... Podemos resumirlas en las siguientes:
A) Principios generales que engloba la institución de la expropiación forzosa, tanto en causas de utilidad pública como de interés social. B) Regulación del procedimiento general de expropiación: los requisitos previos de la expropiación forzosa, concreción de la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos, determinación del precio justo o Justiprecio, y el pago y toma posesión del bien o derecho expropiado, incluyendo en su caso la responsabilidad por demora. Expropiación de zonas o grupos de bienes; 2. La mencionada ley es desarrollada por el Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de
abril de 1957, igualmente vigente. Por lo que se refiere a los Sujetos de la Expropiación Forzosa podemos distinguir:
a) Expropiante. LA EXPROPIACION FORZOSA ►
noviembre (2) LAS RECLAMACIONES DE IMPAGADOS. ...
... Relámpago jurisprudencial: la ocupación ilegal de fincas por la administración sin seguir expropiación forzosa debe ser compensada sustancialmente La Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de Noviembre de 2007 (rec. 8889/04) aborda una situación que cualquier ciudadano puede sufrir en sus propias carnes: las excavadoras y funcionarios de la Administración ocupan un terreno privado para ha... ...
... Fundamentalmente, las bases para esta nueva visión de este aspecto de la expropiación forzosa viene dado por los artículos 33 y 53 de la Constitución Española. En primer lugar se pregunta cuando una intervención legislativa sobre el mundo de los bienes puede calificarse como una expropiación forzosa y no como una mera delimitación de su contenido. En segundo lugar el control por vía constitucional de la utilidad pública o interés social como causas legitimadoras de la expropiación. La intervención legislativa como expropiación forzosa o como de limitación del contenido de los bienes. El control por vía constitucional de la utilidad pública o interés social como causas legitimadoras de la expropiación. La valoración de la indemnización expropiatoria ante la expropiación legislativa. ...
... Sin perjuicio de las legislaciones del suelo, más modernas, la expropiación forzosa y los procedimientos para la fijación del justo precio todavía se rigen por una Ley de 16 de diciembre de 1954, y, en ella, el justo precio sólo considera el valor del objeto expropiado y al tiempo de iniciarse el expediente de justiprecio, y en todo caso un 5 por 100 como premio de afección. La Constitución, por ejemplo, en su artículo 33. 3 al referirse a la expropiación nos dice que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes. Publicado por
Andrés Morey Juan en
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expropiación forzosa ,
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Funcionario Jubilado. ...
... NO TODO ESTÁ DERECHO [blog jurídico general] domingo 15 de noviembre de 2009 Expropiación Mi hijo no comprende que si te expropian te paguen menos que si decides vender voluntariamente. Mi empresa es sueca y los dueños no lo comprendían.
15 de noviembre de 2009 20:21
sistermoonshine
dijo... Y ahí sin justiprecio que valga.
15 de noviembre de 2009 21:28
Hormigón
dijo...
¡¡Inauguremos a costa de la gente!!
16 de noviembre de 2009 09:06
Anónimo
dijo... Qué hijo más espabilado!!
16 de noviembre de 2009 18:23
Anónimo
dijo... En Barajas se ha pagado lo justo.
17 de noviembre de 2009 22:51
Ariete
dijo... El metro crea ciudad.
18 de noviembre de 2009 19:23
Tissue
dijo... ...
... Norma que haya su acomodo en la franquista – y vigente – Ley de expropiación forzosa, de cuya exposición de motivos, merece destacarse:
“La expropiación forzosa contempla el supuesto en que, decida la colisión entre el interés público y el privado, en consideración a la lógica prevalencia del primero, resulta obligado arbitrar el procedimiento legal adecuado para promover juríd... La nueva Bastilla se llama Guantánamo, la propiedad privada que oprime a los Pueblos del Siglo XXI se llama propiedad intelectual y propiedad industrial; por eso no importan los derechos morales; por eso se diseñan nuevas fórmulas para la gestión de los derechos patrimoniales y desaparece de nuestros códigos la expropiación como Derecho inalienable de los Pueblos al interés común. ...
... Ayuda legal: 807 505 207 Español | English
Inicio Guía Servicios Consultas Blog Boletín Contacto Recomendaciones ante una expropiación forzosa El procedimiento de expropiación regula la forma en que ha de solucionarse una colisión frontal entre el interés público y el privado. A veces conviene incluso ir más allá e impugnar la necesidad de ocupación de tus terrenos que alegue la Administración para acudir a la expropiación forzosa. Si no estás de acuerdo con la oferta de la Administración, y decides acudir al Jurado Provincial de Expropiación o a la vía judicial, no olvides exigir los intereses de demora. Así las cosas, dar la batalla incluso ante el siguiente escalón (el Jurado Provincial de Expropiación) o en la posterior vía judicial contencioso-administrativa puede y suele ser lo justo y lo más rentable para el expropiado. ...
... EXPROPIACIÓN FORZOSA NO ES POSIBLE PROTEGER EL DERECHO DE REVERSIÓN RESPECTO DE UNA EXPROPIACIÓN PRODUCIDA EN 1.984. Se plantea si resulta posible hacer constar en el Registro de la Propiedad el derecho preferente de reversión frente a terceros posibles adquirentes respecto de una finca expropiada en 1984, conforme a lo dispuesto en el articulo 54.5 de la Ley de Expropiación Forzosa en la redacción dada a tal precepto por la disposición adicional quinta de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenaci... La Dirección General considera que no es posible porque no cabe dar acceso registral, generando una apariencia contraria a la realidad, a un derecho de reversión que legalmente no haya llegado a nacer, en caso de haberse mantenido la afectación al fin que justificó la expropiación o a otro declarado de utilidad pública o interés social durante diez años, o se haya extinguido por caduc... ...
... TF: (34) 928 297 609
FAX: (34) 928 297 350.
www.indemnizacionglobal.com jueves, 18 de noviembre de 2010 LAS LIMITACIONES EDIFICATORIAS POR LA APARICION DE RUINAS O BIENES DE INTERES CULTURAL NO DAN DERECHO A INDEMNIZACION Según la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 17 de septiembre de 2010, las limitaciones edificatorias por aparición de un bien de... Pues la propiedad perjudicada, que aunque estimaba ese sacrificio como ““necesario”“ al estar impuesto a los bienes y derechos del reclamante, ello no ha de convertirse en un arbitrario y auténtico despojo sin contraprestación alguna para la propiedad, por lo que se solicitó el derecho de éste a la correspondiente indemnización, no solo porque así se infiere de la normativa sobr... LA INDEMNIZACION DE LOS DAÑOS MORALES EN EL TRANSP... ¿A qué tienes derecho y cómo reclamar ante las can... ▼ noviembre (3) FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO 2011 DESDE INDEMNIZAC... ...
... Hola, tengo una duda a la que por más que busco no encuentro respuesta
En noviembre alquilé mi vivienda habitual y regresé a casa de mis padres. Yo estoy de alquiler en un piso desde noviembre de 2008. Yo estoy de alquiler desde noviembre de 2008. ¿Puedo obtener esa deduccion? Un saludo y gracias de antemano por la respuesta
14 de noviembre de 2009 00:36
Pedro Hernández Olmo dijo... La deducción por alquiler presupone la existencia de ingresos de los que deducirla.
15 de noviembre de 2009 19:40
Anónimo
dijo... La nulidad y la anulabilidad ►
noviembre (10) GEOX vs. ...