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Uso privado

LA COMPENSACION EQUITATIVA POR COPIA DIGITAL PRIVADA ESTABLECIDA EN LA LEY 23/2006 DE MODIFICACION DEL TR DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL (y III)

Autor: Guillermo Ruiz Zapatero Fecha: 05/03/2007 Coincidencia: 87,68%
... El artículo 31.2 TRLPI se refiere a la copia digital privada obtenida “por una persona física para su uso privado”. En el otro, de derechos devengados en relaciones de derecho privado vía precios. J) Reproducciones de uso no privado y reproducciones especiales. Esta asignación pone de manifiesto que ello obligaría a constituir alguna entidad de gestión de los derechos de las licencias “creative commons”, cuando los autores habrían decidido, precisamente, seguir un sistema en el que excluyen que cualquier copia digital para uso privado pueda generar un derecho de prestación pública legalmente establecido. En definitiva, parece que aquí la libertad no es divisible y solo cabe o una solución coercitiva que establece públicamente una renta de monopolio, o una solución respetuosa con la libertad cultural y con el derecho de los consumidores a conductas que no trascienden, ni pueden por definición trascender, el ámbito de su uso privado. ...

La cultura libre en el derecho continental (versión 1.1)

Autor: Pedro J. Canut Zazurca Fecha: Coincidencia: 87,68%
... Uso privado del copista (no colectivo ni lucrativo). Respecto a los segundos serán de aplicación la Directiva 2.001/29/CE y la Directiva 2004/48/CE (que protege los usos ilícitos para uso comercial). 2ª.- En lo que se refiere a los usos no comerciales, la Directiva 2.001/29/CE establece un tratamiento similar a la norma española de 1.996 (LPI); y en concreto establece, entre los límites del autor al derecho de reproducción la copia priva... Gatmorgan: 27/7/2005 a las 9:53 pm Dos detalles: - “Uso privado de invidentes? Concretamente en el supuesto 2, que prevé el uso privado del copista (no colectivo ni lucrativo). La licencia Creative Commons es un permiso que el autor de cualquier página web (weblog, foro, portal, etc) concede para que otros puedan hacer uso de los contenidos. Hace ya meses que en CNet se preocupaban de la legalidad de copiar DVDs para uso privado. ...
DOCTOROVMUOVECORY

Descargar o no descargar, ésa es la cuestión

Autor: Victor Salgado Fecha: Coincidencia: 87,68%
... Pues, en pocas palabras, que cualquier persona podía hacer una copia para uso privado (es decir, no comercial ni colectivo) de cualquier obra audiovisual ya distribuida en el mercado. ¡Y ello sin permiso del autor! “¡Pero cómo!” – me diréis – “¿Copia legal y gratis? ¿No es pirateo? Juan dice: octubre 14th, 2009 at 8:38 Esto no es del todo cierto, ya que lo ilegal en sí no es descargarse las películas, porque si nos amparamos a la legislación vigente, efectivamente copiar contenido ya divulgado para uso privado es legal. El problema radica en que hagas copias y las ‘cuelgues’ en internet para su distribución y que otros se benficien de estas copias ‘para uso privado’ ahí está el problema real, en hacer copias y distribuirlas. ...

Creación, mercado, cambio tecnológico y Derecho

Autor: Andrés Boix Palop Fecha: 12/11/2009 Coincidencia: 87,68%
... Se trata de un análisis sobre la cuestión desde una perspectiva de Derecho privado que, a mi juicio, es bastante sensata y razonable. Una reflexión que orientamos, tratando de completar los muy pertinentes recordatorios de Yzquierdo Tolsada en materia de Derecho privado a que nos hemos referido antes, situándonos voluntariamente en un momento anterior, el referido a la intervención pública previa a que el juego privado y la dinámica de mercado pueda darse. Con independencia de la corrección o incorrección de esta opción del legislador, cuestionable en la medida en que permite, a partir de cierto punto, la apropiación en beneficio privado de ciertos bienes decantados colectivamente, es evidente que ello tiene sus ventajas para ordenar el tráfico jurídico. ...

USO DEL ORDENADOR DE LA EMPRESA PARA FINES PRIVADOS

Autor: Guillermo Díaz Bermejo Fecha: Coincidencia: 87,68%
... USO DEL ORDENADOR DE LA EMPRESA PARA FINES PRIVADOS En Octubre del 2008 escribí un post en el que hablaba de la necesidad de que las empresas establecieran normas de conducta o reglas de uso de los ordenadores que ponían a disposición de los trabajadores. Se declaraba en definitiva la ilicitud de la prueba, al no existir una advertencia previa sobre el uso y control del sistema informático. Se quejan continuadamente de las pérdidas de tiempo que generan las navegaciones por internet para uso privado, o el contínuo intercambio de correos electrónicos pasándose archivos entre amigos. Pero en la práctica ¿sirven de algo estas reglas de uso?. Sencillamente se limita a decir que este incumplimiento del trabajador es merecedor sólo de una infracción leve. ¿para qué sirven entonces las normas de uso? ¿son papel mojado?. Y navegar por internet en uso privado ¿no es bajar en el rendimiento debido de trabajo?. ...

