... El blog de Juan Sánchez-Calero Guilarte Buscar este blog Cargando... viernes, 16 de diciembre de 2011 Nueva comunicación de la Comisión con respecto a las ayudas estatales a entidades de crédito Una de las principales características de la crisis financiera ha sido la necesidad de un rescate público de entidades de crédito en los muy distintos Estados europeos. En Antequera: sobre las refinanciaciones Enhorabuena a Pedro de Miguel Otra opinión sobre la reforma de las cajas Blindajes empresariales y Derecho de sociedades Banca-seguros Private equity e información El Observatorio Concursal del REFOR Sobre la regulación de las tarjetas de crédito en Deberes informativos y dispensas Reestructurar entidades de crédito: causa, finalid... ...
... De hecho, el éxito ha sido tal, que otras numerosas entidades de crédito en distintas Comunidades Autónomas, han imitado el mecanismo, con diferente suerte. De hecho, el crédito jamás salía del patrimonio del primer acreedor. Las operaciones de factoring pueden ser realizadas bien por entidades de financiación, o por entidades de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito. Durante la pequeña investigación que se ha llevado a cabo para desarrollar este trabajo, se ha entrevistado a representantes de todas las partes en esta relación jurídica: comerciantes, consumidores, y empleados de entidades de crédito a título particular. Otras formas de financiación del consumo: la venta de mercaderías en entidades de crédito Notificación de la cesión del crédito En esta fecha el VENDEDOR notifica al COMPRADOR que cede el crédito derivado de la presente compraventa a favor de con domicilio en ...
... No obstante, la más socorrida es la ampliación del plazo de amortización del crédito, realizando con la entidad financiera una novación del préstamo hipotecario. Es, por ello, que los pactos dirigidos a la apropiación de la finca hipotecada por el acreedor hipotecario, en caso de incumplimiento del derecho de crédito, convenidos en el momento de constituir el negocio jurídico, deber ser contemplados con una cierta desconfianza e interpretados de forma restrictiva. Si, subastados los bienes hipotecados o pignorados, su producto fuera insuficiente para cubrir el crédito, el ejecutante podrá pedir el embargo por la cantidad que falte y la ejecución proseguirá con arreglo a las normas ordinarias aplicables a toda ejecución”. ...
... El título I de este real decreto-ley aborda, en su capítulo I, la creación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria y, en su capítulo II, la operativa de los procesos de reestructuración de entidades de crédito. Las operaciones realizadas hasta la fecha por este Fondo han permitido el acceso a financiación a medio plazo por parte de las entidades de crédito que operan en España. El capítulo II aborda los procesos de reestructuración de entidades de crédito. Además de la función relativa a los procesos de reestructuración de entidades de crédito, este real decreto-ley prevé también la posibilidad de que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria apoye procesos de integración entre entidades de crédito dirigidos a mejorar su eficiencia a medio plazo. Régimen jurídico de las garantías constituidas a favor del Fondo de Reestructuración Bancaria o de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito. ...
... La presente orden será de aplicación a los servicios bancarios dirigidos o prestados a clientes, o clientes potenciales, en territorio español por entidades de crédito españolas o sucursales de entidades de crédito extranjeras. Será de aplicación a las entidades aseguradoras lo previsto en la sección 6.ª del capítulo II del título III.
4. Las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen libremente entre dichas entidades y los clientes. Las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice el servicio recibido.
2. Las entidades de crédito deberán conservar el documento contractual y poner a disposición del cliente copia del mismo siempre que éste lo solicite. Las entidades de crédito deberán proporcionar a los clientes que soliciten cualquiera de estos servicios, información clara y suficiente sobre los préstamos que ofertan. ...
