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... B) El núcleo de la contradicción se encuentra en la interpretación que ha de darse al requisito, exigido por la Disposición Adicional Tercera de la Ley 40/07 para el derecho a la percepción de la pensión de viudedad, de que el causante y el beneficiario hubieran tenido hijos comunes. La demandante solicitó pensión de viudedad por fallecimiento del causante, acaecido el 20-12-06, manifestando que había mantenido una convivencia ininterrumpida de más de seis años anteriores a la muerte del mismo y que ambos se encontraban en tratamiento de fertilidad para tener hijos. La sentencia de instancia denegó la prestación de viudedad por entender que no concurría el requisito de haber tenido hijos en común. Doctrina que se reitera en la sentencia del mismo T.C. de 16/04/07, reiterando (FJ 3) que "no supone discriminación por razones sociales que el legislador limite la prestación de viudedad a los supuestos de convivencia institucionalizada... [añadiendo que ...
Valoración: 3
Fecha:
... TF: (0034) 928 244 935 / 922 240 409
FAX: (0034) 928 297 350 / 922 248 482
www.gonzaleztorresabogados.com sábado, 14 de junio de 2008 LA PENSION DE VIUDEDAD PARA MUJERES SEPARADAS O DIVORCIADAS - Introducción. Respecto a la pensión de viudedad, el art. 5.3 de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre de 2007, da uan nueva regulación a las pensiones de viudedad. También tendrá derecho a la pensión de viudedad el cónyuge superviviente aunque el causante, a la fecha de fallecimiento, no se encontrase en alta o en situación asimilada a la de alta, siempre que el mismo hubiera completado un período mínimo de cotización de quince años. Documentos que se deben de aportar para tramitar la pensión de viudedad:
A) Documentos relativos a la situación personal y familiar del solicitante:
- Rellenar la solicitud. LA PENSION DE VIUDEDAD PARA MUJERES SEPARADAS O D... LA TRANSMISIBILIDAD DE LAS ACCIONES Y PARTICIPACIO... ...
Valoración: 3
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... B) El núcleo de la contradicción se encuentra en la interpretación que ha de darse al requisito, exigido por la Disposición Adicional Tercera de la Ley 40/07 para el derecho a la percepción de la pensión de viudedad, de que el causante y el beneficiario hubieran tenido hijos comunes. La demandante solicitó pensión de viudedad por fallecimiento del causante, acaecido el 20-12-06, manifestando que había mantenido una convivencia ininterrumpida de más de seis años anteriores a la muerte del mismo y que ambos se encontraban en tratamiento de fertilidad para tener hijos. La sentencia de instancia denegó la prestación de viudedad por entender que no concurría el requisito de haber tenido hijos en común. Doctrina que se reitera en la sentencia del mismo T.C. de 16/04/07, reiterando (FJ 3) que "no supone discriminación por razones sociales que el legislador limite la prestación de viudedad a los supuestos de convivencia institucionalizada... [añadiendo que ...
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... TF: (0034) 928 244 935 / 922 240 409
FAX: (0034) 928 297 350 / 922 248 482
www.gonzaleztorresabogados.com sábado 14 de junio de 2008 LA PENSION DE VIUDEDAD PARA MUJERES SEPARADAS O DIVORCIADAS - Introducción. Respecto a la pensión de viudedad, el art. 5.3 de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre de 2007, da uan nueva regulación a las pensiones de viudedad. También tendrá derecho a la pensión de viudedad el cónyuge superviviente aunque el causante, a la fecha de fallecimiento, no se encontrase en alta o en situación asimilada a la de alta, siempre que el mismo hubiera completado un período mínimo de cotización de quince años. Documentos que se deben de aportar para tramitar la pensión de viudedad:
A) Documentos relativos a la situación personal y familiar del solicitante:
- Rellenar la solicitud. LA PENSION DE VIUDEDAD PARA MUJERES SEPARADAS O D... LA TRANSMISIBILIDAD DE LAS ACCIONES Y PARTICIPACIO... ...
