... Pues bien, de conformidad con esta ley, tendrá derecho a la pensión de viudedad el sobreviviente de la pareja de hecho siempre que se cumplan los requisitos de alta y cotización del causante y otros específicos del beneficiario. Sin embargo, la pretendida equiparación en materia del derecho a la pensión de viudedad entre el matrimonio y las parejas de hecho dista de ser excesivamente modélica. Esta aproximación, siempre según el Tribunal, se ha efectuado acercándola lo más posible al matrimonio, si bien, dado que es imposible, se ha regulado la pensión de viudedad de una forma distinta para las parejas matrimoniales y las de hecho. El derecho a pensión de viudedad de las personas divorciadas o separadas judicialmente quedará condicionado, en todo caso, a que, siendo acreedoras de la pensión compensatoria a que se refiere el artículo 97 del Código Civil, ésta quedara extinguida por el fallecimiento del causante. ...
... B) El núcleo de la contradicción se encuentra en la interpretación que ha de darse al requisito, exigido por la Disposición Adicional Tercera de la Ley 40/07 para el derecho a la percepción de la pensión de viudedad, de que el causante y el beneficiario hubieran tenido hijos comunes. La demandante solicitó pensión de viudedad por fallecimiento del causante, acaecido el 20-12-06, manifestando que había mantenido una convivencia ininterrumpida de más de seis años anteriores a la muerte del mismo y que ambos se encontraban en tratamiento de fertilidad para tener hijos. D) El tenor literal del precepto no deja lugar a dudas acerca de que nos hallamos ante una serie de requisitos que con carácter acumulativo se exigen para el acceso a la pensión de viudedad, en el caso de fallecimientos anteriores a la entrada en vigor de la Ley, como es el caso de autos. ...
... ACCDeley El blog jurídico de la actualidad de ACC Abogados Inicio ACC Abogados Franquicia ACC Abogados Inicio > Familia > Las parejas de hecho percibirán pensión de viudedad si prueban haber convivido Las parejas de hecho percibirán pensión de viudedad si prueban haber convivido mayo 29, 2006 Enrique Catalina Esteban Deja un comentario Ir a los comentarios El Pais publica hoy un art... La única compensación por casarse es la pensión de viudedad, y ahora se la dan a quienes no corren los riesgos o contraen las obligaciones legales del matrimonio. Lo que no entiendo es por qué otros niños en sus mismas circunstancias se pueden aprobechar de la pensión de viudedad (ahora pienso en los gastos de univiersidad, por ejemplo) y yo tendré que hacer frente a estos gastos y a otros por ser pareja de hecho. Anonymous mayo 29, 2006 a las 9:35 pm | #3 Inicia sesión para responder | Cita Y la gente que vivimos solos y solteros a pagarles a todos la pensión de viudedad. ...
... Sentencia TEDH - No reconocimiento de pensión de viudedad a una persona casada por el rito gitano La señora María Luisa Muñoz Díaz, nacional española, domiciliada en Madrid y miembro de la comunidad gitana, en 1971 contrajo matrimonio por el rito gitano. M.L. Muñoz solicitó la pensión de viudedad, que le fue denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social , por entender este organismo que no había existido un matrimonio civilmente válido. En ella se afirma que la denegación de la pensión de viudedad por el hecho de no reconocer efectos civiles al matrimonio celebrado por el rito y tradición gitanos supone una violación del art. 14 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en relación con el art. 1 del Protocolo 1:
69. Enfin, la Cour ne saurait accepter la thèse du Gouvernement selon laquelle il aurait suffit à la requérante de se marier civilement pour obtenir la pension réclamée. ...
... El Gobierno aprueba la reforma que otorga derecho a pensión de viudedad a las parejas de hecho Noticia de El Mundo. Se estructura en ocho artículos y reformula la pensión de viudedad, prestación que no sufría una reforma desde 1978, para adaptarla a las nuevas situaciones familiares. Así, las parejas de hecho podrán tener acceso a esta pensión siempre y cuando acrediten al menos cinco años de convivencia o medien hijos comunes. ...
... La pension de Viudedad de un divorciado Febrero 7, 2011 11:02 am Jaime Sanz General , Juridico , Separaciones y divorcios Si usted está divorciado sólo tendrá derecho a pensión de viudedad si tiene derecho a pensión compensatoria, extinguiendo la pensión de viudedad a la pensión compensatoria. En el caso en que haya varios beneficiarios, la pensión de viudedad será proporcional al periodo de convivencia y como mínimo corresponderá un 40% al cónyuge superviviente. El reconocimiento del derecho a la pensión de viudedad corresponde al Instituto Nacional de Seguridad Social, excepto a los trabajadores del mar. En el caso de estar separado y no divorciado tendrás derecho a la pensión de viudedad sólo si tienes derecho a pensión compensatoria, y se extinguirá el derecho con nuevas nupcias o si te constituyen como pareja de hecho. ...
... El TC rechaza amparo a mujer casada por el rito gitano a la que se le denegó la pensión de viudedad La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha denegado el amparo a una mujer que contrajo matrimonio por el rito gitano y que reclamaba la pensión de viudedad. María Luisa Muñoz Díaz, madre de seis hijos, solicitó en 2001 la pensión de viudedad que le fue denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Según el Tribunal Constitucional, la exigencia legal del vínculo matrimonial para acceder a la pensión de viudedad “en ningún caso supone tomar como elemento referencial circunstancias raciales o étnicas”. No obstante, existe un voto particular que recuerda un caso anterior ( STC 199/2004 , suscriptores Bosch-online) resuelto por el mismo tribunal en el que sí se reconoció amparo a una demandante de pensión de viudedad de matrimonio no inscrito, y distingue la validez civil de matrimonio por el rito gitano de los efectos que aquí se discuten. ...
... Tal como está hoy día la legislación no perderías tu pensión de viudedad si vuelves a contraer matrimonio siempre que esa pensión sea tu única fuente de ingresos. ...
... Se ha generado un daño real y efectivo pues la actora vio frustrada la posibilidad de contraer matrimonio antes del fallecimiento de su pareja, lo que le impidió cobrar la pensión de viudedad que le hubiese correspondido en caso contrario. Sí considera como perjuicio indemnizable la posibilidad de percibir la pensión de viudedad a la que tendría derecho si hubiese podido contraer matrimonio antes de la muerte de su pareja, de no haberse producido el error registral. La recurrente habría percibido dicha pensión de viudedad desde la muerte de su pareja (el 29 de octubre de 2006) hasta el momento de su fallecimiento, que al ser una fecha incierta puede calcularse en base a la expectativa media razonable de vida de una mujer. Por otra parte la pensión de viudedad que le hubiese correspondido es el 52% de la pensión que percibía el fallecido D. Rosendo. ...
... En estos momentos en nuestro país existen miles de viudas y también viudos, pero menos, que tras la ruptura matrimonial en vida de los cónyuges y sin haber establecido pensión compensatoria, bien por así acordarlo o bien por resolución judicial, al fallecer el causante se les veta a la viuda o viudo la prestación económica porque la compensatoria no había existido. Esto que está interpretando la Seguridad Social de una manera restrictiva y perjudicial para personas económicamente débiles es de suma gravedad, pues con la interpretación a todas luces injusta que está resolviendo, viene indirectamente a preparar la argucia o la picaresca de otros que, aún cuando no perciben pensión compensatoria en su separación judicial, la están estableciendo pa... ...