... Me refiero al Consejo General del Poder Judicial, el órgano del autogobierno de los jueces, al que el tironeo desabrido entre intereses políticos ha reducido a una caricatura de lo que debería ser un ente democrático y políticamente responsable. Por eso, decidió que el mejor gobierno de los jueces era su autogobierno y creó un órgano específico para ello. Era una época aquella en que la idea de autogobierno tenía un atractivo irresistible y parecía la solución mágica para cualquier institución social, fuera la empresa, la universidad o los jueces. Además, se produjo otro extraño resultado con el flamante autogobierno judicial: la de un gobierno irresponsable, la de un poder que no rinde cuentas ante nadie del ejercicio de la principal de sus funciones. ...
... Yo, que soy y me siento catalán, creo en que Cataluña necesita un amplio marco de autogobierno, y que ese autogobierno será bueno para España si lo es también para Cataluña. Publicado por
Salvador Viada
en
12:07 Enviar por correo electrónico Escribe un blog Compartir con Twitter Compartir con Facebook 6
comentarios:
LUPO
dijo...
¿Amplio marco de autogobierno?, hablando en términos de eficacia, ¿para qué?. ...
... Para prolongarse en el poder, Zapatero hace cualquier cosa: por ejemplo, hablar de “autogobierno” en Euskadi con los adversarios de quien ahora ostenta legítimamente el autogobierno. ...
... Parece que hubiera que revisar la configuración del Estado de las Autonomías para ir a una filosofía más declaradamente federal porque el sistema actual no puede dar cauce a las aspiraciones de autogobierno de vascos y catalanes. El nivel de autogobierno catalán y vasco en la República era inferior al que los propios Estatutos de Sau y de Gernika consagran. ...
... En cambio, cualquier grupo investigador parte de la idea de libertad de investigación y autogobierno. Para Sevach, el modelo de Agencia y su diseño en los Estatutos nuevos resulta técnicamente impecable y aprovecha al máximo las posibilidades de autogobierno de la gestión científica, y no faltará quien piense que esos Estatutos de la flamante Agencia no sirvan para nada. ...
... La autonomía privada, que no es otra cosa que el autogobierno de los propios fines como consecuencia natural del reconocimiento de la dignidad de la persona y de su naturaleza racional, está expresamente consagrada en el artículo 10 de nuestra Constitución. ...
... El modelo del SUE hay que considerarlo del tipo de autogobierno académico, frente a los modelos de autonomía de gestión, en el cual la Administración de una institución tiene una posición fuerte en la definición de objetivos y toma de decisiones, y el modelo empresarial, que implica la diversificación de fuentes de financiación y el desarrollo de asociaciones con el sector privado. ...
... A continuación me gustaría haceros llegar el artículo publicado por el Fiscal Santos Puig Gómez, publicado en http://www.aranzadi.es , abajo os dejo el vínculo que os llevará directamente a la página, para mostraros cual es la importancia del Ministerio Fiscal en los procesos civiles españoles, que por malversaciones diabólicas de la presión social solo es conocido es su papel en el ámbito penal. Fuente. Por D. Santos Puga Gómez. Abogado. Fiscal sustituto I. Introducción Partiendo de la presunción general de la capacidad de las personas, el artículo 199 del Código Civil determina que nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial firme en virtud de las causas establecidas en el artículo 200, que son las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico, que impidan a la persona gobernarse por sí misma, requisito que ha venido siendo interpretado por la jurisprudencia como la imposibilidad total y completa para dicho gobierno. En ...
... Sobre la sentencia (o, más bien, su fallo) del Estatut de Catalunya Ya hay sentencia, como decíamos ayer . Aunque, al haber publicado el Tribunal Constitucional únicamente el fallo y no poder contar de momento con la más mínima indicación respecto de cuáles son los argumentos que han llevado a decidir en un sentido u otro, poco análisis jurídico se puede hacer. O, al menos, eso creo yo. El Derecho no es tanto la solución que se da a una determinada cuestión como la manera en que se llega a esa conclusión y no a otra y las razones en que nos apoyamos para ello. De modo que, aunque pueda tener (y de hecho, la tengo) mi opinión sobre si es o no constitucional que el catalán sea declarado lengua preferente de la Administración catalana, sobre si el Consell de Garanties Estatutàries es o no posible en nuestro modelo constitucional, sobre si los artículos referidos al poder judicial o a la financiación pueden o no encajar en nuestro marco jurídico, me parece que, si de lo ...
... Autogobierno, derechos históricos, ciudadanía José M.ª CABALLERO SÁNCHEZ—IZQUIERDO, Fiscal ante el Tribunal Constitucional Diario La Ley , Nº 7489, Sección La Sentencia del día del Tribunal Constitucional, 15 Oct. 2010
- Constitución y Estatuto, Estado y Generalitat. ...