... El Alto Tribunal considera que el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia prohíbe este tipo de pactos, ya que la coordinación de políticas comerciales para ‘castigar’ a los comercios provoca que éstos ‘no puedan acceder a otra entidad de crédito’. La sentencia explica que las 10 entidades multadas ‘sabían que el resultado de su acción coordinada no iba a propiciar la pérdida de un cliente por una entidad financiera en beneficio de otra’. La entidades multadas fueron el banco Santander y el BBVA, ambos con 600.000 euros, y Banesto, Banco Sabadell, Banco Popular, Caja Madrid y Banco Atlántico con 300.000 euros. En el acuerdo, las partes ‘pactaron las condiciones para calificar a los comercios como infractores y pactaron la forma, plazos y requisitos para la expulsión’, que debía ser ejecutada por las entidades financieras adheridas. ...
... Esta nueva Resolución únicamente es aplicable a aquellas actuaciones de embargo que se refieran a las cuentas a la vista y libretas de ahorro abiertas en entidades de crédito, que sean consecuencia de deudas cuya recaudación en período ejecutivo tenga encomendada la A.E.A.T. Antes de las 9 de la mañana del día siguiente a aquel en que la entidad de crédito recupere el fichero de diligencias, deberá efectuarse la retención del importe a embargar si existe saldo suficiente, o el total de los saldos en otro supuesto. La A.E.A.T. deberá poner el fichero con las órdenes de levantamiento de embargo a disposición de las entidades de crédito afectadas por las mismas antes de las 14 horas y 30 minutos del vigésimo día natural contado a partir del siguiente al de la traba. En los demás casos, efectuará el ingreso de las cantidades embargadas a través de cualquiera de las Entidades de crédito que ostente dicha condición. ...
... Congreso de los Diputados - Proyectos de Ley - Proyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 104-1, de 28.1.2011). El Anexo II recoge la información normalizada europea sobre el crédito al consumo y el Anexo III la información europea de créditos al consumo. Cabe destacar las letras a) y b):
"a) Las entidades de crédito, a que se refiere el artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, sobre adaptación del Derecho vigente en materia de entidades de crédito al de las Comunidades Europeas, y cualquier sucursal en España de una entidad de crédito cuya matriz esté domiciliada o autorizada fuera de la Unión Europea.
b) L... Art. 12, apertura de sucursales y libre prestación de servicios en España por entidades de dinero electrónico autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea. Art. 13, actividad de las entidades de dinero electrónico españolas en un Estado no miembro de la Unión Europea. ...
... Me centraré en los motivos que permiten usar la mencionada garantía sobre los stocks de vehículos, el análisis del crédito stock y finalmente en el régimen legal de la prenda sin desplazamiento de la posesión. El crédito stock: Bajo esta denominación podemos incluir la modalidad de crédito mercantil, otorgada por una entidad de crédito y dirigida a otorgar financiación a los concesionarios para la adquisición de mercaderías o stocks (vehículos automóviles) del fabricante o del importador para proceder a la venta y comercialización de los mismos al público. Estos activos, base de crédito, deben estar formalmente representados para poder circular, pueden ser bienes muebles como ya establecí anteriormente. A lo más, podrá dar por vencido el crédito si el deudor hace mal uso del bien gravado (párrafo segundo del artículo 62 de la Ley). ...
... El RAI era el fichero de morosos por antonomasia, gestionado por la asociación sin ánimo de lucro Centro de Cooperación Interbancaria (CCI), al que tenían acceso todas las entidades bancarias y se utilizaba para denegar un crédito a los que figuraran inscritos en él. 2) Quienes ceden los datos al registro no son los propios acreedores, sino las entidades de crédito, lo que supone vulnerar las normas más elementales de la LOPD y no lo salva la inclusión en los contratos que suscriban las entidades y los acreedores de una autorización genérica que permita a la entidad la cesión de datos sobre efectos impagados al RAI. Por sentencia firme judicial me tienen que abonar la cantidad estipulada pero no lo hacen alegando que no les dan crédito por estar en el RAI y, quisiera saber si es cierto. ...