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... Se trataría por tanto de valorar como conducta concurrente en la producción de las lesiones y secuelas del demandante, su propia conducta como ocupante que sube al vehículo conociendo el estado de embriaguez del conductor y por tanto asumiendo un riesgo cierto. Como ya se ha dicho antes, no se trataría de concurrencia de la víctima en la producción del accidente, que en este caso ocurre por el exceso de velocidad y el estado del conductor, pero si en la agravación de sus consecuencias, como son sus propias lesiones, ya que habría asumido el riesgo cierto de resultar lesionado al subir a un vehículo a pesar de conocer el estado de embriaguez de... ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... LA CONCURRENCIA DE CULPAS ENTRE EL CONDUCTOR DEL V... FIJACION DE LA CUANTIA DE LA INDEMNIZACION POR ACC... ...
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... Se trataría por tanto de valorar como conducta concurrente en la producción de las lesiones y secuelas del demandante, su propia conducta como ocupante que sube al vehículo conociendo el estado de embriaguez del conductor y por tanto asumiendo un riesgo cierto. Como ya se ha dicho antes, no se trataría de concurrencia de la víctima en la producción del accidente, que en este caso ocurre por el exceso de velocidad y el estado del conductor, pero si en la agravación de sus consecuencias, como son sus propias lesiones, ya que habría asumido el riesgo cierto de resultar lesionado al subir a un vehículo a pesar de conocer el estado de embriaguez de... ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... LA CONCURRENCIA DE CULPAS ENTRE EL CONDUCTOR DEL V... FIJACION DE LA CUANTIA DE LA INDEMNIZACION POR ACC... ...
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... Todos ellos crean un riesgo previsible de daño, aunque empleen el cuidado debido en su ejercicio, pero que en la LRCSVM se imputa exclusivamente al conductor de vehículos a motor. También, en los supuestos de colisión recíproca entre dos vehículos señalando lo siguiente: "el principio de responsabilidad objetiva por riesgo comporta el reconocimiento de la responsabilidad por el daño a cargo del conductor del vehículo que respectivamente lo ha causado, pues resulta evidente que en este supuesto no puede hablarse con propiedad de compensación de culpas, sino que ... E) El ciclista, desde el momento en que se incorpora a la circulación, asume en parte y de forma consciente el riesgo creado por la conducción vehículos a motor que la Ley pone inicialmente a cargo del conductor del camión. ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ▼ febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... ...
Valoración: 2
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... Todos ellos crean un riesgo previsible de daño, aunque empleen el cuidado debido en su ejercicio, pero que en la LRCSVM se imputa exclusivamente al conductor de vehículos a motor. También, en los supuestos de colisión recíproca entre dos vehículos señalando lo siguiente: "el principio de responsabilidad objetiva por riesgo comporta el reconocimiento de la responsabilidad por el daño a cargo del conductor del vehículo que respectivamente lo ha causado, pues resulta evidente que en este supuesto no puede hablarse con propiedad de compensación de culpas, sino que ... E) El ciclista, desde el momento en que se incorpora a la circulación, asume en parte y de forma consciente el riesgo creado por la conducción vehículos a motor que la Ley pone inicialmente a cargo del conductor del camión. ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ▼ febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... ...
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... No se obtuvieron fotos o testimonios de otros pasajeros que no tuviesen interés en el proceso del mismo momento que lo acreditasen, y no podemos considerar como tal en el caso del capitán del barco, ya que como responsable de todo lo que ocurra en el mismo, lo natural es que manifestase que las escaleras estaban en perfecto estado. NO CABE INDEMNIZACION POR LAS HERIDAS PRODUCIDAS E... ►
junio (1) LA INDEMNIZACION DEL LUCRO CESANTE POR LESIONES M... ►
mayo (1) LOS PASAJEROS TIENEN DERECHO A SER INDEMNIZADOS EN... ►
abril (1) RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACION P... ►
marzo (3) ORGANOS COMPETENTES PARA RECLAMAR UNA INDEMNIZACIO... ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... ...
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... C) Respecto de la reclamación por daño patrimonial para quien hubiera pagado el peaje, en la demanda se reclama una cantidad lineal de 28 euros por vehículo que se calcula teniendo en cuenta las distintas valoraciones en la tarifa según el recorrido, así parte de un promedio de 14 por vehículo y calcula dicha base en el doble de lo abonado, es decir, los 28 euros reclamados. NO CABE INDEMNIZACION POR LAS HERIDAS PRODUCIDAS E... ►
junio (1) LA INDEMNIZACION DEL LUCRO CESANTE POR LESIONES M... ►
mayo (1) LOS PASAJEROS TIENEN DERECHO A SER INDEMNIZADOS EN... ►
abril (1) RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACION P... ►
marzo (3) ORGANOS COMPETENTES PARA RECLAMAR UNA INDEMNIZACIO... ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... ...
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... TF: (34) 928 297 609
FAX: (34) 928 297 350.
www.indemnizacionglobal.com viernes 14 de enero de 2011 LA INDEMNIZACION DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS ES UN DERECHO DEL VIAJERO QUE SUFRA DAÑOS EN UN VIAJE Según la sentencia de la Sala de lo Civil nº 618/2010, de 08 de octubre de 2010, la indemnización a que los viajeros tienen derecho en virtud del Seguro Obligatorio de Viajeros, no est... En dicho procedimiento, la parte ahora recurrente demandó a la empresa de autobuses y a su aseguradora, reclamándole los daños y perjuicios por las lesiones sufridas cuando viajaba como pasajera en uno de los autobuses, como consecuencia de un frenazo dado por el conductor; pretensión que fue rechazada en la sentencia impugnada al entenderse que no cabía apreciar culpabilidad del conduct... ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
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... Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio.
2. En caso de que no conste en ese fichero o no sea posible realizar la consulta, los agentes pedirán al conductor el justificante de pago. Por eso, la DGT recomienda seguir llevando el recibo en el vehículo. ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
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marzo (2)... LA NECESIDAD DEL JUSTIFICANTE DE PAGO DEL SEGURO O... LOS DERECHOS DE LOS PASAJEROS AEREOS EL REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGUROS Y COBERTURA DE... ...
Valoración: 2
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... Conforme al art. 1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, se establece que: en el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedara exonerado (el conductor) cuando pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del... Se trata de una responsabilidad objetiva, desligada de la culpa o negligencia del causante de los daños, por lo que es necesario acreditar la conducta imprudente del conductor que ha intervenido en el accidente. Se trata de una responsabilidad objetiva, desligada de la culpa o negligencia del causante de los daños, por lo que no es necesario acreditar la conducta imprudente del conductor que ha intervenido en el accidente. ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
febrero (2) LA CONCURRENCIA DE CULPAS EN LOS ATROPELLOS DE CI... ...
Valoración: 2
Fecha:
... Desde luego, resulta innegable la obligación de responder el
conductor del vehículo, también de los daños materiales. El conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo
creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en
los bienes con motivo de la circulación. Si concurrieran la negligencia del conductor y la del
perjudicado, se procederá a la equitativa moderación de la responsabilidad y al
reparto en la cuantía de la indemnización, atendida la respectiva entidad de
las culpas concurrentes. 3º) MOTIVOS DE OPOSICION: El primer motivo de
oposición se formula al amparo del art. 559.3 LEC en
relación con el art. 10 - actual 13- LRC y SCVM y 1.1... ES INDEMNIZABLE LA PRIVACION A UNA MADRE DE SU FAC... ►
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