Valoración: 3
Fecha:
... PRESTACIONES: Las cuantía de la indemnización especial son mensualidades de la base reguladora que sirvió para calcular la pensión de viudedad. Su cuantía depende de quién sea el beneficiario: - Cuando es el cónyuge, la indemnización consistirá en 6 mensualidades de la base reguladora de la pensión de viudedad. Cuando los beneficiarios sean el padre, la madre o ambos la indemnización consistirá en 9 mensualidades de la base reguladora de la pensión de viudedad, en caso de padre o madre y 12 si sobrevivieran ambos. El derecho a pensión de viudedad de las personas divorciadas o separadas judicialmente quedará condicionado, en todo caso, a que, siendo acreedoras de la pensión compensatoria, ésta quedara extinguida por el fallecimiento del causante. ...
Valoración: 3
Fecha:
... PRESTACIONES: Las cuantía de la indemnización especial son mensualidades de la base reguladora que sirvió para calcular la pensión de viudedad. Su cuantía depende de quién sea el beneficiario: - Cuando es el cónyuge, la indemnización consistirá en 6 mensualidades de la base reguladora de la pensión de viudedad. Cuando los beneficiarios sean el padre, la madre o ambos la indemnización consistirá en 9 mensualidades de la base reguladora de la pensión de viudedad, en caso de padre o madre y 12 si sobrevivieran ambos. El derecho a pensión de viudedad de las personas divorciadas o separadas judicialmente quedará condicionado, en todo caso, a que, siendo acreedoras de la pensión compensatoria, ésta quedara extinguida por el fallecimiento del causante. ...
Valoración: 3
Fecha:
... Tendrán derecho a la pensión de orfandad cada uno de los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación, siempre que, al fallecer el causante, sean menores de dieciocho años o estén incapacitados para el trabajo y que aquél hubiera cubierto el período de cotización exigido, en relación con la pensión de viudedad, en el núm. 1 del artículo anterior.
2. Son requisitos esenciales para el nacimiento del derecho a ser beneficiario de prestaciones de viudedad y orfandad, en su modalidad contributiva, entre otros, que el causante se encontrara en situación de alta o asimilada, de conformidad con lo preceptuado en los arts. 172.1 a), 174. 1 y 175 de la vigente LGSS. ...
Valoración: 3
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... Tendrán derecho a la pensión de orfandad cada uno de los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación, siempre que, al fallecer el causante, sean menores de dieciocho años o estén incapacitados para el trabajo y que aquél hubiera cubierto el período de cotización exigido, en relación con la pensión de viudedad, en el núm. 1 del artículo anterior.
2. Son requisitos esenciales para el nacimiento del derecho a ser beneficiario de prestaciones de viudedad y orfandad, en su modalidad contributiva, entre otros, que el causante se encontrara en situación de alta o asimilada, de conformidad con lo preceptuado en los arts. 172.1 a), 174. 1 y 175 de la vigente LGSS. ...
Valoración: 3
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... Gonzalez Torres Abogados SL Blog del despacho Gonzalez Torres Abogados con oficinas en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife especializado en asesoramiento jurídico integral a empresas, autónomos y particulares en las Islas Canarias. Los idiomas de trabajo son español, inglés, francés y alemán. TF: (0034) 928 244 935 / 922 240 409 FAX: (0034) 928 297 350 / 922 248 482 www.gonzaleztorresabogados.com viernes, 19 de diciembre de 2008 DESPACHO DE ABOGADOS HISPANO ALEMAN EN LAS ISLAS CANARIAS GONZALEZ TORRES ABOGADOS SL esta integrado por dos abogados socios y fundadores de la firma, doña Leocricia González Domínguez y don Pedro Torres Romero radicados en Las Palmas de Gran Canaria si bien el ámbito de ejercicio de la abogacía comprende todas las islas canarias, contando el despacho con abogados colaboradores en las distintas islas. En octubre de 2.005 se incorpora un tercer abogado y socio, don Francisco Torres Padrón. Los socios fundadores vienen ejerciendo la ...
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, Fecha: 06/01/08
... LA PENSION DE VIUDEDAD PARA MUJERES SEPARADAS O D... LA TRANSMISIBILIDAD DE LAS ACCIONES Y PARTICIPACIO... ...