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Libertad religiosa

Estado y Religión: beatificación de juan pablo ii

Autor: Rafael Palomino Fecha: Coincidencia: 87,71%
... skip to main | skip to sidebar Estado y Religión cuestiones de derecho eclesiástico del estado martes, 26 de abril de 2011 beatificación de juan pablo ii Un buen resumen de los datos jurídicos más relevantes sobre los procesos canónicos de canonización y beatificación, plazos, milagros, etc. está disponible en Pedro María Reyes Vizcaíno, "El proceso de beatificación y canonización", Ius Canonicum.org, 9 de enero de 2009. Disponible a través de este enlace . El artículo va acompañado de un esquema de los procesos . Publicado por Rafael Palomino en 17:03 Etiquetas: derecho canónico 2 comentarios: enforma 27 de abril de 2011 01:52 El querido Juan Pablo II, que casualmente o no el día de su fallecimiento, yo empecé a vivir de nuevo... Responder Suprimir enforma 27 de abril de 2011 02:23 Quería puntualizar que el día de la muerte de Juan Pablo II, tras ir a la Plaza de Colón y celebrar su encuentro con el Señor toda la noche, al día siguiente pude salvarme de una ...

Libertad religiosa: las declaraciones de José Antonio Alonso

Autor: Comentarios Jurídicos Fecha: Coincidencia: 87,71%
... Comentarios Jurídicos Comentario sobre las novedades jurídicas de Derecho Español Libertad religiosa: las declaraciones de José Antonio Alonso con 2 comentarios “Las morales privadas pueden ser lícitas en el ámbito privado (…) en el ámbito de lo público la única moral posible es la de la Constitución” Escrito por CJ 22/06/2009 a 12:58 PM Escrito en Derecho Constitucional , libertad de expresión , libertad religiosa Etiquetado con aconfesionalidad del Estado , Ana Mato , Conferencia Episcopal Española , Derecho Constitucional , Iglesia Católica , José Antonio Alonso , laicismo , Ley del Aborto , Ley Orgánica de Libertad Religiosa (LOLR) , libertad de expresión , libertad religiosa , P... ...

Burka

Autor: Andrés Boix Palop Fecha: Coincidencia: 87,71%
... Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley. 2. Como puede deducirse con facilidad del enunciado del propio precepto, no se extrae del mismo una mayor protección para la libertad religiosa que para la de conciencia. Es interesante, eso sí, que el art. 16.1 contenga una expresa referencia a la posibilidad de limitar algunas manifestaciones de la libertad religiosa o de su expresión por medio de los actos de culto que se tercien por motivos de orden público. Como es obvio que un sistema democrático como el nuestro no puede primar la libertad religiosa sobre la libertad de conciencia no es difícil convenir en que si aceptamos sin problemas la prohibición en un caso no plantea el más mínimo problema el que se establezca en el otro. ...

El Tribunal de Estrasburgo declara que el crucifijo en las aulas viola la libertad religiosa

Autor: Val Letrados y Asociados Fecha: 11/03/2009 Coincidencia: 87,71%
... skip to main | skip to sidebar VAL LETRADOS BLOG DE ACTUALIDAD LEGAL DEL DESPACHO JURÍDICO VALLETRADOS & ASOCIADOS martes 3 de noviembre de 2009 El Tribunal de Estrasburgo declara que el crucifijo en las aulas viola la libertad religiosa El Tribunal de Estrasburgo declara que el crucifijo en las aulas viola la libertad religiosa El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró la presencia d... ...

Ejercicio de derechos fundamentales en el ámbito educativo: pañuelos islámicos y camisetas laicas.

Autor: Miguel Ángel Presno Linera Fecha: 02/07/2012 Coincidencia: 86,91%
... Por ejemplo, si hacemos referencia a las normas en materia de indumentaria (que nadie parece cuestionar que puedan ser establecidas, dentro de un orden), no sólo se traducen en posibles afecciones a la libertad religiosa sino, también, a la libertad personal tout court. Recuérdese que desde una perspectiva estrictamente constitucional y jurídica, no se entiende la razón por la que muchos se empeñan en considerar un derecho de mayor cualidad y con mayor capacidad para oponerse a la regulación por parte del Estado y de las autoridades, la libertad religiosa que la libertad personal. En este caso me parece que no tengamos ni la una ni la otra: - La lectura que hace la sentencia de que razones de orden público permiten limitar la libertad religiosa ( y cualquier otra) es correcta. Puestos a hablar de «las pintas», conviene recordar que la Universidad no es un espacio inmune a los derechos fundamentales de las personas; entre ellos, la libertad personal y la propia imagen. ...

