Pregunta:
... Otro, el de la propiedad que vende, dice que no es necesario para el registro, es decir, que una vez salga de la notaria con la escritura de compra venta, vaya al registro de la propiedad a inscribirla y despues actualice los datos en catastro y en la junta de andalucia para el pago del ITP. ¿es así? quiero decir...son esos los pasos indicados? gracias. ...