... Sentencia tarjetas SIMO SENTENCIA
Madrid, a diecisiete de mayo de dos mil siete. SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho qué consideró aplicables, postuló una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto en todos sus extremos. SEGUNDO: D. Juan Francisco , con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , 28005 Madrid, figura como titular de la línea de telefonía móvil XXXXXXXXXXXX contratada con Telefónica Móviles de España, S.A..
TERCERO: En fecha 23 de noviembre de 2003D. Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos mandamos y fallamos. PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia en audiencia pública. ...
... Si el cambio de referencia publicado en la fecha de observación ha sido igual o superior a la barrera, el cambio de acumulación semanal será el cambio de compra asegurado. TERCERO.- Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, en fecha 17.02.09 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose y turnándose la Ponencia. Mediante providencia de fecha 12.6.08 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 31 de marzo de 2009. La barrera se fija en el 1,339 en el doc. nº 3, pero desconocemos cual es el cambio de compra asegurado y como se realiza el cambio en la fecha de observación. Con certificación de esta sentencia remítanse los autos originales al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución. Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. ...
... Nº de Sentencia: 560/2009
Nº de Recurso: 50/2005
Jurisdicción: CIVIL
LA LEY 138020/2009
PROPIEDAD HORIZONTAL. Dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto, con imposición de costas a la parte recurrente". A) Identidad sustancial de contenidos entre lo declarado en la sentencia recurrida y las SSTS que cita. FALLAMOS
Que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DE LA CALLE000 NÚMEROS NUM000 - NUM001 DE VALENCIA" contra la sentencia dictada por la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Valencia en fecha de veinte de octubre de dos mil cuatro Comuníquese esta sentencia a la referida Audiencia con devolución de los autos y rollo en su día remitidos. PUBLICACIÓN.-
Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. ...
... INSCRIPCIÓN DE SENTENCIA DECLARATIVA EN RELACIÓN A QUIEBRA PRECEDENTE DEL TITULAR REGISTRAL. C).- Una Sentencia declarativa no es título inscribible, sino que lo será el acto o negocio cuya existencia y validez se haya apreciado en la misma para declararlo. Se debate en este recurso la procedencia o no de inscribir una Sentencia declarativa de dominio dictada en procedimiento seguido contra los herederos ciertos de la titular registral y otras personas interesadas, algunos de los cuales se allanan y otros son declarados en rebeldía. Ello supone que el defecto ahora confirmado será fácilmente subsanable mediante la acreditación de la fecha de la citada resolución judicial firme, que –dada la antigüedad de la anotación preventiva– presumiblemente tendrá más de seis meses. IMPROCEDENCIA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA Y DE INSCRIPCIÓN DE SENTENCIA SOBRE FINCA YA INSCRITA A NOMBRE DE TERCERO. ...
... Al análisis de esta cuestión y al estudio de la citada Sentencia dedicamos este artículo. Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 5/1993, de 14 de Enero y Sentencias 84/92 y 262/93, de 20 Julio, del Tribunal Constitucional). La polémica nace cuando la aseguradora no paga o consigna transcurridos dos años desde la fecha del accidente. La sentencia dictada en apelación revocó parcialmente la sentencia de instancia, en términos análogos a lo declarado por esta última, al margen de otras consideraciones. Si la entidad aseguradora se demora en el pago, al menos, dos años, desde la fecha del accidente, el cálculo del devengo de los intereses moratorios será el de incrementar el 50 por ciento al tipo de interés legal del dinero, computándose desde la fecha del accidente. Será término inicial del cómputo de dichos intereses la fecha del siniestro. ...
... LOS ARTÍCULOS 72 Y 73 DE LA LEY PROCESAL 29/1998:
- REGULACIÓN VIGENTE:
- EFICACIA RETROACTIVA DE LA SENTENCIA:
1º) Excepción a la regla general.
2º) Requisitos
VIII.- CONSECUENCIAS DE LA DEROGACIÓN DEL DECRETO AUTONÓMICO 258/1997, POR UNA HIPOTÉTICA SENTENCIA DEL TS:
1º) Introducción.