De nuevo sobre “AdWords": la sentencia Interflora

Autor: Pedro de Miguel Asensio Fecha: Coincidencia: 87,68%
... Del mismo modo, el titular de la citada marca no puede invocar válidamente el hecho de que ese uso lleve a algunos consumidores a desviarse de los productos o servicios que lleven dicha marca”. Por ello, la parte final de la sentencia se centra en valorar en qué medida el uso de la marca en un servicio como “AdWords” puede dar lugar a alguno de esos tipos de infracciones. Foro español de Derecho internacional privado VI Seminario de Derecho internacional privado: pro... ►  enero (3) Megaupload y sus implicaciones internacionales Un par de apuntes sobre el Reglamento de la llamad... VI Seminario de Derecho internacional privado de l... Presentación de los Principios CLIP ►  octubre (6) Difamación en Internet: ¿Dónde demandar? Publicada la nueva edición de Derecho Privado de I... El derecho a la vida privada y familiar como funda... ►  abril (5) Datos personales e intercambio de archivos: las co... ...

Lo que queda de algunos derechos (y lo que ganan otros). Análisis crítico de dos sentencias del TS

Autor: Juan Antonio García Amado Fecha: Coincidencia: 87,68%
... Ahora bien, que exista el uso social de que muchas mujeres tomen en la playa el sol en top-less no implica que concurra el uso social de que sus fotos en tal ocasión aparezcan en los medios de comunicación. No olvidemos, además, que lo que se está dirimiendo no es un tema de derecho a la intimidad, sino de derecho a la propia imagen. ¿Renuncia al dominio sobre su imagen propia la mujer que, según el uso social, se muestra en la playa sin la parte superior del biquini? ALEMANIA), en la cual se ha sentado lo siguiente: "El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha concluido en tales casos que el uso de determinados términos para calificar la vida privada de una persona no podía justificarse en el interés público y que por tanto no se había vulnerado el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. ...

Últimas resoluciones de la DGRN en materia Civil

Autor: Ulpilex Fecha: Coincidencia: 87,07%
... Debe partirse de las siguientes actuaciones: se presenta demanda de elevación a público de documento privado, de la que se toma anotación preventiva, la cual se prorroga antes de la L.E.C. de 2.000. La Registradora exige dicho seguro ya que entiende que no se trata de una única vivienda autoconstruida para uso propio. También el uso corresponde a todos los comuneros (cfr. artículo 394 del Código Civil). Con el número siguientes de protocolo, cada hijo declara la terminación de su vivienda de forma individual, que manifiesta destina a uso propio. Se deniega la inscripción de una escritura de obra nueva y cambio de uso de un local comercial a vivienda. En el contrato privado se declaró recibido en el momento de su firma parte del precio, quedando aplazado el resto, que se confiesa recibido en la escritura de elevación a público. ...

Las 10 aclaraciones de la campaña del Ministerio de Cultura

Autor: Javier Prenafeta Fecha: 12/02/2008 Coincidencia: 87,07%
... Es a ellas a las que corresponde disponer si su utilización es libre y gratuita o, por el contrario, poner un precio a su uso. Revisión: El uso del símbolo (c) es meramente informativo y opcional, e únicamente indica que la titularidad en exclusiva de los derechos de explotación sobre una obra corresponde a determinada persona o entidad, sin que se deduzcan de antemano los posibles usos autorizados por ésta. Revisión: La cita así como los otros límites a los derechos exclusivos de autor están fijados en la Ley , así que cualquier otro uso que no se adapte a esos casos requiere autorización. Debemos volver de nuevo a la capacidad de decisión que tienen los titulares de derechos respecto a cómo se va a explotar su obra, con las excepciones previstas en nuestro ordenamiento (que requerirá ver si la obra será utilizada en el ámbito privado o será objeto de uso colectivo, entre otros). ...

Big Brother S.A.: Intimidad en el trabajo

Autor: Javier de la Cueva Fecha: 01/01/1970 Coincidencia: 85,84%
... Proporcionalidad e intervención mínima La pregunta que habría que hacerse es si, en el uso de ese poder de control y vigilancia, el empresario, en ocasiones, transgrede la buena fe contractual. Hay que tener en cuenta que, tanto el acceso a Internet como el correo electrónico, son herramientas de trabajo proporcionada por el Empleador, por lo que su uso debe estar relacionado directamente con el trabajo que se desempeña. Son muchas las iniciativas que se están tomando, sobre todo a nivel de Convenios colectivos, que vienen a establecer las condiciones de uso de los recursos informáticos de la empresa. También son numerosos los contratos de trabajo donde se especifican las obligaciones y posibles responsabilidades, así como estableciendo las directrices que deben seguir los empleados con relación al uso que realicen de Internet y, más concretamente, del correo electrónico. ...

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