... Se le ha detectado una sustancia en su organismo que está prohibida por la normativa antidopaje en cualquier cantidad, por ínfima que sea, y que el propio cuerpo humano no genera de modo natural, por lo tanto comete una infracción. Dichas muestras fueron trasladadas para su análisis al laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) –German Sports University Cologne Laboratory for Doping Analysis Institute of Biochemistry– con sede en Colonia (Am Sportpark Mungersdorf 6 DE – 50933 Koln Germany). Así, el análisis efectuado por este laboratorio, según consta en el reporte de la analítica S2010003810-1 de fecha 19 de agosto de 2010, reveló un resultado adverso al evidenciarse la presencia de Clembuterol, sustancia que se encuentra incluida en el apartado S1.2 “Otros Agentes Anabolizantes” de la “Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos de la Agencia Mundial Antidopaje”, vi... ...
... Uno de los principios en los que se basa el Derecho Deportivo sancionador es el de responsabilidad objetiva, aquel por el que un atleta puede ser sancionado en el momento en el que se le encuentra en su organismo una sustancia prohibida por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). El órgano instructor o sancionador no tiene que probar cómo llegó allí la sustancia, si aumentó su rendimiento deportivo, o si había voluntad de doparse, sino que la carga de la prueba recae en el deportista, quien, según el Código Mundial Antidopaje, es absolutamente responsable de todo aquello que entre en su organismo. Como ha repetido Contador en varias ocasiones, el sistema antidopaje debe estar para sancionar a los culpables, y no para condenar a inocentes. Hasta que esto ocurra, el Código Mundial Antidopaje ya prevé la exculpación de deportistas que hayan ingerido inadvertidamente una sustancia prohibida. ...
... La UCI ha implantado el sistema desarrollado por la Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA) denominado sistema ADAMS (Anti-Doping Administration & Management System). Este sistema gestionado por la AMA es una base de datos mundial en la que los corredores deberán incluir junto a su lugar habitual de residencia, localidad, piso, teléfonos, su plan de vida diario, los lugares por los que entrena, los cambios de residencia, los viajes o cualquier tema familiar, por un periodo de tres meses. ...