2º) EL recurso indirecto.
3º) La STSJA de fecha 25-09-2002, núm. 908/2002. Es necesario que esté pendiente de sentencia el proceso cuyo objeto es la conformidad a Derecho de un acto que aplicó la disposición declarada nula. El Fundamento Jurídico 10 de la Sentencia del Tribunal Constitucional 185/95 dice expresamente, en referencia a su ámbito de aplicación, que C.E.) todas aquellas que hubieran sido consentidas a la fecha de publicación de esta sentencia". EFICACIA RETROACTIVA DE LA SENTENCIA:
1º) Excepción a la regla general. LAS OFICINAS DE FARMACIA NO ESTAN SUJETAS A LA LEY... ►
marzo 2012 (3) SENTENCIA DEL TS DE 9 DE FEBRERO DE 2012 QUE CONDE... ...
... Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Seccin 2ª, Sentencia de 23 Oct. 2008, rec. 8912/2004
Ponente: Fras Ponce, Emilio. CUARTO.- El Abogado del Estado formaliz, con fecha 16 de enero de 2006, escrito de oposicin al recurso de casacin interesando sentencia desestimatoria. QUINTO.- Por providencia de 22 de julio de 2008, se seal para votacin y fallo el 15 de octubre de 2008, en cuya fecha tuvo lugar el referido acto. Decamos en dicha sentencia que 'El art. 8.1.c) de la Directiva 92/81/CEE obliga a los Estados miembros a eximir del Impuesto sobre Hidrocarburos a los carburantes empleados en la navegacin distinta de la privada de recreo. FALLAMOS PRIMERO.- Estimar el recurso de casacin interpuesto por la Compaa Repsol y PF Lubricantes y Especialidades, S.A., contra la sentencia de fecha 5 de julio de 2004, dictada por la Seccin Sptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional , sentencia que se casa y anula. ...
... Consta Resolución de la DGAIA de fecha 15.1.2001 por la que se acuerda disponer el ingreso de Javier en el Centro de acogimiento de «Els Llimoners». En fecha de 13.8.2001, vuelve a llamar el padre, Sr. Fernando, solicitando visita al centro, que se acuerda para el 24.8.2001. La decisión de suspensión de visitas se notifica a los padres en fecha de 10.10.2001 formalmente en fecha de 10.10.2001, en el centro REMAR en el que están ingresados. Por parte del Centro de desintoxicación REMAR se realiza informe en fecha de 5.9.2001 y es recibido por DGAM en fecha de 18.9.2001, indicando oficialmente el ingreso de los padres en los diversos centros de desintoxicación, y, que la evolución es buena pero el proceso es lento. Lo que en la sentencia que comentamos se resuelve es la demanda que los padres presentan para reclamar una indemnización por el daño sufrido al verse, así, privados de un hijo. Ah, pero ésa es otra gracia de la sentencia. ...
... Por último,el pasado 23 de febrero, aunque lleva fecha de 29 de diciembre de 2006 y con salida de Tribunal de fecha 30 de enero de 2007, recibimos una nueva sentencia favorable y totalmente en contra de la revocación de NIF de una de las sociedades antiguas de nuestra propiedad; en esta ocasión de Alicante. ...
... CUARTO.- El motivo ha de ser estimado, pues con toda claridad dispone el artículo 42.3.a) de la Ley 30/1992 , tras la redacción dada por la Ley 4/1999 , que el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa se contará, en los procedimientos iniciados de oficio, “desde la fecha del acuerdo de iniciación”. En este sentido la clásica Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 28 de Noviembre de 1997 diferenciaba la distinta regulación legal de la “vía administrativa” y la “vía de recurso administrativo” con lo que la caducidad únicamente se regula y predica de aquélla y no de ésta. La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de Octubre de 2005 (rec.68/2004) inadmite un recurso en interés de ley por considerar que ya existe doctrina legal en el sentido de que las demoras en el plazo de resolución de recursos administrativos no provocan caducidad ni prescripción. ...