... Por un lado, nadie puede exigir verse
casado ni puede exigir a nadie (a otros individuos, al Estado o al Municipio)
que se case, hasta el punto de que nuestro Derecho niega expresamente ese poder
a quienes, sin embargo, han contraído esponsables o promesa de matrimonio (art.
42 del Código Civil). Y ha añadido que «en el Gobierno no estamos propugnando cosas distintas de aquello que ya
ha estado vigente en España durante muchos años». Por último, también es un sofisma del Ministro de Justicia eso de que el Gobierno no propugna sino lo que ya ha
estado vigente aquí durante muchos años. Primero, porque son
unos cuantos millones de españoles los que desean que se propugnen y se hagan por
el nuevo Gobierno cosas distintas de las que han estado “vigentes” durante
muchos años. ...
... No voy a reiterar la preocupación, ya expresada en varias ocasiones, que me generan iniciativas como la conocida Ley de Partidos Tiene que dar pasos en la
confrontación Euskal Herría – Estado». Poner a nuestro favor la correlación de las fuerzas con el Estado. Articular los sectores populares que están a favor de un estado
propio y activarlos en diferentes quehaceres para la construcción
nacional. Tener bien estructuradas y fortalecidas las fuerzas soberanistas-
independentistas de cara al proceso de negociación que tendrá
que ponerse en marcha antes o después con el Estado». La pretensión de esta campaña es difundir la idea de que existe un “conflicto
violento” entre el Estado español y “Euskal Herria”, que la acción policial y
judicial – “la represión”- resulta estéril para ponerle fin y que la única solución es
que el Estado asuma un nuevo proceso de negociación de contenidos políticos. ...
... Analicemos este aserto.
a) ¿Qué pasaría si se planteara en serio hacer oficial en todo el territorio del Estado (España) no sólo el castellano, sino también el catalán (y el vasco y el gallego)? ¿Qué actitud tomarían los partidos nacionalistas catalanes? En tal contexto hipotético, repito la pregunta: ¿qué dirían los partidos nacionalistas catalanes –o vascos o gallegos...? Lo mismo que los partidos nacionalistas españoles: que no. ¿Por qué? Igual que ocurriría, por cierto y en tal caso, con los partidos nacionalistas españoles. Y un argumento más en la misma línea: si todas las lenguas del Estado (castellano, gallego, vasco, catalán…) han de ser igual de oficiales en todo el territorio del Estado, eso implicará que en Cataluña, además de catalán, se ha de enseñar y se ha de poder hablar y escribir en todas las lenguas del Estado. Pero, entre tanto, nada de apuñalar por la espalda el Estado y la Constitución que ahora tenemos en común. ...
... Cuando el Estado admite que un individuo tenga la condición de residente surge una relación integrada por un conjunto de obligaciones jurídicas y de derechos subjetivos que tendría que desembocar en una posición jurídica unitaria: la de ciudadano. La democracia directa no consiste en la ratificación de resoluciones adoptadas de antemano por los partidos y formalizadas por las instituciones estatales; no es sólo una fórmula para comprobar la fiabilidad de la representatividad de los órganos de esta naturaleza, sino también una vía directa para la comunicación entre la sociedad y el Estado. El referéndum y la iniciativa legislativa popular exigen una reforma constitucional para que sirvan como instrumento de participación y forma de control de los partidos y de los representantes en el ejercicio de sus funciones. ...
... Se señalaría que la previsión constitucional de aprobar dicho Estatuto, debido al desarrollo del Estado autonómico, habría devenido en caduca. Los partidos nacionalistas nunca han visto con buenos ojos que la Administración General del Estado “interfiera” en la ampliamente entendida capacidad de autoorganización de las comunidades autónomas donde gobiernan. La ecuación para este tipo de fuerzas políticas sería sencilla: a menos legislación básica, menos Estado; a menos Estado, más nacionalismo. Es decir, no se integra en el modelo de articulación territorial diseñado por el Estado durante la Transición política ni en los acuerdos entre los dos partidos nacionales en el Gobierno o con opción de gobernar. Es realmente significativo que la aprobación del EBEP no haya contado con el consenso de los dos principales partidos de implantación nacional. ...
