... La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo , en sentencia de 16 de enero de 2009 , ha estimado vulnerados los derechos a la intimidad y a la propia imagen por la grabación con cámara oculta de la imagen y voz de una persona. ...
... Ex Secretario de Cámara de la Propiedad Urbana viernes, 23 de diciembre de 2011 El derecho a la propia imagen En la Constitución española, art. 18.1, se declara: Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Por ello, la norma constitucional señalada como infringida no puede haberlo sido, ya que el derecho que se dice lesionado no sería el constitucional a la propia imagen a que la misma se refiere. RESPONSABILIDAD DEL BANCO EN DOCUMENTO FALSO LOS FICHEROS DE MOROSOS ASNEF, RAI ETC. (2) La reimplantada deducción por adquisición de vivie... ▼ 2011 (95) ▼ diciembre (5) El derecho a la propia imagen Las nuevas tecnologías y los Tribunales El usufructo y la duración de los arrendamientos La extinción del contrato de agencia mercantil. ...
... Por otra parte, el derecho a la propia imagen tiene una naturaleza o dimensión patrimonial, en el sentido de admitirse pacíficamente la posibilidad de comercializar con la propia imagen, entendiéndola como un valor puramente económico, en diferente medida según la transcendencia social de la persona. El contenido del derecho a la propia imagen se diluye sobre dos aspectos fundamentales. Este derecho a la propia imagen es fruto de la labor providencial de la jurisprudencia europea y americana de finales del siglo pasado. En esencia, el derecho a la propia imagen implica la facultad exclusiva del interesado a difundir o publicar su propia imagen y, por tanto, su derecho a evitar su reproducción. Prevalece así el derecho a la información sobre el individual a la propia imagen del actor-recurrente Ahora bien, debemos de tener en cuenta que el derecho a la propia imagen no se extingue con el fallecimiento. ...
... Su doctrina ha sido corregida por la propia Sala Tercera del Tribunal Supremo en sentencia de 12 de febrero de 1999. Siendo la explotación de la imagen muy importante para 'R., S.A.', no es la principal causa de los contratos. La imagen 'R., S.A.' puede exhibirse y promoverse de otras maneras. Además la recurrente ha estado pagando importantes cantidades por tal imagen al recurrido. La propia jurisprudencia citada como infringida por la recurrente da por tierra con su pretensión de revisión fáctica por la vía del art. 1692.4º LEC de 1881 La propia recurrente confiesa sus fines al invocar un inexistente error de derecho en la apreciación de la prueba. ...
... Technorati Tags: Derecho Constitucional , Derecho a la propia imagen , Personaje público , Consentimiento , Tribunal Supremo , España , Sala de lo Civil Share this: StumbleUpon Digg Reddit Me gusta: Me gusta Sé el primero en decir que te gusta esta post. Escrito por CJ 24/06/2009 a 3:00 PM
Escrito en Derecho al honor a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen , Derecho Constitucional Etiquetado con Consentimiento , Derecho a la propia imagen , Derecho Constitucional , España , Personaje público , Sala de lo Civil , Tribunal Supremo « Normativa bancaria: ¿por qué han fallado los controladores? Se puede captar, reproducir y publicar la imagen de estas personas por cualquier medio, siempre que se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. IDR=6 , clicando en el artículo denominado “El derecho a la propia imagen de los personajes públicos. ...
... Si bien, sí hay un derecho que podemos decir que “se ve afectado” por el hecho de que una persona sea famosa: nos referimos al derecho a la propia imagen. Es decir, es el derecho a que nadie pueda reproducir ni publicar nuestra imagen física por ningún medio salvo autorización por nuestra parte o excepción legal. Pues bien, estas personas, al no ser conocidas tienen su derecho a la propia imagen intacto y, por tanto, deben autorizar expresamente cualquier publicación de sus fotografías. Esta entrada fue publicada
el Lunes, 14 de febrero de 2011 a las 8:05 y está archivada como propia imagen , protección de datos Puedes dejar una respuesta , o trackback desde tu propio sitio.
6 respuestas a “De famosos y anónimos en la Red” Tweets that mention De famosos y anónimos en la Red – El derecho a la propia imagen en Internet | Abonauta -- Topsy.com dice:
febrero 14th, 2011 at 10:36 ...
... El litigio versa sobre si la revista ha vulnerado el derecho a la propia imagen y la clave está en la interpretación del artículo 8, apartado a) de la Ley Orgánica 1/982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. La tensión se da entre el derecho a la vida privada y a la propia imagen de la tal modelo y la notoriedad pública de la misma, derivada de su profesión. No olvidemos, además, que lo que se está dirimiendo no es un tema de derecho a la intimidad, sino de derecho a la propia imagen. ¿Renuncia al dominio sobre su imagen propia la mujer que, según el uso social, se muestra en la playa sin la parte superior del biquini? La cuestión litigiosa se centra principalmente en la determinación de si los hechos en que se basa la demanda son constitutivos o no de una vulneración de los derechos a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio. ...
... LFPINAR@ICAMUR.ORG lunes 12 de octubre de 2009 EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN EN CONTRAPOSICIÓN CON SU DIFUSIÓN EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. En este fenómeno tan extendido no puede evadirse el derecho a la propia imagen de la persona. En tales supuestos la colisión de intereses se resuelve a favor de la persona pública cuyo derecho a la propia imagen es de naturaleza personalísima y de los de tipo moral. Pero estos derechos, y en especial el último (libertad de información) no prevalecen cuando se produce una intromisión ilegítima del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Así el art. 20,4 de la C.E. adopta esta postura prevalente de los derechos morales cuando señala que tales libertades tienen su límite en el respeto a derechos reconocidos en este Título... y especialmente en el derecho al honor, a la intimidad (la propia imagen) y la protección de la juventud y de la infancia». EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN EN CONTRAPOSICIÓN CO... ...
... De los temas que teníamos pensado tratar, sólo nos dio tiempo a charlar sobre la libertad de expresión y los límites de ésta con los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen (entre otros). Por tanto, este art. 20.4 CE dispone que el respeto a los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen constituya un límite al ejercicio de las Libertades de Expresión que el propio precepto reconoce y protege con el mismo carácter de fundamentales. El desarrollo de estos derechos de respeto al honor, a la intimidad y a la propia imagen se desarrolló mediante Ley Orgánica 1/1982, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Otro ejemplo que supone un límite a este derecho pudiera ser, junto al ya mencionado derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, el de la protección de datos personales. ...
... Una de las materias en las que presta sus servicios a sus clientes es en el ámbito de Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Conforme al artículo 18.1 de la Constitución, los Derechos al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen tienen el rango de fundamentales, y hasta tal punto aparecen realzados en el texto constitucional que el artículo 20.4, dispone que el respeto de tales derechos constituya un límite al ejercicio de las Libertades de Expresión que el propio precepto reconoce y prote... 6º) La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga.
7º) La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. ...