... Ex Secretario de Cámara de la Propiedad Urbana sábado, 29 de enero de 2011 EL AUTO DE LA AUDIENCIA DE NAVARRA La polvareda que ha levantado en distintos medios la resolución judicial justifica que en este modesto blog, dedicado a temas jurídicos, hagamos un comentario de la misma, siquiera sea, como diría J.M. Prada, para informar a quienes me siguen leyendo. La Audiencia Provincial de Navarra en Auto nº 111/2010 desestima, con expresa condena en costas, el recurso de apelación del Banco ejecutante declarando improcedente continuar la ejecución contra bienes del ejecutado una vez ha sido adjudicado a favor del Banco, el inmueble hipotecado, aunque sea por un importe inferior al del préstamo hipotecario. ...
... Expuse el contenido del Auto de la Audiencia Provincial en aquella entrada, expresando mi discrepancia con los aspectos principales de su razonamiento. Como continuación del tema creo oportuno traer a colación el Auto 4/2011 de fecha 28 de enero de 2011 , dictado por la misma Audiencia Provincial de Navarra, si bien esta vez de su Sección Tercera. El Auto recurrido merece a lo largo de los fundamentos jurídicos de la resolución de la Audiencia Provincial un severo reproche. Esta es, en síntesis, la posición adoptada por la Audiencia Provincial de Navarra a favor de continuar adelante con la ejecución de una manera radicalmente opuesta a la del Auto de la Sección Segunda que comentamos en la anterior entrada. La segunda, jurídicamente insostenible, bastando con recordar los párrafos transcritos del segundo de los Autos de la Audiencia Provincial de Navarra. ...
... Aquell primer “auto” que comentava de l’Audiència Provincial de Navarra va tenir bastant de ressò mediàtic. El més ràpid és que als pocs dies la mateixa Audiència Provincial de Navarra va dictar una altra interlocutòria dient just el contrari: que es podia continuar reclamant. Ara bé, malgrat ser la mateixa Audiència es tractava d’una altra Secció, la tercera. Creuem els dits per a que la nostra Audiència Provincial de Barcelona sigui tan sensata com la secció segona de Navarra i com la magistrada de la instància. Aquí teniu els enllaços:
http://www.bankimia.com/blog/ejecucion-hipotecaria-resolucion-judicial-contraria-al-banco/2011/01/24/
http://www.legaltoday.com/opinion/articulos-de-opinion/es-aplicable-el-auto-de-la-audiencia-de-navarra-a-las-hipotecas-actuales
http://www.bankimia.com/blog/%C2%BFes-aplicable-el-auto-de-la-audiencia-de-navarra-a-las-hipotecas-actuales/2011/01/27/
http://www.bankimi... ...
... Destacaba entonces cómo esa línea jurisprudencial representa un avance en la correcta interpretación de la LSSI que supera ciertas decisiones previas con una deficiente interpretación de la Ley, como era el caso de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª) núm. 835/2005, de 20 diciembre (AC\2006\233). En lo relativo al primer aspecto, la posición mantenida por la Audiencia Provincial de Madrid en su Sentencia de 19 febrero de 2010 aparece reflejada con claridad en su Fundamento de Derecho Cuarto, cuyo contenido es el siguiente:
“CUARTO. El otro aspecto que interesa comentar de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 19 de febrero de 2010 es el relativo a la ley aplicable en materia de régimen de responsabilidad de los prestadores de servicios de intermediación, si bien en la sentencia, condicionada por el planteamiento de la parte actora, se presenta como una cuestión de ámbito de aplicación en el espacio d... ...
... El resto son consideraciones de justicia material que, aunque comparto plenamente, creo que no corresponde hacer a un juez sino al legislador
AUTO N° 111/2010
En Pamplona/lruña, a 17 de diciembre de 2010
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra de Navarra, compuesta por los limos. CUARTO.- Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos, previo reparto, correspondieron a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra en donde se formó el Rollo de Apelación Civil n° 74/2010, señalándose el día 15 de diciembre para su deliberación, habiéndose observado las prescripciones legales. ...
... Promovido por Louis Vuitton Malletier, S.A., respecto a las resoluciones de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa que, en grado de apelación de una causa por delito contra la propiedad industrial, denegaron la celebración de vista y la práctica de prueba. Promovido por don Salvador Alfonso Escrivá respecto a los Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acuerdan su extradición a Perú para cumplir pena en la prisión de Lurigancho. Promovido por don Cherif Ouafi frente a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron su extradición a Argelia para ser juzgado por delitos relacionados con banda terrorista. Promovido por don Luis Silveira Cabanas frente a las Sentencias de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le condenaron por delito contra la salud pública. ...
... El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por providencia de 14 de abril de 2010, admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada en relación con el art. 92.8 CC por la Audiencia Provincial de Las Palmas. Se trata de uno de los puntos más conflictivos de la actual regulación de esta figura y precisamente por ello se han planteado dos cuestiones de inconstitucionalidad: la primera de ellas por la Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección 5.ª, en Auto de 13 de septiembre de 2006, y más recientemente por la Audiencia Provincial de Navarra, Sección 2.ª, en Auto de 20 de enero de 2010. AP Las Palmas, Sec. 5.ª, 13-9-2006
AP Navarra, Sec. 2.ª, 20-1-2010
Resumen proporcionado por EDITORIAL SEPIN.
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... La adjudicación de la vivienda en subasta a la entidad bancaria salda el préstamo hipotecario No quería dejar de comentar una reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, de fecha 17 de diciembre de 2010 (enlace en PDF), en la que el juez confirma que la adjudicación de la vivienda en subasta por parte de la entidad bancaria que ha concedido un préstamo hipotecario es sufici... Esta petición fue rechazada por el Juzgado de Primera Instancia y la entidad bancaria interpuso recurso de apelación ante la AP de Navarra. ...
... Hace poco días aparecía una novedosa resolución de la Sección segunda de la Audiencia de Navarra que consideraba que la adjudicación en subasta por el banco del piso hipotecado bastaba para saldar la deuda, aunque la finca se hubiera devaluado. Pues bien, a Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra ha fallado en un auto que con la devolución de un piso no se salda la deuda hipotecaria contraída con una entidad financiera, en contraposición al auto de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra en la que se consideraba lo contrario, que con la simple entrega de la vivienda se saldaba la deuda, aunque el inmueble ... ...
... La Audiencia Provincial de Navarra ha emitido un nuevo auto en el que reconoce en esta ocasión que la adjudicación de la vivienda en subasta no es suficiente para saldar la deuda hipotecaria y permite al banco ejecutar los bienes “en cantidad suficiente” para cubrir la suma reclamada.” http://bit.ly/frgo3Z en: (author unknown)
via ifttt ...