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José Ramón López Gallardo

Blog: Blog jurídico de Derecho Civil y Mercantil

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Doctrina STS de 30 de abril de 2010 sobre exención del ITPYAJD no aplicable al régimen económico matrimonial de separación de bienes

Valoración: 4 Fecha:
... En el BOE de hoy, día 24 de junio de 2010, se ha publicado la Sentencia de 30 de abril de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se establece la siguiente doctrina: «En el supuesto de las adjudicaciones y transmisiones originadas por la disolución del matrimonio, y previsto en el artículo 45.I.B) 3 del Real Decreto Legislativo 1/1993, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la exención de tributos únicamente es aplicable a las disoluciones en que haya efectiva comunidad de bienes (sociedad conyugal); por tanto esta exención no es aplicable a los supuestos en que rija un régimen económico matrimonial de separación de bienes. LEER LA SENTENCIA ...

Clases de Procedimientos y tipología de las rupturas matrimoniales

Valoración: 4 , Fecha: 06/02/08
... Demandas de separación y divorcio de mutuo acuerdo: conocidas como separaciones y divorcios de derecho. Si una pareja se encuentra casado con el régimen de gananciales y acuerdan que a partir de ese momento comience a regir el de separación de bienes, han de acudir al Notario para firmar el documento de Capitulaciones Matrimoniales, en el que previamente se habrá liquidado la sociedad de gananciales, adjudicándose bienes cada uno de los esposos al 50% u otro porcentaje establecido de mutuo ... TIPOLOGIA DE RUPTURAS: MATRIMONIALES: 1.- Separación de hecho de mutuo acuerdo: Aquella en la que no existe una sentencia de separación debido a que no se presenta ante el Juzgado ninguna demanda previa de separación amistosa con su correspondiente convenio regulador, que deba ser aprobado por el Juez. La separación no disuelve el vínculo matrimonial, por lo que seguirán siendo matrimonio, lo que pasa que separado judicialmente. ...

La interpretación jurisprudencial del derecho de los cónyuges a obtener la compensación por haber contribuido a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico

Valoración: 4 , Fecha: 09/12/11
... Conforme a la vigente redacción del artículo 1435 del CC existirá el régimen económico de separación de bienes: 1. Evidentemente, por muy acusada que sea la disgregación patrimonial subyacente en el régimen de separación de bienes, la convivencia matrimonial requiere hacer frente a los gastos y a las obligaciones que genera la existencia de cualquier familia. Por tanto, este precepto viene a ser una mera concreción, en relación con el régimen de separación de bienes, de la regla general establecida en el artículo precedente. La separación de bienes no exime a ninguno de los cónyuges del deber de contribuir. 2ª Regla: puede contribuirse con el trabajo doméstico. Para que uno de los cónyuges tenga derecho a obtener la compensación establecida en el art. 1438 CC será necesario: 1º que los cónyuges hayan pactado un régimen de separación de bienes; 2º que se haya contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para la casa. ...

La delimitación de la masa activa concursal: las operaciones de reducción y de reintegración

Valoración: 4 Fecha:
... La primera supone la separación del patrimonio del deudor de aquellos bienes y derechos que al tiempo de la declaración de concurso se hallan en posesión del deudor – concursado. En cuanto a las acciones de reivindicación, también son conocidas como acciones de separación del dominio o separatio ex iure dominio, por tratarse de bienes o derechos cuya propiedad o titularidad no pertenece realmente al patrimonio concursal y venían reguladas en los derogados artículos 908 a 910 del Código de Comercio. En primer término, los bienes o derechos deben ser de naturaleza patrimonial. Los bienes que carezcan, por sí solos, de contenido patrimonial. Los bienes expresamente declarados inembargables por alguna disposición legal. Concurso de persona casada en régimen de separación de bienes.- En este caso, la ley concursal contempla una serie de presunciones en beneficio de la masa. ...

La denominada Presunción Muciana

Valoración: 4 Fecha:
... El régimen económico de separación de bienes regula las relaciones patrimoniales de los cónyuges partiendo del principio básico de la inexistencia entre ellos de una masa patrimonial común, conservando cada uno de ellos la titularidad, administración y la capacidad de disposición de sus propios y privativos bienes. La inexistencia de la masa conyugal aparece perfectamente reflejada en el artículo 1437 del CC al señalar que: “en el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título. Y no utilicen el régimen de separación de bienes para perjudicar a terceros. El cónyuge del concursado tiene que haber adquirido ciertos bienes a título oneroso (y no a título gratuito). Una cuestión controvertida es el aplicación de la presunción muciana en los bienes de titularidad dudosa, bienes que el presume que corresponden a ambos cónyuges por mitad. ...

