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DESISTIMIENTO DEL INQUILINO

Autor: Pedro Hernández Olmo Fecha: 12/03/2008 Coincidencia: 83,56%
... En cuanto a la fianza hay que considerar que su finalidad, en principio, no es el compensarla con el pago de rentas pendientes al extinguirse el contrato, sino que se trata de una suma depositada en concepto de garantía para que el arrendador pueda resarcirse de los daños y perjuicios que el arrendatario puede haber causado en el inmueble arrendado y que excedan del normal deterioro por uso. La fianza actual depositada es de 2 meses. La fianza actual depositada es de 2 meses. La suma del aval es de la cantidad del alquiler por un año y de un plazo indefinido. A Javier: Sin ver el contrato parece que se trata de un arrendamiento un poco sui generis 5 de enero de 2010 13:20 mms dijo... El contrato solo tiene la firma ambas partes y el fiador, ahora bien puedo exigirle el cumplimiento de la totalidad de la suma del contrato o alguna parte? ...

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