... Aún siendo una materia propia del Derecho Administrativo, resulta interesante conocer la STSJ de la CCAA de Catalunya , Sala de lo Contencioso – Administrativo, de 30 de abril de 2010, en la que se condena a la Generalitat de Catalunya a indemnizar a los recurrentes, por los daños sufridos en su propia persona, por el funcionamiento anormal de la Administración en el acuerdo de medidas... ...
... DONACIÓN DE BIENES GANANCIALES EN CATALUNYA: ¿CUÁNTO PAGA? Así las cosas, decidí consultar con la Agència Tributària de Catalunya cómo se traduce el concepto “una sola donación” cuando se prepara el impreso de autoliquidación (modelo 651). Lo que no me parece bien es que esa sensibilidad (y su correspondiente ahorro fiscal) sólo se pueda aprovechar dependiendo de la oficina liquidadora que te corresponda, pues según vivas en una parte u otra de Catalunya tus donaciones de bienes gananciales pagarán más o menos impuestos, cuando en realidad se trata de casos exactamente iguales: ¿No es eso una discriminación?, ¿no sería ... ...
... Quedan ya pocos días para que entre en vigor el Libro segundo del Código Civil de Catalunya, que nos modifica significativamente todo el entorno relativo a los efectos del divorcio. ...
... El Codi Civil de Catalunya (en adelante CCC) en el artículo 551 – 4, aplicable a todas las situaciones de comunidad, hace una remisión directa al proceso monitorio, silenciando el artículo 21 de la LPH. Por todo ello manifiesta, DON ALEJANDRO FUENTES LOJO - LASTRES, que aunque ciertamente constituya ello un agravio injustificable, para las comunidades de propietarios de Catalunya el artículo 21 no es aplicable. No obstante, actualmente los monitorios por la vía de la regulación contenida en el artículo 21 de la LPH están siendo admitidas y tramitadas sin problemas por los juzgados de Catalunya, que aplican sus especialidades procesales. ...
... La constitucionalitat de l’Estatut de Catalunya (ja hi ha sentència!) Sembla que hui és el dia clau pel que fa a la decisió del Tribunal Constitucional sobre l’Estatut de Catalunya. El nou Estatut de Catalunya de 2006 va suposar entendre i regular determinades qüestions relatives a l’autogovern de manera diferent a com ho havia fet l’Estatut vigent fins el moment, de 1979, aprovat quasi trenta anys enrere, en unes circumstàncies molt diferents a les actuals. Es fa molt difícil d’entendre com es pot imposar una determinada interpretació jurisdiccional, adoptada a més amb majories exigües, en qüestions obertes al debat i objecte d’una profunda controvèrsia no sols política sinó també jurídica, sobre la interpretació que n’ha fet el legislador democràtic, per partida doble, Parlament de Catalunya i Corts, i ha estat ratificad... ...
... Maria Emilia Casas, Presidenta del Tribunal Constitucional, sobre el “Estatut de Catalunya”. Pero debe tener algo (bastante algo) menos satisfactorio la sentencia porque CiU la califica de “gravísima” y el líder de Esquerra Republicana de Catalunya, Joan Puigcercós, ha afirmado que "después de la estocada mortal al Estatut, más catalanes creen que la independencia es el único camino razonable para alcanzar la plenitud nacional. Y, significativamente, el Molt Honorable President de Catalunya ha advertido al Presidente del "Gobierno de España" de que "habrá que rehacer el pacto que hizo posible el Estatut". Quiérese decir que no es conforme a la Constitución Española vigente que Cataluña o Catalunya se considere una nación o una realidad nacional. ...
... Materiales de trabajo del Grupo de Derecho Interregional (Observatori de Dret Privat de Catalunya) Como ya anuncié en este blog [entrada del día 30.5.2010 ], el pasado día 8 se celebró en el Centre d’Estudis Jurídics i Formació Especialitzada una Jornada de trabajo sobre "Les Propostes europees i la seva repercussió en el Dret interregional" Entre las aportaciones y las discusiones doctrinales, propias de estos eventos, cabe destacar la presentación de los Materiales de Trabajo del Grupo de Derecho Interregional , elaborados durante los años 2008 y 2009 por el Observatori de Dret Privat de Catalunya ...
... Y más: " El único aumento objetivo de recursos para Catalunya previsto en el Estatut también queda, según el abogado del Estado, en agua de borrajas, o dicho de otra manera pendiente de la buena voluntad del Gobierno español. El Estatut dispone en su disposición adicional tercera que "la inversión del Estado en Catalunya en infraestructuras... se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Catalunya con relación al producto interior bruto del Estado para un periodo de siete años". Según el abogado del Estado eso no es más que una declaración de intenciones: "El compromiso de inversión sólo puede entenderse. de conformidad con la Constitución, en el sentido de que la comisión a la que se refiere realizará propuestas de inversión en infraestructuras en Catalunya que sólo se plasmarán en los presupuestos anuales si las Cortes Generales con plena libertad consid... ...
... Primero, Catalunya debe tener una agencia tributaria propia. Segundo, Catalunya debe decidir los impuestos que mejor se adapten a su estructura económica –que es distinta de la española- con el objetivo de fomentar el crecimiento y el bienestar de sus ciudadanos. Cuarto, Catalunya pagará a España una contribución adicional (aunque a algunos políticos hablan de cuota de solidaridad, a mi no me gusta esa palabra porque es vaga y, en consecuencia, susceptible de generar arbitrariedades fiscales. Más concretamente, mi propuesta es que, en el primer año, la proporción del dinero que finalmente se invierta en Catalunya sea igual a un medio de la población relativa más un medio de la renta relativa. Si la renta de España no converge con la de Catalunya, el segundo, tercer y cuarto años, la cuota adicional sería del 15,7%, 14,5% y 13,7% de nuestra recaudación. ...
... La denunciante es una asociación de traductores e interpretes que actúa contra una empresa del sector ya que ésta ha comunicado datos personales de traductores e interpretes al Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya (para la participación en un concurso público) sin consentimiento de los afectados. En el año 2006 la empresa denunciada presentó en el Servicio de Contratacions i Patrimoni del Departamento de Interior, Relacions Institucionals i Participació de la Generalitat de Catalunya la documentación necesaria para la participación en un concurso público convocado por este Organismo. En referencia a la LOPD, la denunciada explica que el fichero al que se incorporan esos datos está inscrito en el Registro General de Protección de Datos (figurando la comunicación de datos a la Generalitat de Catalunya) y que en la página Web de la empresa figura un apartado relativo a Protección de Datos. ...