El embargo. Especial relevancia del embargo de sueldo y pensiones

Valoración: 4 Fecha:
... No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, salvo que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución. Sin embargo, no puede dejarse al arbitrio de los acreedores la elección de los bienes objeto de la traba, so pena de soportar el riesgo que la ejecución de los mismos pudiera resultar más lesiva para el deudor en comparación con otros bienes pertenecientes al patrimonio del deudor. En los artículos 605 y 606 de la Lec se establece que bienes son absolutamente inembargables y que bienes del deudor se declaran inembargables. “Artículo 605. Igualmente serán acumulables los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico que les rija no sea el de separación de bienes y rentas de toda clase, circunstancia que habrán de acreditar al tribunal. 4. ...

La anotación preventiva de una demanda de incapacidad en el Registro de la Propiedad

Valoración: 4 , Fecha: 02/05/10
... En este grupo se suelen incluir las anotaciones de demanda de separación de bienes y de separación, nulidad y divorcio y, una vez admitidas a trámite estas demandas, la anotación preventiva de la revocación de consentimiento y poderes otorgados entre los cónyuges y del cese de la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. En realidad, en estos casos, más que supuestos de alteración de la capacidad civil, se trata de nuevas posiciones jurídicas respecto a determinados bienes inmuebles, bien por cambio del estado civil, bien por aplicación de un nuevo status al régimen económico matrimonial. Esta anotación no es obstáculo para que puedan inscribirse los actos de enajenación o gravamen de los bienes anotados. ...

La División y Partición Hereditaria. Aspectos Prácticos.

Valoración: 4 Fecha:
... I.- La partición de la herencia a) El reparto de los bienes gananciales. Si los cónyuges no están casados en régimen económico de separación de bienes, los bienes que se compraron durante el matrimonio son gananciales, es decir, de los dos. Al fallecer uno de ellos, hay que determinar qué bienes se queda en propiedad el viudo y cuáles quedarán para la herencia del fallecido. Los herederos tienen que estar todos de acuerdo sobre los lotes de bienes que le corresponden a cada cual. Si el testador determinó a quién iba a parar alguno o todos los bienes, hay que respetar su voluntad. Etiquetas de Technorati: partición , contador , partidor , bienes , herencia ...

Diccionario Jurídico – Letra R

Valoración: 4 , Fecha: 06/09/09
... RÉGIMEN DE GANANCIALES: La sociedad de gananciales es, a falta de pacto, la que regula el régimen económico de los matrimonios sometidos al derecho civil español (y determinados regímenes autonómicos, excepto el de Cataluña que tiene como básico el régimen de separación de bienes, totalmente opuesto, por lo tanto, al de gananciales). RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES: Aplicable, como regla general, o sea a falta de pacto , en Cataluña y para todos aquellos matrimonios, cualquiera que sea su residencia, cuando así lo pactan. Existe total separación de bienes, no solo con respecto a los que tuvieran con anterioridad del matrimonio, sino también en relación con los que adquieren durante el mismo; cada cónyuge se adjudica los que consiga en su propio nombre. REPARACIÓN DEL DAÑO: Es un derecho del ofendido y de la víctima para ser compensados de los daños o perjuicios sufridos en sus bienes legalmente protegidos, como resultado de la ejecución de un delito. ...

Conflicto en la aplicación de la legislación foral Valenciana

Valoración: 4 , Fecha: 08/10/08
... Cuando esta sociedad se disuelva, ya sea por fallecimiento de uno de los cónyuges, ya sea por separación, etc, los bienes y derechos que se hubieran generado bajo ese régimen (gananciales) se atribuyen por mitades a ambos cónyuges. Pero dentro de este régimen existen tanto bienes privativos como gananciales. Sin embargo, el régimen de separación de bienes, de aplicación supletoria en nuestro Derecho Civil es una opción preferente es la inmensa mayoría de nuestras CCAA - como Valéncia, Catalunya...-, y el que se ajusta mucho mejor a una sociedad y avanzada como la nuestra. Su característica fundamental es, como señala el art. 1347 del Código Civil, es que los bienes se tuvieran en el momento inicial del mismo y los que se adquieran después por cualquier título, pertenecerán a cada cónyuge, es decir, que cada cónyuge conserva la propiedad de todos sus bienes obtenidos antes y durante el matrimonio. ...

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