... La segunda se produce en el supuesto en el que el causante restringe al fiduciario los poderes de disposición de tal forma que siempre los fideicomisarios deben recibir un mínimo caudal hereditario por expresa voluntad de aquel. También ha de entenderse que la contraprestación adquirida por el fiduciario al enajenar no se entiende que subroga al bien salido del patrimonio, sujeta por tanto a restitución, salvo voluntad contraria del testador (sentencia de 10 julio 1954) pues en caso contrario se trataría en realidad de una sustitución íntegra en cuanto a su valor económico y no "de residuo" ...
... La indemnización por fallecimiento del causante no puede ser entendida parte de la herencia de éste, pues dicha indemnización no ha pertenecido nunca al patrimonio del fallecido. En definitiva, se reitera que lo relevante a estos efectos es que el acto haya sido realizado con el propósito de heredar, destacándose que la decisión habrá de ser encontrada no tanto en el examen del acto en sí mismo considerado, sino en la función que, en concreto, se realice en el seno del patrimonio hereditario. La herencia se constituye, de este modo, en el objeto de la sucesión mortis causa y se identifica con el total patrimonio del difunto, debiendo, por tanto, tenerse en cuenta, para determinar la composición del caudal relicto o hereditario, el patrimonio del causante una vez abierta la sucesión. ...
... Esta persona, como titular de “su” patrimonio es, a la vez, -y precisamente por ello- titular de todos y de cada uno de los derechos que lo integran. Y esta aptitud o legitimación para extraer del patrimonio propio los bienes o derechos que lo integran, es lo que, creemos, se suele llamar poder de disposición. Y, de otro lado, la segunda ¿cómo puede explicarse que en el patrimonio de un sujeto haya derechos de los que este titular no pueda disponer? Lo que hace es obligarse a tal disposición para el momento en que, adquirido por la conjunción del título y el modo, haya ingresado en su patrimonio aquel derecho. Así ocurre, por ejemplo, cuando a ese derecho que sale del patrimonio se le señalan, además y de modo sucesivo, otros destinos patrimoniales. La consecuencia es que su salida de ese patrimonio tendrá lugar por otros cauces distintos, pero siempre ajenos a su voluntad de su titular. ...
... Aprobado el Reglamento general del Patrimonio de las Administraciones Públicas: síntesis de urgencia Tras cinco años y medio de aprobarse la Ley 33/3 de Patrimonio de las Administraciones Públicas se publica en el BOE el Reglamento general que lo desarrolla. Desarrolla la Ley 3/33 de 3 de Noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Deroga el viejo Decreto 3588/1964, de 5 de noviembre, que plasmaba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio del Estado de 1964. Se regula el procedimiento a seguir en los casos de patrimonio perteneciente a fallecidos sin herederos y sin testamento. PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO
- SE REGULA EL ACCESO AL INVENTARIO GENERAL DE BIENES Y DERECHOS. Asimismo la solicitud se dirigirá a la Dirección General de Patrimonio del Estado y sólo podrá tener por objeto datos numéricos o estadísticos (susceptibles de facilitarse de forma telemática), y debiendo indicarse la petición con precisión e indicar la finalidad. ...
... Por otra parte, el perjuicio por lo que se reclama no corresponde iure hereditatis [por derecho hereditario] a los demandantes, sino que debe entenderse que responde al daño moral o pretium doloris [valor del sufrimiento] padecido por el fallecimiento de un familiar. Efectos colater... ►
abril (7) Ascensor y Comunidad de Propietarios La Amnistía fiscal Asador Guadalmina: Episodio segundo El ‘restablecido’ Impuesto sobre el Patrimonio La condición resolutoria en las compraventas. ...
... Mientras no se defiera la herencia, se considerará en situación de herencia yacente, y su administración y representación se regirá por lo establecido en el capítulo siguiente.(artículo 133) Pendiente de ejecución la fiducia, la administración y representación del patrimonio hereditario corresponderá:
1. II.- LA FIDUCIA ARAGONESA EN LA NORMATIVA FISCAL
El artículo 54.8 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades contempla la fiducia aragonesa a efectos del Impuesto sobre Sucesiones en la forma siguiente: “la fiducia aragonesa, sin perjuicio de la liquidación que se gire a cargo del cónyuge sobreviviente, en cuanto al resto del caudal, se girarán otras, con carácter provisional, a carg... ...
... El problema es que ese reparto desigual de la propiedad de la empresa entre los herederos puede motivar, por el juego de la legítima de los hijos prevista en nuestro Código Civil, y en función de cual sea el total caudal relicto (los bienes que dejó el empresario a su fallecimiento), que los hijos que no reciban la empresa cobren por su haber hereditario menos de lo que legalmente les cor... Si en la herencia hay dinero efectivo u otros bienes suficientes distintos de la empresa, esa compensación podrá hacerse rápidamente equilibrándose la herencia a recibir por todos los coherederos; pero si la mayor parte de la herencia la constituye la propia empresa familiar y, por tanto, no hay patrimonio distinto de la empresa que sea suficiente para liquidar a los coherederos el import... ...
... Con la reforma de 1995 se separan los delitos contra la propiedad intelectual e industrial en un capítulo propio, el XI, dentro del Título XII, sobre los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. ...
... Pero mientras que en las sucesiones testada e intestada puede referirse a disposiciones sobre todo el activo hereditario, siempre a salvo de la inoficiosidad, en la sucesión contractual sólo puede disponer de bienes que se hayan “reservado para testar” - expresión que responde a la tradición histórica que no admitía la sucesión contractual y que actualmente habría que entender com... ...
... La pérdida de la vecindad civil vizcaína del causante y consiguiente aplicación a la sucesión del derecho común no impide el ejercicio por los legitimados de los derechos derivados del carácter troncal de determinados bienes del patrimonio hereditario. ...