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Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... El que los hombres puedan llegar a tal acuerdo y respetar estos límites cuando se mantienen las libertades políticas fundamentales, es algo implícito en un régimen democrático. ...
Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... Por supuesto, este nuevo régimen exigiría la supresión del canon actual, que no tiene ningún sentido. ...
Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... El letrado lo comunicó al Consejo general del Poder Judicial (CGPJ) y pidió apoyo para todos los abogados ante el Consejo General de la Abogacía, organismo que aprobó su petición por unanimidad y solicitó al Ministerio de Justicia y al CGPJ un régimen especial para los profesionales del derecho, petición a la que se adherió la Asociación de Ingenieros en Informática para sus profes... ...
Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... El Consejo apoyó por unanimidad su solicitud y pidió al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial un régimen especial para aquéllos. ...
Valoración: 4
, Fecha: 06/03/04
... Que habiéndose solicitado por el Consejo General de la Abogacía Española un régimen especial para los profesionales del Derecho dado que los formatos soporte de los juicios orales civiles consisten precisamente en CD-Rom y DVD, entiende esta Junta de Delegados que se halla igualmente legitimada para solicitar una excepción para el material docente que obligatoriamente deben utilizar los ... ...
Valoración: 4
, Fecha: 09/09/03
... Directiva 2000/31/CE. Capítulo III. Aplicación. Mar, 09/09/2003 - 11:13 — webmaster Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico). Preámbulo y Considerandos. Capítulo I. Disposiciones Generales. Capítulo II. Principios. Sección 1. Régimen de establecimiento y de Información. Sección 2. Comunicaciones Comerciales. Sección 3. Contratos por vía electrónica. Sección 4. Responsabilidad de los prestadores de servicios intermediarios. Capítulo III. Aplicación. Capítulo IV. Disposiciones Finales. Anexo. Excepciones al artículo 3. Notas. Capítulo III. Aplicación. Artículo 16. Códigos de conducta. 1. Los Estados miembros y la Comisión fomentarán: a) la elaboración de códigos de conducta a nivel comunitario, a través de asociaciones u ...
Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... Estos medios de prueba no se prevén en régimen de lista cerrada, sino abierta y de forma coherente con lo dispuesto en el art. 299.3 LEC. ...
Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... Exposición de Motivos Título I. Disposiciones generales Capítulo I. Objeto Capítulo II. Ambito de Aplicación Título II. Prestación de servicios de la sociedad de la información Capítulo I. Principio de libre prestación de servicios Capítulo II. Obligaciones y régimen de responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información Capítulo III. ...
Valoración: 4
, Fecha: 01/01/70
... Derecho a indemnización.
1.- Los interesados que, como consecuencia del incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley por el responsable o el encargado del tratamiento, sufran daño o lesión en sus bienes o derechos tendrán
derecho a ser indemnizados.
2.- Cuando se trate de ficheros de titularidad pública, la responsabilidad se exigirá de acuerdo con la legislación reguladoradel ré... ...
Valoración: 4
, Fecha: 09/09/03
... Directiva 2000/31/CE. Capítulo IV. Disposiciones Finales Mar, 09/09/2003 - 11:18 — webmaster Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico). Preámbulo y Considerandos. Capítulo I. Disposiciones Generales. Capítulo II. Principios. Sección 1. Régimen de establecimiento y de Información. Sección 2. Comunicaciones Comerciales. Sección 3. Contratos por vía electrónica. Sección 4. Responsabilidad de los prestadores de servicios intermediarios. Capítulo III. Aplicación. Capítulo IV. Disposiciones Finales. Anexo. Excepciones al artículo 3. Notas. Disposiciones finales Artículo 21. Reexamen. 1. Antes del 17 de julio de 2003 y, a continuación, cada dos años, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y ...