... La administración Obama mantiene a España bajo vigilancia por el P2P La semana pasada se publicó el Special 301 Report correspondiente a 2009 El informe concluye con la intención de la administración Obama de trabajar estrechamente con España para tratar los asuntos referidos durante este año. ...
... La Administración había denegado la concesión de nacionalidad española por entender que el solicitante no cumplía el requisito de la buena conducta cívica (art. 22.4 CC ), dado que en el informe policial incluido en el expediente administrativo figuraba que había sido detenido en 1996 por resistencia, daños y contrabando. Ello significa sencillamente que la Administración carece de discrecionalidad en esta materia: la nacionalidad española por residencia no puede ser otorgada o denegada en virtud de meras consideraciones de oportunidad. Ello pone de manifiesto, cuanto menos, que la Administración no considera que el mero hecho de haber sido detenido sea tan importante como esos otros datos a la hora de determinar la buena conducta cívica del solicitante. No es la Administración quien debe probar que falta una buena conducta cívica: la existencia de la buena conducta cívica no se presume. ...
... skip to main | skip to sidebar VAL LETRADOS BLOG DE ACTUALIDAD LEGAL DEL DESPACHO JURÍDICO VALLETRADOS & ASOCIADOS jueves, 23 de julio de 2009 Los administradores de foros, blogs y wikis no son responsables de los contenidos aportados por terceros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO Sección 1ª. SENTENCIA NÚMERO 538 ILMOS/AS. SRES/AS: PRESIDENTE: D.a MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR MAGISTRADOS: D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ • D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO Lugo a nueve de julio de dos mil nueve- La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n. 40/2009, dimanante del Juicio Ordinario 141/2008 seguido en el. Juzgado de Primera Instancia ó Uno de Mondoñedo sobre tutela del derecho al honor; siendo apelante el demandante L.R.V., representado por el procurador sr. V.P. y asistido del letrado Sr. R.V. y apelados los demandados P.C.P. y J.A.B. representados por la procuradora Sra. E.S. y asistidos del letrado Sr. M.R. y el Ministerio Fiscal; actuando como ...
... HIPOTECA
HIPOTECA UNILATERAL OTORGADA ANTES DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO Y PRESENTADA CON POSTERIORIDAD EN EL REGISTRO: NO REQUIERE LA INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL
Resolución de 2 de Noviembre de 2.011 (B.O.E. de 1 de Diciembre de 2.012). La Registradora exige que la administración concursal intervenga en los términos previstos en el artículo 40 de la Ley Concursal. Es, por tanto, improcedente que la Administración haga traba de bienes integrantes del patrimonio del deudor sin que con carácter previo exista un pronunciamiento judicial declarando la no afectación de los bienes o derechos objeto de apremio a la continuidad de la actividad del deudor. Todo de conformidad con el artículo 1058 del Código Civil: «…si los herederos fueren mayores y tuvieren la libre administración de sus bienes, podrán distribuir la herencia en la manera que tengan por competente». ...
... El informe preceptivo de la administración concursal es una
garantía más de esta solución”. Más
aun si cabe, cuando por este Juzgador se echa en falta una necesaria y
auténtica labor de estudio, análisis y consensuaciòn, en la medida de lo
posible, de dicho administrador concursal con la administración de la
concursada , a fin de viabilizar el convenio y dar salida a la compañía,
evitando el último recurso a la liquidación. Además,
el Auto destaca la necesidad de colaboración que en todo concurso debe primar
entre la administración social y la administración concursal por mucho que una
y otra mantengan divergentes opiniones en aspectos vinculados con la marcha de
la sociedad: “El
art. 37 de la Ley Concursal permite al juez, de
oficio, o a instancia de los legitimados para instar el concurso, o de ... Se
constata, además, una clara y evidente desavenencia con la administración de la
concursada y con su propio Letrado ...
... En tercer lugar, uno de los temas que más quebraderos de cabeza me han causado y, creo que me va a seguir causando, es un atropello de nuestra querida Administración, la local. Así que una vez conocido el nuevo valor catastral, realizado por el Catastro y recurrido ante los Tribunales Económico Administrativos -de la Administración Central-, cada Ayuntamiento gira un IBI con Base en ese nuevo valor catastral, que evidentemente -no tendría lógica recurrir el vc y no su efecto- se recurre. Finalmente, indicar que aunque a veces miramos por encima del hombro a países de Latinoamérica, de África o de Europa del Este, sus Administraciones a veces ofrecen mayor seguridad jurídica que la Administración local y muchas autonómicas españolas -auténticos territorios comanches- y ya no digamos, como ha sido otro asunto que me ha obligado a desatender el blog cuando tienes temas c... ...
... La Administración de Justicia es un servicio esencial en una sociedad democrática, garante final de los derechos de la ciudadanía. La Administración de Justicia es en muchos aspectos deficitaria y no presta con calidad exigible los servicios que debería dar. Todas ellas requieren del diálogo y del estudio pausado de la Administración de Justicia y probablemente permiten titulares menores vistosos e inmediatos pero supondrían un acercamiento serio a los problemas actuales de la Administración de Justicia en España. Exigimos un cambio diametral de rumbo en la política Ministerial, siendo inaplazable la convocatoria de oposiciones a Jueces y Fiscales para 2012 y fijando un plan a medio plazo para paliar la situación de la Administración de Justicia. Estas personas han puesto y ponen su tiempo, recursos e ilusión en unas carreras vinculadas a la Administración de Justicia con ánimo de servicio público. ...
... El Ayuntamiento interpone recurso contencioso-administrativo contra la Administración General del Estado, Ministerio de Justicia, impugnando el acto gubernativo del Secretario Descartando aquí lo político y lo legislativo, lo que al TCJ le llega es el intento de iniciar un conflicto entre "Juzgados y Tribunales" y Administración. Creo que lo último que le faltaba ya a esta maltrecha Administración de Justicia es entrar en conflictos internos. Eso es lo intolerable y quienes trabajan en la administración de Justicia deberían identificar al verdadero enemigo y no combatir contra molinos de viento. En aquél sistema, donde el Juez era un dios que hacía y deshacía a su antojo, la administración de justicia funcionaba al gusto de cada juzgador. En aquella Administración de Justicia, donde el Juez era dios, lo mejor era callar por el bien de uno mismo o el de sus clientes. ...
... El carácter positivo de la inactividad de la Administración es la garantía que se establece cuando no se cumple el verdadero objetivo de la Ley, que es que los ciudadanos obtengan respuesta expresa de la Administración y, sobre todo, que la obtengan en el plazo establecido. Esta garantía, exponente de una Administración en la que debe primar la eficacia sobre el formalismo, sólo cederá cuando exista un interés general prevalente o, cuando realmente, el derecho cuyo reconocimiento se postula no exista. D.- Los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer tanto ante la Administración como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada. ...
... Se va a mantener un procedimiento administrativo que será instruído por la Comisión de Propiedad Intelectual al final del cual se dictará un acto administrativo que, como todos los que le damos al administrativo o nos han puesto una multa de tráfico sabemos, tiene el privilegio de la autoejecución: es decir, que la administración que lo dicta puede ejecutarlo sin auxilio judicial. Si al final se revoca esa decisión, el que haya sufrido el cierre, aparte del pataleo, tendrá la complicada vía de la reclamación de indemnización a la administración. Blog Interiuris – Andy Ramos » Blog Archive » Propiedad Intelectual, Administración Pública, Audiencia Nacional, Páginas de enlace y otros esperpentos 10 Jan 10 a las 21:18 ...