la Oliva cuando glosa su contenido, las resoluciones de los Secretarios Judiciales no son hoy por hoy jurisdiccionales, sino administrativas. Pero, está claro que actualmente los Secretarios Judiciales son somos autoridades judiciales sino administrativas (del Poder Ejecutivo). Veo que está bien informado en este aspecto de los Secretarios Judiciales. Partimos de que : "Las resoluciones de los Secretarios Judiciales son administrativas". ...
Valoración: 4
, Fecha: 17/12/11
... Porque, en buena lógica, la nítida e indiscutible argumentación del TCJ en el fundamento jurídico tercero de su Sentencia de 28 de septiembre de 2011 conduciría a considerar no jurisdiccionales todas las resoluciones de los Secretarios Judiciales. Lo que hasta no hace mucho (unos días, como quien dice) se venía sosteniendo por Secretarios Judiciales respecto de sus resoluciones es que eran "jurisdiccionales". Dejando a un lado el valor jurídico y práctico que pueda tener esta sentencia del TCJ, es cierto que, como defiende el señor de la Oliva cuando glosa su contenido, las resoluciones de los Secretarios Judiciales no son hoy por hoy jurisdiccionales, sino administrativas. Pero, está claro que actualmente los Secretarios Judiciales son somos autoridades judiciales sino administrativas (del Poder Ejecutivo). Veo que está bien informado en este aspecto de los Secretarios Judiciales. Partimos de que : "Las resoluciones de los Secretarios Judiciales son administrativas". ...
Valoración: 4
, Fecha: 20/04/11
... Los “servicios comunes procesales” (SCPs), en cambio, son oficinas con las mismas funciones auxiliares, pero que apoyan a varios órganos jurisdiccionales a la vez. El artículo 12 LOPJ proclama y concreta, en su apartado 1, la independencia de los Jueces y Magistrados al disponer que “en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, los Jueces y Magistrados son independientes respecto a todos los órganos judiciales y de gobierno del Poder Judicial Y el CGPJ carece de atribución alguna sobre Secretarios Judiciales y otros funcionarios al servicio de la Administración de Justicia que no son Jueces y Magistrados (dicho sea para abreviar) y que dependen del Ministerio de Justicia (los Fiscales, del Fiscal General del Estado). Así, el resultado es que la impartición de la justicia no se acomoda ya a lo que establezcan las leyes, como debiera ser según la Constitución, sino a disposiciones administrativas. ...
Valoración: 4
, Fecha: 20/04/11
... Los “servicios comunes procesales” (SCPs), en cambio, son oficinas con las mismas funciones auxiliares, pero que apoyan a varios órganos jurisdiccionales a la vez. El artículo 12 LOPJ proclama y concreta, en su apartado 1, la independencia de los Jueces y Magistrados al disponer que “en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, los Jueces y Magistrados son independientes respecto a todos los órganos judiciales y de gobierno del Poder Judicial Y el CGPJ carece de atribución alguna sobre Secretarios Judiciales y otros funcionarios al servicio de la Administración de Justicia que no son Jueces y Magistrados (dicho sea para abreviar) y que dependen del Ministerio de Justicia (los Fiscales, del Fiscal General del Estado). Así, el resultado es que la impartición de la justicia no se acomoda ya a lo que establezcan las leyes, como debiera ser según la Constitución, sino a disposiciones administrativas. ...
Valoración: 4
, Fecha: 20/03/10
... Me refiero a la atribución legal a los Secretarios Judiciales de numerosas resoluciones en toda clase de procesos, como si no fuesen propias y exclusivas, por verdaderamente jurisdiccionales, de los Jueces y Magistrados a que se refiere el art. 117.1 de nuestra Constitución. Estimado Señor:
Soy un Secretario Judicial que observa sorprendido esta sucesión de manifiestos contra el eslabón más debil de una cadena rota desde hace tiempo y, no por los Secretarios Judiciales. Nadie me puede hablar de independencia en estas condiciones y menos aún, que yo, mejor dicho, los Secretarios Judiciales, pongamos en solfa una independencia que hoy no existe y gracias, precisamente, a los integrantes del Poder Judicial. También a las "cúpulas" de varios importantes partidos políticos, en ocasiones conectadas con dirigentes de las asociaciones de Secretarios judiciales.
23 de marzo de 2010 21:19
Tòfol dijo... ...
