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INDEMNIZACION GLOBAL: LAS LIMITACIONES EDIFICATORIAS POR LA APARICION DE RUINAS O BIENES DE INTERES CULTURAL NO DAN DERECHO A INDEMNIZACION

Autor: Gonzalez Torres Abogados SL Fecha: 18/11/2010 Coincidencia: 85.73%
... Lo que realmente se observa en el caso enjuiciado es una limitación legal al derecho edificatorio que la sociedad recurrida debe soportar. Conforme recuerda la sentencia del TS de 20 de mayo de 1998 -recurso de casación 1339/94 -, la antijuridicidad o ilicitud " sólo se produce cuando el afectado no hubiera tenido la obligación de soportar el daño o el perjuicio y ese deber de soportar el daño o el perjuicio sufrido se da en los supuestos en que la Ley y el grupo normativo de ella derivado justifican dichos detrimentos de u... SE LESIONA EL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIV... ►  marzo (2) LOS ACCIDENTES DE LOS MOTORISTAS CON LA BIONDAS O... CABE INDEMNIZACION DEL DAÑO MORAL EN MATERIA PENA... ►  febrero (2) LA INDEMNIZACION POR DESPIDO IMPROCEDENTE TRAS LA... HORARIO DE VERANO DE INDEMNIZACION GLOBAL EN 2011 LA INDEMNIZACION DEL DAÑO MORAL POR LA PUBLICACION... ...

DERECHO DE LOS NEGOCIOS A SER INDEMNIZADOS POR OBRAS EN LAS VIAS PUBLICAS SEGUN EL TS

Autor: González Torres Abogados S.L. Fecha: 18/10/2009 Coincidencia: 85.22%
... Incluso afirma que la Administración demandada no niega la realidad del daño. En tales supuestos el daño no puede reputarse antijurídico, siendo más bien consecuencia de los riesgos que los ciudadanos tienen que soportar por su condición de tales. Un daño es de tales características cuando el afectado no tiene el deber jurídico de soportarlo de acuerdo con la ley. Situados en esta perspectiva, la del administrado, parece que únicamente se encontraría jurídicamente obligado a arrostrar el daño si concurre algún título que se lo imponga. Ni por la ubicación y características de las obras ni por la naturaleza del negocio que explota dicha entidad estaba jurídicamente obligada a soportar el daño. ...

Sentencia que declara la NULIDAD POR EXTRALIMITACIN TEMPORAL ANTICOMPETITIVA DEL CONTRATO DE EXCLUSIVA SUSCRITO ENTRE LA EXPLOTADORA DE UNA GASOLINERA Y UNA PETROLERA

Autor: Enrique Catalina Esteban Fecha: 29/03/2007 Coincidencia: 84.22%
... La conclusión, pues, deber ser la validez y vigencia del sistema de establecimiento de los precios al público de los productos suministradores en exclusiva, conforme a comisiones acordadas, por no directamente impuestas como conformadoras de un precio fijo, y sin que se pruebe que ello indirectamente funcione así. Asunto separado es la indemnidad, cuya reparación nace directamente del TCE y la jurisprudencia mencionada, puesto que no se contempla en el régimen de la ineficacia por nulidad de nuestro Derecho, y lo cual inexcusablemente requiere, en nuestro Derecho, que no contempla los «daños punitivos» anglosajones, un daño emergente o un lucro cesante. Es decir, si el daño se asumiera indemnizable, habría de probarse uno que supusiera una mengua de ganancias propias por las ganancias del proveedor superiores a otros operadores petrolíferos de la competencia, o de la media de tales ganancias en un determinado ámbito. ...

Elementos para una gramática de la responsabilidad jurídica (I)

Autor: Juan Antonio García Amado Fecha: 28/01/2011 Coincidencia: 84.22%
... Ahí está el punto crucial en la responsabilidad por daño extracontractual (en adelante, RDE), en el tipo de relación entre los dos sujetos, el que padece el daño en un bien o interés suyo y aquel al que se imputa responsabilidad (coste) por el mismo. Cuando estamos ante responsabilidad por daño contractual la relación es precisamente contractual, se estableció por el contrato. La responsabilidad penal es, en suma, una responsabilidad por conductas, y el nexo con el daño al bien protegido es un nexo directo entre la conducta –activa u omisiva- y el daño. Esa suma de riesgo más beneficio hace aguas cuando se trata de la responsabilidad civil por daño provocado por la Administración Pública. Si resulta que no, el daño queda de cuenta de la propia víctima. O, incluso, que de alguna forma será para la víctima “compensación” el ver cómo al que la dañó se le impone un castigo de intensidad “proporcional” a tal daño. ...

