... Se parte de esta situación: en la inscripción de una parcela en régimen de propiedad horizontal constituído por su único propietario, consta que pertenecerá por cuotas indivisas, como anejo inseparable de los elementos privativos que se enajenen. Los compradores son un matrimonio que afirman estar casados en régimen de separación de bienes, sin especificar si este régimen es convencional o legal supletorio, y sin que resulte de la escritura las participaciones o cuotas de sus respectivas adquisiciones. El segundo defecto consiste en que no se especifica si el régimen económico matrimonial de separación de bienes alegado por los compradores es convencional o el legal supletorio; VENTA DE FINCA DE SOCIEDAD EN CONCURSO VOLUNTARIO. En el supuesto de hecho de este recurso, el marido adquiere unas participaciones indivisas de una finca señalando en la escritura que estaba casado en régimen de gananciales, y que adquiría para su sociedad de gananciales. ...
... Que es casarse en gananciales Octubre 22, 2010 5:34 pm Jaime Sanz General , Juridico , Separaciones y divorcios Dice el codigo civil que 'Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella
En españa salvo en Cataluña y Baleares te casas... Este caso supone que en caso de separacion/ divorcio los bienes son de los dos y las deudas son de los dos, con la salvedad de los bienes privativos. Muchos no saben que cuando uno se casa , lo hace en gananciales, y que si quiere otro régimen tiene que hacer capitulaciones matrimoniales antes de casarse, dirijiendose a un notario que recoja las propiedades de cada conyuge. ...
... Conforme a la vigente redacción del artículo 1435 del CC existirá el régimen económico de separación de bienes:
1. Cuando los cónyuges hubieren pactado en capitulaciones matrimoniales que no regirá entre ellos la sociedad de gananciales, sin expresar las reglas por que hayan de regirse sus bienes.
3. Cuando se extinga, constante matrimonio, la sociedad de gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los interesados fuesen sustituidos por otro régimen distinto. Por tanto, este precepto viene a ser una mera concreción, en relación con el régimen de separación de bienes, de la regla general establecida en el artículo precedente. Por supuesto, esta obligación de los cónyuges presenta características propias en el régimen de separación de bienes, frente al sistema de gananciales o de cualquier otro régimen del matrimonio que se asiente en la existencia de un patrimonio común – al que se le imputará en primer lugar las cargas del matrimonio. ...
... En el régimen de gananciales los ingresos obtenidos por los dos cónyuges se hacen comunes indistintamente de quién los haya obtenido. En el régimen de separación de bienes cada cónyuge será propietario de los ingresos que genere desde el momento del matrimonio y de las adquisiciones que realice con ese dinero. Podrá administrar y disfrutar de sus bienes libremente. Al disolverse el matrimonio cada cónyuge se quedará con los bienes que le sean propios. Hay un tercer régimen económico llamado régimen de participación por el cual cada uno de los cónyuges adquiere una participación sobre las ganancias obtenidas por el otro durante el tiempo que dure el matrimonio. El porcentaje de participación será determinado en las capitulaciones matrimoniales. ...
... Tras la reforma del Código Civil de 1975, es posible también otorgar capitulaciones matrimoniales tras la celebración del matrimonio. Sin embargo, debe hacerse notar que esta función no es la única que pueden cumplir las capitulaciones matrimoniales. En capitulaciones matrimoniales también pueden establecerse otras disposiciones por razón de matrimonio, tales como donaciones entre cónyuges o pactos sucesorios en favor de los hijos. Volviendo a la función tradicional que los capítulos cumplen, resulta destacable que esta figura se utiliza en Territorio Común para salir de la Sociedad de Gananciales y pactar un régimen de separación de bienes como estrategia de compartimentación de masas patrimoniales ante posibles acreedores. También es posible el pacto por el que los esposos o futuros esposos, cuyo régimen económico es el de gananciales, renuncien a participar en determinadas ganancias del otro, derivadas por ejemplo de una concreta actividad. ...
