Pregunta:
... Usucapión o prescripción adquisitiva es un modo de adquisición del dominio u otro derecho real, por la posesión continuada del mismo durante el tiempo y con las condiciones que fija la ley. La adquisición del usucapiente se produce “ipso iure”, es decir, tan luego como se cumple el plazo que la ley fija. Y si los efectos de su adquisición sólo se dieran a partir de que se produce, aquellos actos serían atacables en cuanto realizados por quien no tenía derecho a verificarlos. El título se identifica, en este caso, con la existencia de un acto transmisivo apto o capaz, en abstracto, para haber producido la adquisición del dominio o derecho real de que se trate. La palabra título no se toma aquí en su acepción vulgar de “documento”, sino como hecho o acto que sirve de causa a la posesión y, consiguientemente, a la adquisición de la propiedad. Si fuera material se entendería ésta como un acto de aceptación de la herencia por parte de dicho tenedor. ...
Pregunta:
... Llevo varios días intentando solucionar un problema con una herencia que tengo entre manos. Ha habido una renuncia pura, simple y gratuita de todos los hermanos en favor de mi conocido. El problema viene porque pasado un tiempo tenemos una cuenta de valores a nombre del fallecido que queremos cambiar de titularidad y que no estaba inventariada en la escritura que se otorgó. ¿Podemos seguir considerando que la renuncia que tuvo lugar en su momento se puede aplicar a este nuevo bien? ...
Pregunta:
... He de decir que aun no se ha producido aceptación de la herencia y evidentemente tampoco partición ni adjudicación de la misma. ...
Pregunta:
... Mis hermanos y yo somos herederos de la herencia de un familiar lejano pero junto a la herencia sabemos existe una deuda de prestamo personal que está pendiente de liquidar. Si acepto la herencia ¿estamos obligado a pagar la deuda y si es así me imagino que será la parte proporcional? ...
Pregunta:
... SE BUSCA ABOGADO PARA RECLAMACIÓN DE HERENCIA (Bilbao) Se busca abogado para reclamar una herencia cuantiosa. Las propiedades que pueden conformar la herencia son: El 100% de las acciones de una empresa con facturación > 2 millones de Euros. Pero pido la aceptación de CUOTA LITIS, siendo el pago únicamente el 20% del los obtenido en la herencia. ...