... I. Introducción Cuando un cliente entra por el despacho con una demanda de desahucio por impago de rentas todos los abogados –o casi todos- tenemos una primera reacción ante la exposición del asunto “¿Usted ha pagado todas las rentas? ¿Es la primera vez que recibe una demanda de desahucio por impago? Solución: ir a un buen abogado para que interponga demanda de DESAHUCIO. Resumen de la posición de negociación de nuestro cliente PRIMERO.- Arrendador que no cobra porque arrendatario no puede pagar presenta demanda de desahucio por la renta anual de 30.000 ...
... PARO, DEUDA, DESAHUCIO Y DACIÓN EN PAGO Dicho lo anterior, me
parece conveniente intentar poner un poquito de orden y claridad en el barullo
del desahucio y la dación en pago. Por de pronto, no
relacionemos, como lo hacen bastantes informadores, “desahucio” con impago de
crédito hipotecario. El “desahucio”, extraño y viejísimo vocablo, es la pérdida
de la vivienda por parte del que la ocupa, generalmente a título de
arrendatario, cuando se dan unas causas legales. Y hasta el ultimísimo momento
se permite a quien no paga lo que se llama “enervar
el desahucio”, presentándose de pronto a pagar o
consignar las rentas debidas, de las que el arrendador se ha visto privado
cuando quizá las necesitaba. El “desahucio”, en España, no es algo precisamente
fulgurante y hay motivos y razones para mirar frecuentemente al pobrecito arrendador-acreedor con la misma pena que merece el pobrecito arrendatario-deudor. ...
... Ex Secretario de Cámara de la Propiedad Urbana miércoles, 20 de octubre de 2010 DESAHUCIO POR NO PAGAR GASTOS DE LIMPIEZA Se insta el desahucio del inquilino por falta de pago impago por parte del arrendatario de la cantidad de 39,13 euros que la arrendadora reclama por el concepto de servicio de limpieza en virtud de lo pactado en la cláusula quinta del contrato de arrendamiento; como tam... ...
... Acaba de entrar en vigor la nueva LEY 37/2011 de Medidas de Agilización Procesal , que incorpora medidas de agilización procesal en los órdenes civil, penal y contencioso-administrativo, de las que las que nos interesa destacar las que se refieren a los juicios de desahucio por falta de pago. Con la reciente entrada en vigor de la Ley 37/2011, se han acortado aún más “los tiempos” para conseguir que los inquilinos morosos paguen o sean expulsados de las viviendas, y todo ello gracias a la eliminación de ciertos trámites procesales, que eran uno de los principales motivos de la dilación en el tiempo del proceso judicial de desahucio. Parece que la árdua y difícil labor de conseguir la posesión de la finca arrendada, será ahora una tarea rápida y sencilla, por lo que me apunto a la denominación, que ha sido ya acuñada en el gremio a estos procesos, d “desahucio express”. ...
... La acción de desahucio que dio origen al pleito, según informa el portal Legaltoday, fue rechazada por el Juzgado argumentando que la renta no estaba determinada. Ante tal situación de hecho la arrendadora ejercitó la acción de desahucio por falta de pago, alegando que el arrendatario no le abonaba el importe total de la renta, importe que la Audiencia Provincial considera que es de 660 euros, conforme ambas partes convinieron libremente fijar. El impago de parte de esta cantidad sirvió de base a la Audiencia Provincial para estimar el desahucio por falta de pago. No se puede concluir, en definitiva, que el arrendatario haya incumplido con su obligación de pago, por lo que la acción de desahucio por este motivo no puede ser estimada
Fuente: Economist & Juris ...
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www.gonzaleztorresabogados.com lunes, 14 de febrero de 2011 PROCEDE EL DESAHUCIO DE UN LOCAL DE NEGOCIO AUN PAGANDO LA RENTA DESPUES DE PRESENTADA LA DEMANDA DE DESAHUCIO La sentencia del Tribunal Supremo de la Sala de lo Civil, nº 771/2010, de fecha 22 de noviembre de 2010, establece la doctrina jurisprudencial del T... La sentencia recurrida, que fue dictada antes de las anteriores, se ajusta por completo a la doctrina de la Sala 1ª del TS. Tras razonar que la parte demandada, ahora recurrente, debía los importes de renta en los que sustenta la acción ejercitada en el momento en el que se interpuso la demanda, concluye que pese a que hizo efectivo su pago en un momento posterior, se ha producido un incum... ...
... Todo apunta a que muy pronto tendremos jurisprudencia que permitirá la admisión de demandas de desahucio por impago de una sola mensualidad de renta. Y tan grandisonantes epítetos significan, en lenguaje llano, que no se admitían las demandas de desahucio porque dejar de pagar una, dos o incluso tres rentas no era incumplir el contrato, sino simplemente retrasarse en la obligación. Piensa ahora el Tribunal que el contrato es para respetarlo y, si el inquilino deja de pagar la renta, aunque sea una y no más como Santo Tomás, ya basta para admitir la demanda de desahucio (aunque el arrendatario podrá parar el golpe enervando la acción -es decir pagando lo que debe-, si bien esta vía sólo puede usarla una sola vez y al próximo impago, a la calle sin más contemp... ...
... Una de las novedades importantes introducidas se refiere a la prórroga obligatoria del contrato, la cual no lo será si el propietario – arrendador hace constar en el contrato la necesidad de ocupar la vivienda antes de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí mismo, sus padres, hijos o para su cónyuge en determinados casos. El plazo para abandonar la finca con la condonación de las rentas adeudadas se establece en 15 días (anteriormente era de un mes). Para evitar la enervación, se reduce el plazo de requerimiento de pago de dos meses a uno, con lo que, el periodo de espera para presentar la demanda se reduce a la mitad. La solicitud de Abogado de Oficio se limita a los tres primeros días desde el emplazamiento, para evitar dilaciones del procedimiento buscadas por el demandado. En la demanda se puede solicitar la condena a todas las rentas devengadas hasta el momento de dictar Sentencia. El procedimiento será el Juicio verbal cualquiera que sea la cuantía ...
... Asimismo, el inquilino podrá resolver el contrato tanto por la no realización de las reparaciones a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, como por la perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.
b) ¿Qué es la enervación del desahucio? El artículo 439.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece como requisito esencial para la admisión de las demandas de desahucio de finca urbana por falta de pago de las rentas o cantidades debidas por el arrendatario, que el arrendador indique las circunstancias concurrentes que puedan permitir o no, en el caso concreto, la enervación del desahucio. ...
... El 24/11/2009, se publicó en el B.O.E., la Ley 19/2009 de 23 de noviembre de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, desde entonces, mucho se ha hablado en los medios, y muchas opiniones se han vertido al respecto. Por nuestra parte, nos centramos únicamente, en dos aspectos, no puramente procesales de ello, que creemos, a la larga, redundarán en un beneficio para el ciudadano, no obstante creemos importante mencianar la modificación de diversos aspectos procesales, que redundarán, en la tan necesaria agilización de estos procesos. Estos son los siguientes: Ley de Arrendamientos Urbanos, cambio del articulo 9.3º, desapareciendo la obligatoriedad de la prorroga por el propietario, quedando así la disposición: "3. No prodecerá la prorroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada ...