... Entre los muchos aspectos en los que se relaciona la actividad notarial con la discapacidad nos vamos a centrar en uno de los más complejos: el de la capacidad de obrar del discapacitado. Así, resulta del art. 10 de la Constitución, ya que si se pretende que el discapacitado pueda desarrollar libremente su personalidad se le debe también permitir desarrollarla en la esfera patrimonial para lo que debe atribuírsele una cierta capacidad de obrar. Ya que el mismo ordena a los Estados firmantes que adopten las medidas precisas para que los discapacitados puedan recibir “apoyo” en el ejercicio de su capacidad de obrar. Desde la perspectiva notarial este cambio de enfoque para algunos supone que el Notario no debería limitarse a exigir la capacidad de obrar plena, sino conforme al art. 167 RN “la capacidad civil suficiente para otorgar el acto o contrato de que se trate”. Es decir, no podemos autorizar una escritura que tenga riesgo de ser impugnable por falta de capacidad. ...
... Capacidad de obrar digital Mié, 08/03/2000 - 18:39 — Javier de la Cueva Al contrario que en lo relativo a la capacidad jurídica digital, la capacidad de obrar digital no tiene que ser coincidente con la capacidad de obrar del mundo real. Los límites impuestos a la capacidad de obrar se fundamentan, en los Ordenamientos Jurídicos contemporáneos, en alguna de las siguiente causas:
1. Sólo se obtiene la plena capacidad de obrar a partir de una determinada edad (mayoría de edad) y, en determinadas parcelas del Ordenamiento, también se limita hasta una edad determinada (por ejemplo, no cabe una capacidad de obrar jurídico-laboral a partir de la edad obligatoria de jubilación).
2. En virtud de una resolución judicial o administrativa, pueden limitarse parcelas de la capacidad de obrar del sujeto. En Internet, los Estados pueden regular la capacidad de obrar digital de una forma separada e independiente de la capacidad de obrar en el mundo real. ...
... Resumen.- En los Derechos modernos se estima que cuando la persona ha alcanzado un determinado grado de madurez intelectual, que suele ir unido al desenvolvimiento físico y a la educación y aprendizaje, debe concedérsela plena capacidad de obrar. Esta edad recibe el nombre de mayor, y separa la vida de la persona en dos momentos: el de la minoría (con sometimiento a la autoridad de los padres o del tutor) y el de la mayoría (con independencia y plena capacidad de obrar). De acuerdo con el artículo 322 del Código Civil la mayoría de edad determina la plena capacidad de obrar: “El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil” reza el citado precepto. De esta forma al alcanzar la mayoría legalmente establecida se adquiere la plena capacidad de obrar, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por el Código Civil, tal como se expresa el segundo y último inciso del artículo 322. ...
... Por una parte genera unas barreras de entrada espectaculares (de diverso tipo, empezando por el económico, dado que está pensado para desincentivar el trasvase de cualquier profesional exitoso) a quienes acreditan una gran capacidad en el desempeño de cualquier función caso de que aspiren a entrar en la Universidad a enseñarla. Pero, mientras tanto, la cuestión es ir ordenando la manera en que van entrando las nuevas hornadas, y eso depende pura y simplemente de la capacidad de colocación de sus padrinos. Mientras el sistema pretenda otorgar a las Universidades capacidad de decisión y la habilitación no comporte el inmediato acceso al cuerpo, va contra la lógica que hay a un numerus clausus. Si se pretende que las Universidades decidan algo hay que darles capacidad de decisión con fundamento material en una base no iterativa de lo juzgado en la habilitación. ...
... El positivismo, tal como ha alcanzado su máxima expresión en la "teoría pura del derecho" de Kelsen, no es propiamente más que la manifestación de una intrusión extranjera y no tiene ninguna capacidad para comprender el sentido metafísico del concepto de espíritu del pueblo [18 No se puede perder de vista que, en los tiempos en que Radbruch mantiene su nueva posición, las capacidad explicativa y fundamentadora de la teoría jurídica estaba más que rebasada. Después de hacer ver que en el Radbruch posterior a 1945 se solapen tres conceptos divergentes de positivismo jurídico, mantiene que la opinión de en el sentido de que el positivismo había dominado en la Alemania de Weimar sólo puede ser entendida por referencia a que “la gran mayoría de los juristas eran representantes del positivismo en su variante autoritaria, no precisamente en el... ...
... Bibliografía "Tratado elemental de Derecho Internacional Privado" , del Profesor José Mª Espinar Vicente , Catedrático de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Alcalá de Henares, editado por el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alcalá . El fin primordial de este trabajo no consiste en suministrar un catálogo de soluciones para los problemas de regulación que plantean las instituciones que se examinan a lo largo de sus páginas. Lo que intenta ante todo es proporcionar un método y una técnica hermenéutica para el estudio y aplicación de esta especialidad jurídica. El Derecho es cambiante, tal vez por esta razón lo que se ha querido hacer es poner a disposición del lector unos instrumentos de reflexión que se han ido decantando a lo largo de treinta y cinco años de trabajo en esta disciplina. Extracto del índice : Introducción: -Objeto y fin de la obra -Los presupuestos básicos -Acerca del ámbito de eficacia de las normas jurídicas ...
... Esta constitución del patrimonio corresponde a la propia persona con discapacidad que vaya a ser beneficiaria del mismo o, en caso de que ésta no tenga capacidad de obrar suficiente, a sus padres, tutores o curadores. Cuando la persona con discapacidad tenga capacidad de obrar suficiente, y de acuerdo con el principio general de autonomía personal no se podrá constituir un patrimonio protegido en su beneficio o hacer aportaciones al mismo en contra de su voluntad.
2.- MODIFICACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL: LA AUTOTUTELA
El contenido de la Ley no acaba en la regulación del patrimonio protegido de las person... De ellas, destaca en primer lugar la regulación de la autotutela, es decir, la posibilidad que tiene una persona capaz de obrar de adoptar las disposiciones que estime convenientes en previsión de su propia futura incapacitación, lo cual puede ser especialmente importante en el caso de enfermedades degenerativas. ...
... TRUENO LEGAL. Novedades de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público (BOE 31/10/07). La publicación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público constituye uno de los acontecimientos (o hecatombe) mas importantes en el mundo del Derecho Administrativo. Resulta oportuno ofrecer una visión resumida de dicha Ley para juristas y opositores sin tiempo para rompecabezas y ocurrencias del legislador. Así, el legislador ha considerado: a) Nada mejor que una norma que afecta fuertemente a los sectores empresariales y dotación de medios de las Administraciones Públicas. Especialmente oportuna en un contexto de seria incertidumbre económica y crisis.b) Nada mejor que establecer una “endiablada” Disposición Final 7ª para precisar que precepto es básico (y se aplica a todas las Administraciones Públicas) y cual admite su derogación según la Comunidad Autónoma. Especialmente oportuno en un contexto en que las reglas del juego autonómico no parecen ...
... Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. ...
... Al respecto, la Corporación de Estudios sobre los Derechos de Propiedad Intelectual se ha referido a este artículo de la Decisión 486 del 2000, señalando que “ninguna de las materias, objetos, actividades o creaciones intelectuales, tal y como sonmencionadas en el artículo 15, son reglas para el obrar humano en las que se indica la manera en que hay operar con determinadas materias o f... Es cierto que los negocios sí se copian, y es cierto que muchas veces quien lo copia tiene más capacidad de inversión y con ello te sacará del mercado con tu propio modelo de negocio, pero es lo que hay, así pueden salir muchos competidores en favor del mismo mercado. ...