... Ex Secretario de Cámara de la Propiedad Urbana lunes 2 de marzo de 2009 CONDUCIR SIN PUNTOS En Pamplona un conductor ha resultado absuelto del delito que se le imputaba por conducir después de haber perdido la totalidad de los puntos de su permiso de conducir. Publicado por
Pedro Hernández Olmo en
16:22 Enviar por correo electrónico Escribe un blog Compartir con Twitter Compartir con Facebook Etiquetas:
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Enviar comentarios (... El incumplimiento del arrendador Conducir sin carnet ¿Es posible reclamar los daños y perjuicios produc... ...
... El sistema de consulta de puntos del carnet de conducir es ilegal, pero no lo van a cambiar Tweet El sistema que ofrece la DGT en su página web para que el ciudadano pueda consultar sus puntos del carnet fue declarado hace más de un año ilegal por la Agencia Española de Protección de Datos al no garantizar la privacidad de los datos accesibles. Pero antes de continuar, contiene responder ¿por qué el sistema de consulta de puntos del carnet de conducir vulnera la LOPD? Si un ciudadano decide consultar sus puntos sin utilizar certificado digital deberá seguir estas instrucciones que yo resumo de la siguiente manera:
1º: Introduce el NIF. 2º: Introduce la fecha de expedición del primer carnet de conducir. Y es lo que precisamente dice la DGT, hasta que no conste que un tercero ha accedido a los puntos de otra persona no van a cambiar nada. Descargar resolución de la AEPD declarando ilegal el sistema de consulta de puntos de la DGT ...
... La pérdida del carné de conducir puede ser motivo de despido, cuando el vehículo es un elemento esencial en su trabajo e incluso puede no tener derecho a indemnización. Hay que tener en cuenta que la ley distingue entre los conductores profesionales y aquellos cuyas funciones laborales no llevan aparejadas la conducción de vehículos y a quienes, por tanto, una posible pérdida del permiso de conducir no les influiría en su relación laboral. Para todos aquellos conductores profesionales que pierdan el permiso de conducir, la ley prevé la imposibilidad de recuperación del carné hasta pasados 3 meses la primera vez y 6 meses en caso de una segunda pérdida del mismo. Si la empresa no facilita los datos del conductor-infractor, será sancionada pecuniariamente como autora de una infracción muy grave con una multa que oscila entre 301 y 1.500 €, si bien el trabajador – conductor, no sufrirá la sanción de pérdida de puntos de su carné de conducir. ...
... Esos puntos podrán ser recuperados al igual que el permiso de conducir mediante cursos de reeducación vial. Los puntos Todas aquellas personas con carné de conducir desde hace más de tres años reciben doce puntos de carné. En el momento que se pierdan todos los puntos se revoca el permiso de conducir quedando el titular sin su carné. El máximo acumulable de puntos de bonificación es de tres puntos. Si la gravedad de la sanción es grave la multa será de 91 a 300 €, restando dos o tres puntos, inscribiéndose antecedentes, pudiendo retirar el permiso de conducir de uno a 3 meses, e incluso pudiendo producir la revocación del carné. Si la gravedad de la sanción es muy grave la multa será de 301 a 600 €, restando de 4 a 6 puntos, inscribiéndose antecedentes, comportando siempre la retirada del permiso de conducir de uno a 3 meses, y pudiendo producir la revocación del carné. ...
... Dedicamos la presente entrada a destacar los aspectos más importantes de la última reforma operada en materia de Tráfico, y en concreto en lo que afecta al carnet por puntos y a la modificación operada en determinadas sanciones con respecto a la retirada de éstos. Es destacable que determinadas infracciones que restaban puntos ya no lo hacen, como son: · Circular por autovía con vehículos prohibidos. Restan 6 puntos las siguientes infracciones: · Tasa de alcoholemia superior a 0’50 mg/l de aire expirado. Perderán 4 puntos los conductores que: · Conduzcan con mayor tasa de alcohol del 0’25 mg/l de aire expirado. Se castigan con la pérdida de 3 puntos las siguientes infracciones: · Llevar a cabo cambios de sentido prohibidos. ...