... En la práctica el recurso a tales tarjetas –fabricadas y comercializadas con la autorización del titular de los derechos pero utilizadas después de forma no autorizada pues se prohibía su uso por los clientes fuera de Grecia- permitía a sus usuarios en el Reino Unido acceder y difundir en sus establecimientos de restauración esos partidos de fútbol sin tener que contratar el acceso a... Tampoco considera que la prohibición pueda estar justificada por el objetivo de incentivar la presencia de público en los estadios de fútbol (aps. 122-125, aunque sin valorar específicamente que esa circunstancia sólo concurre en el territorio donde se desarrolla la competición de que se trate y no en el Estado miembro de emisión en la medida en que éste sea distinto). ...
... Estar a favor o en contra de la legalización de determinados partidos. Así centrada la cuestión el problema no es que los terroristas formen un partido político (lo que en todo caso favorecería el control y represión de sus actividades), sino el papel institucional de los propios partidos como órganos administrativos del Estado, en el Estado y subvencionados por el Estado. El pensamiento superficial construye su razonamiento sobre las bases teóricas del Estado de partidos y sobre la ficción democrática de sus postulados institucionales. Si el representante político es elegido y pagado por sus electores directamente, sin partidos en el Estado que monopolicen la vida pública resulta no sólo innecesario, sino injustificable la ilegalización de estas asociaciones ciudadanas destinadas a canalizar las ideologías hacia el Estado. ...
... VERGÜENZA LEGISLATIVA DE LOS 4 PODERES DEL ESTADO AL NO RECHISTAR DESDE 1978 A 2012 AL MANTENER VIGENTES Y APLICAR LEYES FRANQUISTAS DE ESCUCHAS, DOPAJES, SANCIONES Y PENAS PERPETUAS Y DESPROPORCIONADAS, A POLICIAS, GUARDIAS CIVILES,....... Se interrumpen, cambian rápidamente de temas, se entusiasman, para terminar casi secamente y de repente algunos de los puntos que han estado examinando, como si la riqueza de los mismos les impidiera acotar en un poco espacio de tiempo todo cuanto querrían exponer.(???)
SERÁ UN LIBRO PARA LA POLÉMICA. ME DICEN QUE ES FEDERICO TRILLO ►
noviembre (7) MIL NOMBRES ¿y AHORA, QUE? ¿CUANDO CESA EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO? ...
... El Estado organiza territorialmente a efectos judiciales en municipios, partidos, provincias y Comunidades Autónomas. De lo Contencioso-Administrativo, que se pronunciará sobre los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra disposiciones y actos de los Ministros y de los Secretarios de Estado. Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción Toman su designación del municipio de su sede y pueden articularse como órganos distintos Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en aquellos partidos en que su número así lo aconseje. De los conflictos de competencia entre el Estado y la Comunidades Autónomas, o de éstas entre sí y de los conflictos entre los órganos constitucionales del Estado (Congreso, Senado, Gobierno y Consejo General del Poder Judicial). De la impugnación por el Estado de las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas, así como de los conflictos en defensa de la autonomía local. ...
... Porque mediante una aparente reforma estatutaria se oculta una
reforma constitucional que atribuye a la Generalitat competencias que son exclusivas del Estado y establece una relación de igual a igual entre el Estado y esta Comunidad Autónoma. Si se quiere efectivamente que la CE no fracase sería necesario reformar sin demora el Titulo VIII de la CE (DE LA ORGANIZACION TERRITORIAL DEL ESTADO). La publicación anunciada del Dictamen del Consejo de Estado sobre diversas reformas constitucionales puede ser un momento idóneo para esta iniciativa, que sin duda merecería el apoyo de ciudadanos que apoyan o han apoyado a los dos principales partidos en el pasado y que fueron representados por ambos en el pacto constituyente. ...