... La disolución de la sociedad legal de gananciales se produce, en los supuestos de crisis matrimonial, con la sentencia firme de separación, nulidad o divorcio, pues así lo establecen con claridad y rotundidad los artículos 95 del Código Civil -conforme al cual la sentencia firme producirá, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución del régimen económico matrimonial- y 1392.... Lo anterior, por otra parte, no obsta a considerar persistente la naturaleza ganancial de los bienes que tuvieran la condición de gananciales antes del inicio de la separación de hecho, cuando la sociedad estaba fundada en la convivencia (Sentencia de 18 de noviembre de 1997). DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCI... ...
... Hay muchas posibilidades de regular el régimen económico-matrimonial (existe libertad de pacto), y en determinadas Comunidades Autónomas existen derechos forales o especiales que tienen sus peculiaridades, pero para resumir y ya que no quiero entreterme en cuestiones de Derecho de Familia, al final se trata de distinguir entre bienes privativos (de cada uno de los cónyuges) o bienes de la... No les voy a engañar, la mayoría de la doctrina y la jurisprudencia (aunque escasas ambas) consideran que igualmente son bienes privativos. Para ello se apoyan en el art. 1346.5 del Código Civil que establece que serán privativos “los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles inter vivos”. Parece descabellado, pero hay que pensar que el propósito del régimen de gananciales es el de compartir los incrementos patrimoniales generados durante el matrimonio. Si no les parece bien, que hagan separación de bienes. ...
... En particular, no se sigue de las normas que regulan el régimen económico matrimonial, que en absoluto es mencionado en los antecedentes. Por ejemplo, si el régimen hubiera sido el de gananciales y la deuda privativa del donante, habría habido aplicación de bienes privativos donados a la cancelación de la deuda privativa y un crédito del cónyuge donatario contra el otro cónyuge por dicho importe: “Son privativos de cada uno de los cónyuges:
(…) 2. Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos”. Si la deuda tuviera la consideración de deuda ganancial, entonces el crédito del donatario sería contra la sociedad: “El pasivo de la sociedad estará integrado por las siguientes partidas: (…)
3. El régimen tributario, por ejemplo, no contenía limitación alguna en relación con las donaciones entre cónyuges, ni era legalmente posible impedir su aplicación a las mismas. ...
... Ex Secretario de Cámara de la Propiedad Urbana jueves, 23 de septiembre de 2010 EL IRPF Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES. No es infrecuente que en los supuestos de ruptura matrimonial al disolver la sociedad de gananciales se adjudique uno de los cónyuges la vivienda habitual compensando el que la recibe con una cantidad a metálico a quien la cede.
¿Constituye ganancia o pérdida esta operación en el IRPF? La Ley reguladora del Impuesto después de definir que “Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél”, declara lo siguiente, “Se estimará que no existe alteración en la composición del patrimonio: … b. En la disolución de la socieda... La responsabilidad del arrendador en un incendio La Sociedad Pública de Alquileres. ...
... El TS en el año 2.007 sentó la doctrina de que si la indemnización por despido es percibida aún vigente la sociedad de gananciales se trata de una consecuencia económica del trabajo efectuado por su perceptor, que debe calcularse por los parámetros referidos hasta aquél momento y que no se pierde por la obtención de un trabajo posterior, por lo que entiende que es un bien ganancial. En cambio si la indemnización se obtiene cuando ya no esta vigente la sociedad de gananciales es un bien privativo y pertenece exclusivamente al cónyuge que la percibió. Entiendo que el otro cónyuge, ignorante de la situación laboral, puede ser víctima de un engaño ya que el importe de la indemnización por despido puede ser cuantioso y al desconocer la proximidad del despido puede firmar erróneamente el convenio regulador o acceder a las pretensiones de su cónyuge, por ejemplo firmando capitulaciones matrimoniales. ...