... La patria potestad puede ser definida como aquel conjunto de derechos y deberes que cada progenitor ostenta en relación con sus hijos menores de edad y no emancipados – incluyendo los mayores de edad en determinadas circunstancias -, y tiene por objeto su cuidado, desarrollo y educación integral y comprende la guarda, representación y administración de sus bienes. En estos casos, en los que no existe voluntad unitaria de los progenitores por la adopción de la custodia compartida, y es solicitada por uno de ellos – mayoritariamente el padre -, a la hora de decidir que progenitor debe ostentar la guarda y custodia – como hemos señalado más arriba -, rige el principio del beneficio del menor. ...
... Y en el caso que nos ocupa uno de los padres de cada una de las víctimas ha fallecido, en cuyo caso no se establece de forma expresa que la indemnización se reduzca al 50% para el progenitor superviviente. Desde el punto de vista lógico-jurídico (art. 3.2 CC ) no tendría sentido que percibiera mayor indemnización un solo hermano que el progenitor supérstite. El principio de individualización de la indemnización o indemnización por cabezas apoya, sin duda, la solución favorable a la asignación de la mitad de la indemnización al progenitor único. Si se admite esta interpretación no se produce, en contra de lo que suele decirse, un acrecimiento en el caso de subsistencia de un solo progenitor. En consecuencia, el principio de indemnización total por categorías apoya la solución favorable a la asignación del total de la indemnización al progenitor único. ...
... Existe una creencia social errónea sobre el poder de decisión que tiene el progenitor custodio sobre los hijos, que tener la custodia significa tener un poder de decisión superior o absoluto sobre el menor, privando al otro progenitor del derecho a decidir sobre el menor. La custodia NO ES un STATUS DE PRIVILEGIO de un progenitor frente al otro. Nos guiaremos aquí por el artículo 139 del Codi de Familia de Catalunya que nos dice que es necesario el consentimiento expreso o tácito del otro progenitor para decidir el tipo de enseñanza, para variar el domicilio del menor de forma que se le aparte de su entorno habitual y para disponer de su patrimonio más allá de lo necesario para atender a sus necesidades ordinarias. Se entenderá tácitamente otorgado el consentimiento si ha transcurrido el plazo de 30 días desde la notificación que se realice con la finalidad de obtenerlo sin que el progenitor no manifieste su desacuerdo, tal y como establece el art. 138 del mismo Codi. ...
... ACCDeley El blog jurídico de la actualidad de ACC Abogados Inicio ACC Abogados Franquicia ACC Abogados Inicio > Abogados , Civil , Estado social , Familia , Ley , Sentencia > Indemnización por daño moral al progenitor que se le impidió el ejercicio de la guarda y custodia. Indemnización por daño moral al progenitor que se le impidió el ejercicio de la guarda y custodia. octubre 9, 2009 Enrique Catalina Esteban Deja un comentario Ir a los comentarios El Tribunal Supremo estima el derecho a ser indemnizado por daño moral al padre a quien la madre ha impedido la relación personal con el hijo. ...
... El rincón del progenitor y la progenitora. 3. ...
... El artículo 12 del Reglamento nº 1612/68 debe interpretarse, en las circunstancias del presente asunto, en el sentido de que faculta al progenitor que tiene la custodia efectiva de los hijos de que se trata, con independencia de su nacionalidad, a residir con ellos para facilitar el ejercicio de ese derecho. 2) El derecho de residencia de dicho progenitor no está supeditado a que éste disponga de recursos suficientes o de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos.
3) El derecho de residencia de dicho progenitor no está supeditado a que éste ejerciera una actividad como trabajador migrante en el Estado miembro de acogida en el momento en que el hijo inició su formación escolar. ...
... Sin embargo el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor, o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio. Si bien no existe regulación donde se especifique para qué actos se precisa el consentimiento de ambos progenitores, por considerarse que es una materia de patria potestad, sí podemos afirmar que la jurisprudencia, ha terminado señalando para cuáles de ellos se exige el consentimiento mutuo y no se tendrá por válida si la decisión se ha tomado por un solo progenitor. ...
... En esta línea, dos últimos apuntes, que tienen un ámbito meramente sociológico: la progresiva veteranía del progenitor, tanto varón como hembra, casi un 79% entre 31 y 50 años; y las nuevas uniones matrimoniales o de hecho homosexuales, que suponen un nuevo punto de vista respecto a los regímenes económicos-matrimoniales y a los legitimarios. En todo este batiburrillo de nueva clasificación de familias no es extraño encontrar el llamado “síndrome de alienación parental”, es decir, el rechazo a un progenitor que el otro fomenta en el hijo común. De pasada, podríamos plantearnos si los hijos del otro cónyuge que han convivido muchos años con el cónyuge de su progenitor o progenitora, tendrían derecho a la legítima. ...
... El día del cumpleaños de cada menor, el progenitor que este en su compañía estará con el mismo hasta las 14.00 horas, y el otro progenitor lo tendrá en su compañía hasta las 20.00 horas. ...
... Ahora en cambio, no solo son posibles múltiples interpretaciones jurídicas, sino que el progenitor antes de tomar una actitud hacia su hijo, bien por acción (reprenderle, exigirle que orden su habitación o haga la cama, jugar con él al baloncesto, etc) o bien por omisión (dejar de darle la paga semanal, no llevarle en coche a un partido de fútbol, no comprarle el último videojuego o n... Por un lado, el que todo progenitor es una maravilla de la templanza y persuasión en situaciones de rebeldía crítica (una mezcla de sacerdote, pediatra, abogado y psicólogo). Parece que el legislador español, al igual que por comprar un dispositivo digital presume que se harán copias ilegales, considera que al dar un cachete presume que su progenitor desea dañar la integridad física y psicológica de su hijo (conclusión absurda y que parece condenar retroactivamente por bárbaros a varias generaciones de padres). ...