Gonzalez Torres Abogados SL: NO EXISTE UN DERECHO DE LOS PADRES DE HIJOS MENORES DE 16 AÑOS A SUSTITUIR LA EDUCACION OBLIGATORIA POR LA EDUCACION DOMICILIARIA O HOMESCHOOLING

Autor: González Torres Abogados S.L. Fecha: Coincidencia: 86,91%
... Por lo que atañe a la enseñanza básica, la libertad de enseñanza de los padres encuentra su cauce específico de ejercicio, por expresa determinación constitucional, en la libertad de creación de centros docentes (art. 27.6 CE). Más allá de este doble contenido, el derecho a la educación en su condición de derecho de libertad no alcanza a proteger, siquiera sea prima facie, una pretendida facultad de los padres de elegir para sus hijos por razones pedagógicas un tipo de enseñanza que implique su no escolarización en centros homologados de carácter público o privado. Pero, sobre todo -y ésta es la tercera de las razones señaladas-, el TC debemos excluir que la restricción de este último derecho resulte manifiestamente excesiva en tanto que los padres pueden ejercer su libertad de enseñanza a través del derecho a la libre creación de centros docentes (art. 27.6 CE). ...

Del Velo Islámico en la Escuela Pública: Ni inquisidores, ni mojigatos

Autor: José Ramón Chaves García Fecha: 10/08/2007 Coincidencia: 84,35%
... La libertad religiosa es un valor y nadie debe verse expuesto al anuncio de símbolos que le recuerden otras confesiones en lugares públicos o aconfesionales. Partiremos de que toda religión debe ser respetada en su adopción y culto, pues la libertad religiosa y de expresión son valores constitucionales. No se trata de cuestionar la libertad de conciencia o de religión, conquista irrenunciable de las Declaraciones de Derechos del siglo XVIII y del constitucionalismo moderno. De ahí que un conflicto sobre el uso de prenda religiosa en el entorno educativo público no debe interpretarse como una actitud de persecución de los islamistas. Pudiera cada Centro, para la generalidad de sus alumnos adoptar la decisión conveniente, teniendo en cuenta un dato esencial, como es la composición de sensibilidad religiosa de su alumnado y el impacto que tal hábito o ropa de simbología religiosa que puede tener dentro del mismo. 9. ...

Breve tratado de antropología religiosa

Autor: Juan Antonio García Amado Fecha: Coincidencia: 83,02%
... Breve tratado de antropología religiosa Tenían miedo y, para mitigarlo, inventaron un dios que los aterrorizara. Su dios los hizo libres, pero con libertad condicional. ...

MANUEL CASTELLS SOBRE LA BLASFEMIA

Autor: Guillermo Ruiz Zapatero Fecha: 02/12/2006 Coincidencia: 82,69%
... Manuel Castells publicó ayer una artículo en La Vanguardia titulado "Libertad de ofender" en el que literalmente afirma: "No es cierto que la libertad de expresión sea un derecho irrestricto. Y si la inmensa mayoría de los musulmanes cree sacrílego representar a Mahoma (algo discutible en su literalidad histórica), la reiterada publicación de viñetas ofensivas es, desde su punto de vista, una megablasfemia global practicada en nombre de la libertad de expresión". Por otra parte, para entender la regulación penal de las opiniones religiosas y de la libertad religiosa conviene tener en cuenta los siguientes artículos: "Artículo 522. Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o asistir a los mismos. 2. ...

cúbranse

Autor: Rafael Fontán Tirado Fecha: 01/01/1970 Coincidencia: 81,93%
... En cualquier caso, y respecto de algunas de las prendas mencionadas en el editorial, el criterio a tener en cuenta debiera ser más bien el ejercicio de la libertad religiosa. En mi opinión,en la sociedad actual en la que personas de múltiples culturas y que profesamos distintas religiones convivimos cada día,como nacionales de diferentes y, cada vez más, del mismo Estado,debe respetarse la libertad de todos a vestir, como emanación de la personalidad,de la individualidad,de la dignidad de la persona así como de la libertad ideológica o religiosa, de cualqui... Así que desgraciadamente, en este debate no sólo entran en conflicto la libertad religiosa y los usos sociales, sino la libertad y dignidad de la mujer, que deberá prevalecer frente a la libertad religiosa,( en tanto no sea conciliable), pues como vemos, el debate no se ha planteado respecto a la vestimenta de los hombres musulmanes.Aprovecho para saludar a mi antiguo profesor de penal Fon... ...
NIKABKIPASHAYLA
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