La mala praxis médica

Autor: José Ramón López Gallardo Fecha: 27/05/2009 Coincidencia: 83.38%
... En este sentido, en el ámbito administrativo, la propia Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras la reforma introducida por la Ley 4/1999, señala en su artículo 141.1 que: “sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este no tenga el deber jurídico de soportar de ac... Sin embargo, en otras ocasiones también debemos ser conciente que el daño producido pude deberse a un defecto o insuficiencia o falta de coordinación del servicio público asistencial que abre las puertas de la posible responsabilidad objetiva de la Administración, por un funcionamiento anormal de la misma. ...
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Indemnizacion Accidente Motorista Tetraplejico Choque Quitamiedos

Autor: Abogados Málaga Vázquez abogados Fecha: 08/09/2011 Coincidencia: 83.21%
... Reiterando lo manifestado en el escrito de demanda refuta que la Sala de instancia no tome en cuenta el vértice cortante en el poste IPN (que debía haber sido sustituido) para entender producido el daño antijurídico. Objeta el motivo la defensa de la administración subrayando que la Sala de instancia afirma que el daño producido es ajeno al servicio público por lo que no existe el nexo causal pretendido. Este último dato requiere preguntarse si el recurrente tenía o no un deber jurídico de soportar el daño. De entrada, como es bien sabido,resulta indiferente que el funcionamiento del servicio público haya sido normal o anormal, pues en ambos supuestos pesa sobre la Administración el deber de indemnizar los daños por ella ocasionados. No existe en el presente caso, en suma, un deber jurídico de soportar el daño que permita excluir la responsabilidad patrimonial de la Administración. ...

¿Es posible reclamar los daños y perjuicios producidos por la Ley Antitabaco?

Autor: Pedro Hernández Olmo Fecha: 21/07/2011 Coincidencia: 81.52%
... 126.226,51€ en concepto de "daño emergente o lucro cesante" por la pérdida del beneficio medio ponderado percibido por el ejercicio de la actividad hasta la fecha en que se tenía otorgada autorización por parte del Ministerio de Economía y Hacienda, que era el cuatro de noviembre de dos mil ocho o, en su defecto, 101.252,16 Que los administrados no tengan el deber jurídico de soportar el daño ...

Prueba contable y lucro cesante (Sentencia)

Autor: José Antonio Avellaneda Fernández Fecha: 18/05/2009 Coincidencia: 80.54%
... Así las cosas, el hecho de que el deterioro de los bienes del demandante venga provocada por una actuación urbanística perfectamente legal, y en ejecución de un plan urbanístico, no excusa a la administración del deber de indemnizar. Y - como señala la propia sentencia - "nadie tiene la obligación de soportar el daño causado, sino todo lo contrario pues, la destrucción de bienes o el daño causado por la acción urbanizadora, es un clarísimo supuesto indemnizatorio". Y estas sumas deben ser indemnizadas (entiendo que como " daño emergente " aunque la calificación pueda no ser importante). ...

La defensa de los consumidores frente a la inclusión indebida de sus datos en un fichero de morosos

Autor: Ulpilex Fecha: 05/01/2012 Coincidencia: 80.46%
... Sin embargo y en lo que interesa al objeto del presente estudio, va a ser la falta de veracidad de los datos inscritos en el fichero la que va a suponer la aparición de un perjuicio en el consumidor más allá del deber de soportar, o dicho de otra manera, un perjuicio sin justificación o cobertura legal y consecuentemente, nacido de un acto ilícito. La tutela Jurisdiccional El principio de Alterum non laedere refiere que nadie puede causar daño a otro. No obstante si este daño se produce, se incurre en la denominada responsabilidad aquiliana y tal y como se dispone en el artículo 1902 del Código Civil, a través de la institución de la responsabilidad civil extracontractual, tiene nacimiento la obligación de resarcir o reparar el daño causado. Por ello, si el daño causado es meramente patrimonial, por ejemplo por la imposibilidad de acceder a una fuente de financiación, habrá que estar a la cuantía solicitada para determinar el tipo de procedimiento. ...

La Administración no indemniza si su criterio errado era defendible jurídicamente

Autor: José Ramón Chaves García Fecha: 31/03/2010 Coincidencia: 79.61%
... Como se ha dicho el parecer del INSS estaba amparado en una aplicación razonable de la normativa, luego existía el deber jurídico de soportar sus consecuencias, lo que no quita para que la actora se negase a aceptarlo, lo impugnase y se reconociese su derecho.” 2. O sea, diríase que frente al criterio de la responsabilidad objetiva (esto es, el deber de indemnizar al afectado por un daño injusto por el funcionamiento anormal de la Administración, con culpa o no de ésta) se abre paso el “estándar de razonabilidad” esto es, un portillo a la procedencia de la responsabilidad patrimonial únicamente por culpa o “torpeza” de la Administración ... Es cierto que los Tribunales siguen un criterio errático y no faltan sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del  Tribunal Supremo  que consideran que la actuación razonada y razonable de la Administración puede excluir la antijuridicidad del daño. ...

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