... El denominado Recurso de Reposición viene contemplado en los artículos 451 a 454 de la Ley 1/2000. de Enjuiciamiento Civil. Recurso Ordinario.- El recurso de reposición tiene como finalidad la impugnación de resoluciones dictadas para impulsar la tramitación procesal y que no ponen fin al proceso. Por tanto, en la actualidad, el recurso de reposición se interponen contra determinadas resoluciones judiciales, que luego señalaremos, con independencia del órgano judicial que las haya dictado. Son susceptibles de ser recurridas en reposición las resoluciones siguientes:
Providencias y autos no definitivos dictados por cualquier órgano judicial civil. Salvo los casos en que procesa el recurso de queja, contra el Auto que resuelva el recurso de reposición no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión objeto de la reposición al recurrir, si fuere procedente la resolución definitiva (generalmente a través del recurso de apelación). ...
... Pues bien, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo llega a la misma conclusión práctica pero va mas allá al negar la premisa de la posibilidad de recursos de reposición frente a los planes. Ahora bien; la interposición del recurso de reposición fue un error de la Sra. Joaquina inducido por la propia Administración, la cual, en el anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 70, del miércoles 6 de Junio de 1990, (página 1868) ofreció a los interesados el recurso de reposición. El inciso del apartado uno (“cualquiera que sea su objeto”) deja claro que en el caso de los entes locales no caben recursos de reposición contra instrumentos de planeamiento. En definitiva, que el Tribunal Supremo ha enterrado la práctica de ofrecer ( y admitir) recurso de reposición frente a los actos locales o autonómicos de aprobación de instrumentos de planeamiento. ...
... El Ayuntamiento formula recurso administrativo, de reposición o de alzada, el que corresponda, ante el Secretario, que lo inadmite. No puedo discutir con Vd. todos los alegatos, diversísimos y distintos del asunto de este "post". De hecho, como ha podido comprobar he empezado dándole la razón en el asunto de la vinculación al Poder Ejecutivo, porque creo que está en lo cierto. A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años. Caso práctico de lo que están Vds. debatiendo:
Asunto: Ejecución hipotecaria Articulo 693 LEC. ...
... Las administraciones no suelen perseguir con esmero estas irregularidades y cuando llegan a su conocimeinto (muchas veces por denuncias de "compañeros")únicmante se le requiere al interesado para que solicite la compatibilidad y si esta es desestimada, el asunto se da por zanjado, sin sanción. Un saludo
Responder Suprimir Andrés Morey Juan 17 de marzo de 2011 10:16 No voy a terciar más en el asunto. Hay que tener en cuenta que no basta con conocer del asunto correspondiente, sino otras muchas cosas y sobre todo el procedimiento procesal. Sí parece conveniente que acuda a un abogado especialista de la isla, comente el asunto y vean la posibilidad del recurso. Responder Suprimir Anónimo 22 de marzo de 2012 11:05 Hola:
Estoy un poco perdido, he intentado consultar este asunto pero no me lo han aclarado lo suficiente. La sentencia vendrá a resolver el asunto del curso y no para los siguientes ya que la causa, según se desprende de lo que vd. dice es problema de horarios. ...
... Aparte del núcleo central de la reforma, se aprovecha la misma para dar algún suave retoque al texto legal, y así, entre otras cosas, para adecuar a la moneda euro algunas cantidades que aún estaban reflejadas en pesetas (artículos 48.7, 86.2, 96.1, 99.2, 112.2.a) o para elevar determinados plazos de tres a cinco días (en concreto, en la reforma de los artículos 60.2 y 6; 61.4 y 62.2),... ...
... Porque me tiene que hacer el Recurso de Reposición en cinco días.” Yo le intenté tranquilizar. Le dije que lo importante era que me trajese la notificación que había recibido del juzgado (demanda y documentación adjunta incluida) y toda la demás documentación que tuviese relacionada con el asunto y que lo miraríamos todo al día siguiente, a las 10:30 horas en mi despacho. Le dije también que no tenía que interponer un Recurso de Reposición en cinco días, pero que al día siguiente lo hablaríamos todo tranquilamente, le daría todas las explicaciones precisas y aclararía todas sus dudas. ...
... Art. 158: (modificación) amplia y concreta las competencias de la
Comisión de Propiedad Intelectual del Mº de Cultura y de las Secciones
1ª y 2ª c. LRJCA, Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa i. Art. 9.2 (nuevo) Atribución a los Juzgados Centrales de lo Contencioso del asunto
ii. Que pese a no concretarse en el
texto, se refiere directamente a los actos de la SS: En este caso
podría utilizarse alternativamente el recurso potestativo de reposición
(vía adminsitrativa) o acudir directamente a la vía judicial, con lo
cual no resultaría necesario interponer recurso en la vía
administrativa para poder solicitar la tutela de nuestros derechos ante
la Audiencia Nacional. ...
... En realidad, el asunto es más bien una reposición , pero especialmente grave si atendemos a la fundamentación del auto de prisión. ...
... Así, la circular 321/1995 se recomendaba la sustitución de estos elementos en caso de reposición, actualización o conservación de la vía, actuaciones éstas que no se habían producido al momento de producirse el accidente por parte de la Administración, según consta en el informe obrante en folios 43 y 44 del expediente administrativo. Conviene comenzar observando que, en rigor, es la primera vez que esta Sala ha sido llamada a pronunciarse de un asunto de estas características y, en particular, del carácter cortante de las biondas instaladas en carreteras y autovías. ...
... Gonzalez Torres Abogados SL Blog del despacho Gonzalez Torres Abogados con oficinas en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife especializado en asesoramiento jurídico integral a empresas, autónomos y particulares en las Islas Canarias. Los idiomas de trabajo son español, inglés, francés y alemán. TF: (0034) 928 244 935 / 922 240 409 FAX: (0034) 928 297 350 / 922 248 482 www.gonzaleztorresabogados.com sábado, 15 de marzo de 2008 CONSECUENCIAS LEGALES DE LA DEROGACION DE LEYES FARMACEUTICAS POR LOS TRIBUNALES INFORME SOBRE LAS CONSECUENCIAS LEGALES DE LA DEROGACIÓN DE LA LEGISLACIÓN FARMACÉUTICA POR SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO O DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL I.- INTRODUCCIÓN. II.- REGLA GENERAL: PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA DEL ART. 9.1 DE LA CONSTITUCIÓN: III.- EL ARTICULO 40 DE LA LOTC: IV.- El PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA DEL ART. 9.3º DE LA CONSTITUCIÓN: V.- PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN DE LOS ACTOS FIRMES SI SON CONVALIDADOS POR NORMA POSTERIOR. VI. ...