... Respecto del material hay que considerar el apartado f) del citado artículo 19 y la normativa de Hacienda o impuestos. El 16.4 establece las excepciones para las privadas (no superar el 30%) y el 16.3 para las públicas. En todo caso habría que tener en cuenta el límite que establece el artículo 7 de la Ley. También me consta que dicha actividad de perito médico exclusivamente por designación del juzgado podría entenderse como incluida en el apartado f. del artículo 19 de la Ley, que también está muy indeterminado jurídicamente. ¿Que le parece? Lo digo por el tema de la Ley de incompatibilidades, artículo 11, apartado c, que no logro entender bien. Responder Suprimir Andrés Morey Juan 23 de mayo de 2012 13:10 Lo mejor para eliminar dudas es pedir la autorización y compatibilidad: El problema que puede plantearse por la administración o funcionarios es el del apartado 1 del artículo 12 de la ley. ...
... El apartado 3 de la misma Disposición Transitoria Única precisa que la primera orden ministerial que se dicte en aplicación del artículo 25.6 TRLPI “tendrá efectos a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta ley”. La inseguridad jurídica y el riesgo de alta litigiosidad se manifiesta en el criterio que con carácter retroactivo se adopta respecto del alcance de las disposiciones de las normas en vigor desde el año 1994 (párrafo octavo del apartado II de la Exposición de Motivos y apartado 1 de la Disposición Transitoria Única) Así, se establece un régimen jurídico con la flexibilidad suficiente para adecuarse debidamente a la realidad tecnológica en constante evolución. Así lo hace la Disposición Transitoria Única, para soportes de reproducción audiovisual, en las letras e) y f) del apartado 1. ...
... En la Disposición Adicional Quinta se establece que:
Accesibilidad para las personas con discapacidad y de edad avanzada a la información proporcionada por medios electrónicos. También, en el apartado tercero se debería actuar para ampliar la accesibilidad a los productos o servicios de terceros mediante las correspondientes normas, algo que tampoco sucedió. Como expresamente se establece se desarrolla el artículo 22, antes comentado, sobre el servicio universal telefónico, equiparándolo al resto de los usuarios. Otro aspecto esencial del procedimiento administrativo electrónico es la posibilidad de que el mismo sea iniciado por el interesado utilizando medios electrónicos, así el artículo 35 establece que:
1. Sin embargo se establece la temida coletilla que provoca que en muchas ocasiones no se haga lo que corresponde. ii. ...
... Es entonces que se establece el canon compensatorio. La Ley establece tres modalidades de objetos reproducibles:
Los libros o similares. La LPI establece en el apartado 5 una relación tasada de objetos susceptibles de devengar canon: a) Equipos o aparatos de reproducción de libros.
b) Equipos o aparatos de reproducción de fonogramas.
c) Equipos o aparatos de reproducción de videogramas.
d) Materiales de reproducción sonora.
e) Materiales de reproducción visual o audiovisual. También deberán cumplir las obligaciones de retener y entregar previstas en dicho
apartado, en el supuesto contemplado en el apartado 13». La regulación del procedimiento de pago se contempla en el apartado 14 del artículo 25 de la LPI:
«14. La anterior regulación se refuerza mediante el apartado 19 del artículo 25 de la LPI, que establece una presunción legal iuris tantum de impago de dudosa constitucionalidad:
«19. ...
... La publicidad de las ofertas de empleo que se formulen para la contratación de personas para el servicio doméstico no podrá contener discriminación alguna basada en los motivos indicados en el apartado anterior. De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera, el Ministerio de Trabajo e Inmigración pondrá a disposición de los empleadores modelos de recibos de salarios para el cumplimiento de lo establecido en este apartado. El régimen de las horas extraordinarias será el establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, salvo lo previsto en su apartado 5.
4. En el supuesto a que se refiere este apartado, si el empleador optase por el desistimiento de la relación laboral, deberá comunicárselo por escrito al trabajador, resultando de aplicación en lo demás lo dispuesto en el artículo 11.3. ...
... Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas SENTENCIAS - Asunto C-397/07 : Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 9 de julio de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de España (Incumplimiento de Estado — Impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales — Sociedades de capital — Directiva 69/335/CEE — Artículos 2, apartados 1 y 3, 4, apartado 1, y 7 — Derecho de aportación — Exención — Requisitos — Traslado de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de un Estado miembro a otro Estado miembro — Derecho de aportación que grava el capital destinado a las actividades mercantiles ejercidas en un Estado miembro por sucursales o establecimientos permanentes de sociedades establecidas en otro Estado miembro). Nota : Véase la entrada de este blog del día 9-7-2009 . - Asunto C-14/08 : Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 25 de junio de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el ...
... Suponer que la legislación nacional sólo es válida cuando la Comisión la declare exenta con arreglo al artículo 85, apartado 3 del Tratado, sería una contradicción en sí misma. Es cierto que, en el supuesto de que el artículo 85, apartado 1 , del Tratado sea aplicable, correspondería a ésta notificarlas a la Comisión. Ello obedece a que en el escrito de interposición del recurso de casación no se especifica bajo qué apartado del artículo 95 de la Ley Jurisdiccional se incardina el motivo articulado. En efecto, dicho precepto expresamente establece en su apartado 2 que la venta a pérdida se reputará desleal cuando pueda inducir a error a los consumidores, desacredite la imagen de un producto o establecimiento ajeno o cuando forme parte de una estrategia para eliminar del mercado a los competidores. El artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia, en su versión original de 1.989 , estipulaba en su apartado 1 que
“Artículo 2. ...
... El art. 103 de la Ley 31/1990 establece en el párrafo final de su apartado once, número 5, que “el Ministro de Economía y Hacienda, por Orden, podrá organizar las unidades inferiores a Departamento o habilitar al Presidente de la Agencia para dictar resoluciones normativas por las que se estructuren dichas unidades y se realice la concreta atribución de competencias. De esta manera, resulta difícilmente conciliable el art. 18 LGT con las competencias que el apartado tres del art. 103 de la Ley 31/1990 atribuye a los órganos rectores de la AEAT. En cambio, la disposición objeto de la litis establece que la dirección efectiva de las nuevas unidades corresponderá a un Inspector Adjunto al Inspector Jefe, quien “dictará” las liquidaciones que procedan. No otra cosa significa el contenido del apartado 2 del fundamento cuarto de la sentencia. Además, el apartado sexto del mismo precepto posibilita la delegación. ...
... No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, Ofesauto podrá delegar la representación de las diferentes entidades aseguradoras extranjeras, a solicitud de la oficina nacional respectiva, en favor de alguna de las entidades aseguradoras o de entidades especializadas en la gestión de siniestros. En caso de incumplimiento del corresponsal, conflicto de intereses o cese voluntario en la representación autorizada, Ofesauto asumirá el cumplimiento de las obligaciones previstas en el apartado 2 de este artículo.
4. Los datos a que se refiere el apartado anterior serán objeto de tratamiento automatizado mediante el fichero automatizado de datos de carácter personal, denominado «Fichero Informativo de Vehículos Asegurados», de carácter público, regulado en este Reglamento, con el contenido que se describe en los artículos siguientes y en el anexo.
3. ...
... Pero ni dicha Directiva obligaba a desvincular por completo la nulidad del despido del conocimiento del embarazo por parte del empresario, ni el legislador, en el apartado b del art. 55.5 fue tan claro y rotundo como para excluir la interpretación en tal sentido. Pero que, una vez que el legislador español introdujo en 1999 el apartado b) del art. 55.5 LET, ya sólo cabe una interpretación constitucionalmente conforme de dicho precepto: la que otorga tal garantía objetiva a la trabajadora embarazada. Sin embargo, nada se dice expresamente al respecto en dicho apartado b del mencionado artículo, razón por la que, caben las dos interpretaciones, por mucho que el TC se esfuerce por argumentar que puede resultar más convincente la suya. ...