Valoración: 4
, Fecha: 20/03/10
... Me refiero a la atribución legal a los Secretarios Judiciales de numerosas resoluciones en toda clase de procesos, como si no fuesen propias y exclusivas, por verdaderamente jurisdiccionales, de los Jueces y Magistrados a que se refiere el art. 117.1 de nuestra Constitución. Estimado Señor:
Soy un Secretario Judicial que observa sorprendido esta sucesión de manifiestos contra el eslabón más debil de una cadena rota desde hace tiempo y, no por los Secretarios Judiciales. Nadie me puede hablar de independencia en estas condiciones y menos aún, que yo, mejor dicho, los Secretarios Judiciales, pongamos en solfa una independencia que hoy no existe y gracias, precisamente, a los integrantes del Poder Judicial. También a las "cúpulas" de varios importantes partidos políticos, en ocasiones conectadas con dirigentes de las asociaciones de Secretarios judiciales.
23 de marzo de 2010 21:19
Tòfol dijo... ...
Valoración: 4
, Fecha: 16/04/11
... La Ley Orgánica 19/2003 eliminó la “superior dirección de los Jueces y Presidentes” que establecía el antiguo art. 473.2 LOPJ tras confiar la jefatura directa de la oficina judicial a los Secretarios. Cinco vocales del CGPJ encabezados por De Rosa, mantuvieron ayer una serie de reuniones con jueces, fiscales, secretarios y otros colectivos relacionados con la administración de Justicia, entre ellos abogados y procuradores. Otros dos partidos judiciales que se hundirán y ya van...
16 de abril de 2011 19:15
Manolo
dijo... Ahora, muchos de esos vocales CGPJ, jueces, secretarios, funcionarios, abogados y procuradores, dicen a voz en grito que efectivamente hoy en día es imposible la implantación del nuevo modelo judicial. ...
Valoración: 4
, Fecha: 23/08/10
... Así, por ejemplo, el Real Decreto-Ley de 2 de abril de 1924, llamado de "términos judiciales", que, con sólo "tocar" unos pocos artículos de la vieja Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, redujo extraordinariamente las dilaciones de los procesos civiles. No es cierta, sino errónea, la afirmación general (que es la que ha hecho Rajoy) de que los asuntos judiciales se eternizan sine die en España (por cierto que si se eternizaran, sería necesariamente "sine die"). Los asuntos judiciales no se eternizan en España. Una, el encarecido ruego, por si sirve de algo, de que, tras una reforma procesal de más de un centenar de páginas del BOE, se abstengan todos de impedir que Jueces, Magistrados y Secretarios Judiciales dispongan del tiempo necesario para digerir la mega-ley, que no será un tiempo breve. ...
Valoración: 4
, Fecha: 15/05/10
... En primer lugar, el art. 383,1 LOPJ no exige que el Juez esté ejerciendo funciones jurisdiccionales cuando dispone que sea suspendido si se declara que ha lugar a proceder contra él por un delito cometido en cuanto juez. Ningún Juez o Magistrado –ningún servidor público- puede estar, a la vez, en dos situaciones administrativas distintas. Es indudable que a un Juez suspendido de funciones conforme al art. 383, 1 LOPJ (que no habla de suspensión de funciones jurisdiccionales, sino de suspensión a secas y el art. 348 habla de “suspensión de funciones”) no se le puede confiar, en cuanto juez, ninguna función. El juez suspendido como tal no puede tampoco ocupar plaza reservada a jueces y magistrados porque en esa plaza ("juez de enlace", p ej.) no vaya a desempeñar funciones estrictamente jurisdiccionales. ...
Valoración: 4
, Fecha: 15/05/10
... En primer lugar, el art. 383,1 LOPJ no exige que el Juez esté ejerciendo funciones jurisdiccionales cuando dispone que sea suspendido si se declara que ha lugar a proceder contra él por un delito cometido en cuanto juez. Ningún Juez o Magistrado –ningún servidor público- puede estar, a la vez, en dos situaciones administrativas distintas. Es indudable que a un Juez suspendido de funciones conforme al art. 383, 1 LOPJ (que no habla de suspensión de funciones jurisdiccionales, sino de suspensión a secas y el art. 348 habla de “suspensión de funciones”) no se le puede confiar, en cuanto juez, ninguna función. El juez suspendido como tal no puede tampoco ocupar plaza reservada a jueces y magistrados porque en esa plaza ("juez de enlace", p ej.) no vaya a desempeñar funciones estrictamente jurisdiccionales. ...