... Comunicación y aceptación expresa del trabajador: 90%
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA AUSENCIA, BAJA VOLUNTARIA O DESPIDO DE UN TRABAJADOR
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... SENTENCIA CONDENA EMPRESA AMIANTO La empresa “Valeo España, S.A.” deberá indemnizar con 493.000 euros a un trabajador que contrajo un cáncer de pulmón al estar en contacto con el amianto que se utilizaba en sus instalaciones hasta el año 1992 en la fabricación de embragues, según la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia... El tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Joaquín Ángel de Domingo, ha desestimado la petición hecha por “Valeo España, S.A.”, que pretendía que la suma a pagar al trabajador se redujera en un veinte por ciento al considerar que había contribuido al nacimiento del cáncer por ser fumador. Según la Sala, la empresa no adoptó las medidas protectoras legalmente establecidas, y en el año 2006 le fue detectado a este trabajador un cáncer de pulmón, del que fue intervenido en marzo de ese año, con sometimiento posterior a quimioterapia. ...
... Tanto el Estatuto de los Trabajadores como el Estatuto del Trabajador Autónomo, establecen la mayoría de edad laboral a los 16 años, previo consentimiento de padres o tutores si no existe emancipación. A los efectos previstos anteriormente, se computarán todas las jornadas reales efectuadas por el trabajador en el periodo indicado, incluidas las prestadas en un mismo día para distintos empresarios. La previsión de este apartado resulta plausible, puesto que, durante los periodos de inactividad la responsabilidad del ingreso de la cotización recae directamente sobre la persona del trabajador. Tipos de cotización:
Para la cotización por contingencias comunes, el 4,70% a cargo del trabajador. Para la cotización por Formación Profesional, el 0,18%, siendo el 0,15% a cargo del empresario y el 0,03% a cargo del trabajador. ...
... Cuando el trabajador anunció su voluntad de causar baja voluntaria y de empezar a trabajar en otra empresa competidora, su anterior empresa le demandó reclamando la indemnización establecida en la cláusula penal transcrita. Recurrida en suplicación, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estimó parcialmente el recurso y condenó al trabajador a pagar la cantidad que había percibido como compensación por la prohibición de no competencia. No accedió el Tribunal a imponer la indemnización por el doble de lo percibido, por considerar que esa cláusula no era válida por implicar una renuncia anticipada de derechos indisponibles del trabajador. El Tribunal Supremo termina condenando al pago del doble de la cantidad que el trabajador había recibido en concepto de pacto de no concurrencia. ...
... Para el cálculo de la retribución correspondiente a los trabajos realizados en el extranjero, deberán tomarse en consideración los días que efectivamente el trabajador ha estado desplazado en el extranjero, así como las retribuciones específicas correspondientes a los servicios prestados en el extranjero.Para el cálculo del importe de los rendimientos devengados cada día por los trab... Como es doctrina reiterada de este Centro Directivo, la aplicación de la exención requiere que el destinatario o beneficiario del trabajo prestado por el trabajador desplazado desde España deba ser una empresa o entidad no residente, o un establecimiento permanente en el extranjero.Es decir, la norma se refiere básicamente a los supuestos de trabajadores en el marco de una prestación de ... ...
... Los déficits del sistema, compensador de la desigualdad originaria entre trabajador y empresario, imprescindible en todo Estado social y democrático de Derecho para promover el desarrollo de la libertad e igualdad de los ciudadanos, sus corruptelas o la perversión del modelo sindical y sus defectos, como sucede en otros sectores, no pueden utilizarse para invalidar el sistema mismo, sino q... ...
... skip to main | skip to sidebar POR DERECHO Comentarios libres y noticias subrayables. Lo que no cabe en los periódicos. domingo, 25 de marzo de 2012 ¿QUIEREN DE VERDAD REDUCIR EL GASTO PÚBLICO? ¿QUIEREN DE VERDAD REEEMPLAZAR EL “ESTADO DE PARTIDOS” POR UN LIMPIO ESTADO DE DERECHO? ("Lo dudo, lo dudo, lo dudo..." Trío Los Panchos) Este post y el anterior quizá marquen el periodo de tiempo más largo entre nuevos textos en la pequeña historia de POR DERECHO , este blog que cumplirá tres años dentro de un par de meses. En el tiempo transcurrido desde el 12 de marzo de 2012 hasta hoy, no han faltado noticias dignas de comentario, como las que aquí salen a relucir habitualmente. Lo que ha faltado -me ha faltado- es ocasión medianamente tranquila para escribir, sin incurrir en repeticiones. Curiosamente, no se ha producido una importante disminución de visitas, pese a que -lo comprendo- a los lectores habituales les podía desanimar no encontrarse con un nuevo ...
... Ha habido ya, lógicamente, una amplia gama de sentencias, de diferentes tribunales e instancias, que han analizado el uso y abuso de los ordenadores por parte del trabajador en el ámbito de la empresa, sin que de las mismas se pudiera extraer una conclusión clara que guiara el día a día empresarial en referencia a este hecho. El artículo 18 del E.T. establece que sólo podrán efectuarse registros sobre la persona, efectos personales y taquillas del trabajador cuando sean necesarios para la salvaguarda del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores, respetando su dignidad e intimidad y siendo necesario que sea dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo y siempre en presencia de un representan... ...
... La noticia que ha salido en la prensa, sin embargo, habla del acceso al correo electrónico , pero en el auto en cuestión no se dice nada respecto al acceso al correo electrónico, sino exclusivamente al ordenador del trabajador, lo cual es bastante diferente. La resolución judicial sería muy novedosa en ese caso, puesto que sin consentimiento del empleado, o sin haber establecido previamente las condiciones de utilización y control del correo electrónico profesional, no se puede acceder al correo electrónico del trabajador. En su realización se respetará al máximo la dignidad e intimidad del trabajador y se contará con la asistencia de un representante legal de los trabajadores o, en su ausencia del centro de trabajo, de otro trabajador de la empresa, siempre que ello fuera posible". Así pues, el empresario puede acceder sin problemas al ordenador del trabajador en ejercicio del mencionado poder de control. ...
... Tiene de positivo el destacar la idea de servicio, algo abandonada hoy y sustituida por la idea del cliente administrativo, que no pone en peligro el concepto de trabajador que a otros interesa. ...