... Aunque a mucha gente le sorprenda, el recurso contra una liquidación tributaria, así como contra cualquier otro acto administrativo -salvo las propias sanciones tributarias- no lleva aparejada la suspensión de su ejecutividad. Es decir que pese a los recursos que interponga yo tngo que pagar la deuda tributaria, y si gano Hacienda em devolverá lo pagado con sus intereses de demora. Para suspender la deuda tributaria puedo hacer tres cosas:
- Suspender con garantía, como un aval o un seguro de caución, en cuyo caso la suspensión será automatica por Ley. Un claro interes de la Administración tributaria de rebajar mediante esta tecnica, el recurso a exigir las reducciones en las sanciones tributarias, etc, la gigantesca litigiosidad existente, ya que ante las actuaciones de liquidación tributaria -que les exigan pagar más a Hacienda- el contribuyente, que no pasa su mejor momento economico -y más si son personas físicas- tiende a discuti... ...
... Otros definen sostenibilidad tributaria de forma algo diferente (ver OECD, 2007; Schick, 2005). Cualquier ratio deuda-PIB elegido como objetivo para la estabilización debe ser lo suficientemente bajo para inspirar confianza en los inversores que compran deuda de un país. La deuda no puede crecer más rápido que le economía en cualquier período largo. Si el pago anual de interés sobre la deuda es el 5 por ciento del PIB y el déficit es igual al pago del interés, la deuda crecerá al 5 por ciento anualmente. La cuantía de la brecha tributaria puede decirse que representa la medida en que el gobierno necesitaría inmediatamente y permanentemente elevar los impuestos, reducir los gastos o usar una mezcla de ambos para mantener la deuda del gobierno en el mismo tamaño relativo comparado con el de la economía al final de un período dado. Available: http://ideas.repec.org/p/gii/-2007.html [December 2009 Labels: SOSTENIBILIDAD TRIBUTARIA ...
... Comentarios Jurídicos Comentario sobre las novedades jurídicas de Derecho Español
Normativa tributaria: se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias dejar un comentario » NYR. El Reglamento de gestión e inspección tributaria fijó en 6.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento. La Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, elevó el límite a 18.000 euros pero sólo para las deudas de derecho público gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal. ...
... La
prescripción ganada comporta la extinción de la deuda tributaria (LGT
art.69.3). LGT art.66.a, 67.1, 68.1, 69.1 y 69.3) Se establece un plazo de cuatro años para que la Administración
determine la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. Acerca de la determinación de si un acto es o no conducente a la
liquidación o autoliquidación de la deuda tributaria, debe atenderse en cada
caso concreto a si su contenido permite o no deducir el reconocimiento de la
obligación tributaria. Derecho a solicitar el reembolso de los costes derivados de la
obtención, presentación y mantenimiento de una garantía presentada para
suspender la ejecución de una deuda tributaria o para aplazar o fraccionar su
pago. Derecho a obtener el reembolso
de los costes derivados de la obtención, presentación y mantenimiento de una
garantía presentada para suspender la ejecución de una deuda tributaria o para
aplazar o fraccionar su pago. ...
... En todo caso, las deudas aplazadas devengan intereses, siendo el interés el legal cuando la deuda se garantiza con aval o seguro de caución; en los demás casos el interés es el interés de demora tributario a lo largo del periodo de aplazamiento. A continuación, la Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, eximió de garantías a las solicitudes de aplazamientos, gestionadas por la Agencia Tributaria, cuando el importe total de las deudas pendientes de un mismo deudor no exceda de 18.000 euros. Finalmente, la Resolución de 8 de mayo de 2009, de la Presidencia de la Agencia Tributaria, ha modificado la distribución de competencias en aquella, en el área de recaudación, para adecuarla a esta nueva política de aplazamientos. ...
... Hay que considerar, que ante los Tribunales, la carga de la prueba de que una parte o la totalidad de la deuda está pagada, recaerá siempre íntegramente en el demandado. Sin un albarán que acredite y documente adecuadamente la entrega o prestación, la pretensión del acreedor carecerá de suficiente fuerza probatoria para demostrar la existencia de la deuda ante los Tribunales. La cuota tributaria repercutida, consignándose la misma por separado. Documento de solidarización en una deuda Con este sencillo pero eficaz documento, se puede proteger de forma muy segura toda incidencia que pudiera derivarse de una operación comercial con alto riesgo de impago. En este caso, se implica a los administradores de la sociedad, los cuales quedan obligados a responder de forma solidaria con sus propios bienes frente al vendedor-acreedor por la suma total de la deuda. Hay que destacar, que no existe relación directa entre el cobro de la deuda y el desistimiento del proceso judicial. ...
... A estos efectos, para la cancelación anterior al transcurso de dicho plazo, deben observarse las formalidades adecuadas para el acto cancelatorio (cfr. artículo 83 de la Ley Hipotecaria) de manera que se acredite el hecho y la causa de la cancelación (cfr., respecto del pago o el acuerdo de extinción de la deuda por cualquier otra causa, el artículo 173 de la Ley General Tributaria). ES PRECISO DETERMINAR CLARAMENTE LA DEUDA, DE LO QUE DEPENDERÁ LOS DIFERENTES HECHOS QUE DEBEN ACREDITARSE. ANOTACIÓN DE EMBARGO POR DEUDA POST-CONCURSAL: SE REQUIERE LA INTERVENCIÓN DEL JUEZ MERCANTIL ENCARGADO DEL CONCURSO DE ACREEDORES. Se reconoce además en el mandamiento que se trata de una deuda post concursal, aunque se ha notificado a los administradores concursales, lo que se acredita. ...
... En síntesis, para la Administración era motivo suficiente para sancionar por defraudación tributaria, la simple falta de ingreso del tributo sujeto a autoliquidación, unido a la ausencia de complejidad en la interpretación de la normativa tributaria aplicable. En efecto, para la Administración Tributaria si la norma era clara, presumía la culpabilidad del infractor por el mero hecho de no cumplirla. O sea, aunque el infractor con mano temblorosa firme el Acta que le somete la Inspección y asuma su obligación de ingresar la deuda, ello tampoco es suficiente para sancionarle, puesto que hay que probar por la Inspección la culpabilidad específica del infractor.
2. Si la resolución sancionadora se limita a invocar el precepto legal que fijaba la obligación tributaria y a señalar que esa norma es clara, estaremos ante una sanción aquejada de falta de motivación y como tal nula.
3. ...
... Para ello, podemos optar por dos procedimientos:
A) A través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria , cuya ruta de acceso es:
Oficina virtual » Pago de Impuestos » Autoliquidaciones En ella podemos elegir a su vez entre dos formas de pagar:
Mediante el cargo en cuenta corriente, o Pago mediante tarjeta de crédito o débito. DOMICILIACION BANCARIA DE IMPUESTOS Sin duda, este segundo supuesto es el más interesante para todos los contribuyentes, ya que bajo este sistema, se presenta directamente la declaración y se indica en el propio modelo la cuenta en la que la Agencia Tributaria deberá hacer el correspondiente cargo. El único problema que presenta esta modalidad de pago es que el obligado que quiera optar por esta forma de satisfacer la deuda tiene que renunciar a algunos días en lo que al plazo de presentación se refiere, que variará según los modelos, y que he recogido en un cuadro en este mismo blog ...
... Serán responsables subsidiarios de la deuda tributaria las siguientes personas o entidades: Hay que decir que esto no es fácil, pero también me consta que la Agencia Tributaria ha empezado (al menos en Zaragoza) a investigar lo que pasa con los ingresos por AdSense y AdWords, que no se suelen declarar. ...