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Autotutela

La protección de los discapaces: La Autotutela y el Poder Preventivo de protección

Autor: Ulpilex Fecha: Coincidencia: 96,85%
... En cuanto a la Autotutela, a diferencia del mandato preventivo, constituye un negocio jurídico unilateral, con declaración de voluntad no recepticia (su eficacia no depende de que se ponga en conocimiento del Juez  y del nombrado tutor). El poder de autoprotección Conviene precisar que el mandato de autoprotección no es confundible con la Autotutela, ni siquiera hay que considerarlo superfluo, ante la posibilidad de ésta. Es factible que el interesado haya previsto el mandato de protección y para  el caso de incapacitación judicial que sea el mandatario su tutor (Autotutela). En definitiva, si con la Autotutela lo que se quiere es que el mandatario de protección sea en su caso el tutor, la designación es de todo punto conveniente que se realice de modo que el mandato preventivo quede por la incapacitación sin efecto. ...

Protección patrimonial de las personas con discapacidad

Autor: Enrique Catalina Esteban Fecha: Coincidencia: 84,37%
... De ellas, destaca en primer lugar la regulación de la autotutela, es decir, la posibilidad que tiene una persona capaz de obrar de adoptar las disposiciones que estime convenientes en previsión de su propia futura incapacitación, lo cual puede ser especialmente importante en el caso de enfermedades degenerativas. Complemento de esta regulación de la autotutela es la reforma del artículo 1732 del CC con objeto de establecer que la incapacitación judicial del mandante, sobrevenida al otorgamiento del mandato, no sea causa de extinción de éste cuando el mandante haya dispuesto su continuación a pesar de la incapacitación, y ello sin perjuicio de que dicha extinción pueda ser acordada por el juez ... ...

Publicada en el BOE la Ley 1/2009, de 25 de marzo, de reforma de la Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil y de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre

Autor: José Ramón López Gallardo Fecha: Coincidencia: 81,27%
... Se ha publicado en el Boe de hoy la Ley 1/2009, de 25 de marzo, de reforma de la Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil, en materia de incapacitaciones, cargos tutelares y administradores de patrimonios protegidos, y de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, sobre proteccion patrimonial de las personas con discapacidad y de modificacion del Codigo Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil de la normativa tributaria con esta finalidad. Hasta el momento las sentencias de modificación de la capacidad de obrar y la constitución de organismos tutelares y de representación son hechos que han de ser inscritos en el Registro Civil. El Registro Civil es un Registro de carácter jurídico cuyo fin es la constatación y publicidad de los hechos y actos jurídicos referidos al estado civil de las personas. Aunque la inscripción en el Registro Civil tiene carácter declarativo y no constitutivo, su utilidad es evidente ya que despliega importantes efectos, que consisten en la ...

¿PUEDE HABER TITULOS EJECUTIVOS DE DEUDAS TRIBUTARIAS INCONSTITUCIONALES?

Autor: Guillermo Ruiz Zapatero Fecha: Coincidencia: 81,27%
... La autotutela ejecutiva en materia tributaria en modo alguno puede considerarse un título equiparable al de una sentencia con fuerza de cosa juzgada (artículo 40 LOTC) para impedir, en vía de recurso, su revisión con arreglo a la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. La autotutela ejecutiva en vía tributaria no añade ni puede añadir ningún plus de constitucionalidad a la aplicación de un precepto declarado inconstitucional. ...

LISI no es nombre de mujer at Paloma Llaneza

Autor: Paloma LLaneza González Fecha: Coincidencia: 79,69%
... No seré yo quien diga que los derechos de los autores no son dignos de tutela, pero no puedo estar de acuerdo en una autotutela que no concurre en otros bienes o derechos tan dignos o más de protección inmediata o cautelar. ...

Desde mi cátedra: DEL DERECHO DEL TRABAJO DEL FRANQUISMO AL DERECHO DEL TRABAJO DE LA DEMOCRACIA ESPAÑOLA: Un testigo de excepción

Autor: Joaquín Aparicio Tóvar Fecha: 06/11/2008 Coincidencia: 79,69%
... El sujeto sindical apenas si aparecía, tal vez por un sentido autocrítico ya que el llamado sindicato vertical franquista no podía ser considerado como auténtico sindicato. ¿Cómo hablar del sindicato si no se podía hablar de los medios de autotutela, en concreto de la huelga? ...

Gonzalez Torres Abogados SL: CONSECUENCIAS LEGALES DE LA DEROGACION DE LEYES FARMACEUTICAS POR LOS TRIBUNALES

Autor: González Torres Abogados S.L. Fecha: Coincidencia: 79,69%
... Gonzalez Torres Abogados SL Blog del despacho Gonzalez Torres Abogados con oficinas en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife especializado en asesoramiento jurídico integral a empresas, autónomos y particulares en las Islas Canarias. Los idiomas de trabajo son español, inglés, francés y alemán. TF: (0034) 928 244 935 / 922 240 409 FAX: (0034) 928 297 350 / 922 248 482 www.gonzaleztorresabogados.com sábado, 15 de marzo de 2008 CONSECUENCIAS LEGALES DE LA DEROGACION DE LEYES FARMACEUTICAS POR LOS TRIBUNALES INFORME SOBRE LAS CONSECUENCIAS LEGALES DE LA DEROGACIÓN DE LA LEGISLACIÓN FARMACÉUTICA POR SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO O DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL I.- INTRODUCCIÓN. II.- REGLA GENERAL: PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA DEL ART. 9.1 DE LA CONSTITUCIÓN: III.- EL ARTICULO 40 DE LA LOTC: IV.- El PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA DEL ART. 9.3º DE LA CONSTITUCIÓN: V.- PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN DE LOS ACTOS FIRMES SI SON CONVALIDADOS POR NORMA POSTERIOR. VI. ...

Análisis de la Disposición Final Primera de la LES por Derecho en Red

Autor: David Maeztu Fecha: Coincidencia: 79,69%
... jueves, 14 de enero de 2010 Análisis de la Disposición Final Primera de la LES por Derecho en Red En la asociación Derecho en Red hemos elaborado un análisis del anteproyecto de ley de Economía Sostenible y la famosa Disposición Final Primera , a los efectos de aclarar algunos conceptos y  tratar de aportar cierta precisión al debate acerca de los términos y su significado jurídico. Lo cierto es que pocas veces ha habido tanta unanimidad entre los analistas jurídicos de la blogosfera acerca de los defectos y nulas virtudes de una ley o proyecto.  Esperamos que pueda servir para que, aquellos que estamos contra la reforma que se plantea, podamos utilizar argumentos jurídicos que desmonten este proyecto y suponga su retirada, fundamentalmente por no servir a los fines públicamente declarados. Además se han elaborado unas preguntas frecuentes , más comprensibles para aquellos menos habituados al lenguaje jurídico.  Análisis de la Disposición Final Primera de la LES por ...

Ruido, pasividad municipal y… ¿corrupción?

Autor: Andrés Boix Palop Fecha: Coincidencia: 79,69%
... Cuando interesa sí se tiene claro qué es eso de la autotutela ejecutiva y de la diferencia entre medidas de policía y sancionadoras. ...
CIUTATVELLAOMS

NO TODO ESTÁ DERECHO [blog jurídico general]: El arbitraje y la Administración

Autor: Francisco García Gómez de Mercado Fecha: 05/06/2011 Coincidencia: 79,69%
... Se argumentaba por el recurrente que dichas normas eran contrarias al artículo 37.2 CE, que consagra el principio de autotutela laboral, excluyendo, por tanto, toda intervención administrativa en la materia. ...
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