Coincidencia: 96.24% |
Fecha: 12/12/08 |
Valoración: 4
Fuente:
Procedimientos Telemáticos y Electrónicos
Regulado el régimen de funcionamiento de la Oficina Virtual del Catastro y los Puntos de Información Catastral (PIC) Posted by Bartolomé Borrego Zabala on Diciembre 12, 2008 · Dejar un comentario En el B.O.E. del pasado 8 de diciembre se ha publicado la Resolución de 24 de noviembre de 2008, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el régimen de funcionamiento de la Oficina Virtual del Catastro (OVC) y de los Puntos de Información Catastral (PIC) . El objeto de la misma ha sido el de regular las condiciones de prestación de los servicios que ofrece la OVC directamente al usuario, así como los prestados a través de los PIC instalados en las Administraciones, entidades y corporaciones públicas autorizadas. De esta manera, se han regulado los siguientes servicios que se pueden prestar a través de la OVC : Servicio de consulta a datos catastrales no protegidos. Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos. Servicio de suministro
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