... Señales y órdenes de los agentes encargados de la vigilancia del tráfico.
2. El Ayuntamiento podrá autorizar la implantación de dispositivos y/o señalización específica que contribuyan a la seguridad y comodidad de los ciclistas, tanto en calles de tráfico mixto como en calles que disponen de vía ciclista, como los siguientes:
- Vías ciclistas en dirección opuesta a la del tráfico motorizado. Todo lo anteriormente expuesto será válido mientras no contradiga lo especificado en la Ordenanza General de Tráfico. Sólo se podrá proceder a la retirada de puntos a los conductores de vehículos motorizados que precisan de un permiso de circulación para su conducción. Pista bici: Vía ciclista independiente del tráfico peatonal y del rodado. El conductor que preste el coche a un “sin carnet”... ...
... Lo anterior permite fraudes bajo la fórmula de alegar que el conductor era un ciudano extranjero, identificándolo previo acuerdo entre las partes, no sólo en cuanto a evitar la imposición de sanciones económicas, que pueden quedar en olvido por las incomodidades de su ejecución fuera del país, sino especialmente de cara a impedir la retirada de puntos del carnet. La sentencia del Tribunal Constitucional 54/2008, de 14 de abril , que destacamos esta semana en la sección de jurisprudencia de Noticias Jurídicas , comenta un caso en el que el Ayuntamiento de Madrid, quizá cansado de estas trampas, no acepta la mera identificación del conductor por parte del titular con nombre, apellidos y domicilio, exigiéndole además la aportación de una copia de ... ...
... Además de perder nuestros derechos de defensa mediante los correspondientes recursos o proposiciones de prueba, que en muchas ocasiones nos permiten el archivo de la sanción, perdemos la conciencia de los puntos perdidos. Recuerde que los puntos que nos quedan pueden ser consultados en la web de la DGT y que existen cursos para recuperar puntos antes de perderlos todos. Una vez perdidos, solo nos quedara pasar por un curso y examinarnos del teórico nuevamente, con la dificultad que ello conlleva para los conductores con una antigüedad en su carnet de conducir y la obligación de no conducir durante un mínimo de tres meses para los conductores profesionales y de seis para el resto. Además de la repercusión en los precios de los seguros contratados, como consecuencia de la perdida de la antigüedad. Esperamos que la DGT mejore su sistema de contestación de recursos y cumpla con la ley, dando una contestación clara y razonada a los pocos recursos que nos permitirá la nueva ley. ...
... El caso es que cada vez que multan a un ciclista por cualquier cosa (saltarse un semáforo por ejemplo), le aplican la normativa actual de sancionarlo con la retirada de puntos, además de la sanción económica que le corresponda. Esto de por sí suena del todo absurdo, pero como digo, es lo habitual, y de hecho ya hay varias sentencias que no han tenido mucha publicidad, pero que han obligado a Tráfico a devolverle los puntos a los infractores. Según se excusan en la DGT, dicen que se trata de casos excepcionales y que siempre se producen por error. Si para llevar bibicleta no se requiere carnet de tipo alguno, no se puede sancionar a nadie quitándole puntos. ¿Qué ocurre entonces si a quien sancionan no dispone de carnet; le quitarán los puntos de la Travel? ...
... El Tribunal Supremo refuerza las garantías frente a los descuentos de puntos del permiso de conducir En este último mes la Administración de Tráfico ha cobrado protagonismo por tres motivos singulares. El Tribunal Supremo deja claras tres cuestiones:
A) El régimen de puntos no es una condición para la obtención del permiso de conducir sino un efecto. En la práctica, en España existirá un requisito negativo que no contraviene el Derecho comunitario: “no haber agotado los puntos disponibles del permiso”. B) La pérdida de puntos tiene carácter materialmente sancionador, pues es siempre consecuencia de una infracción. O sea, plenitud de garantías para combatir la pérdida parcial de puntos (además de la privación total final) sin sutilezas de que son meras fases de trámite que se acumulan. C) La impugnación de la sanción o de la pérdida de puntos podrá efectuarse aunque el interesado hubiere obtenido la reducción del 30% por haber realizado el pago. ...