Pregunta:
... En cálculo de indemnizaciones por despido, extinción contrato, se calcula el salario diario aplicando la ST del tribunal supremo de 30-06-2008, que dice que hay que pasar los pagos al trabajador a computo anual y despues dividimos entre 365 dias obteniendo así el salario real diario, ahora bien , esto,¿ únicamente se aplica a efectos de indemnización (pej 45 dias x despido improcedente) o también se ha de aplicar a la hora de calcular el salario que debe la empresa al trabajador por los días que ha trabajado a la hora de proceder al finiquito?, es decir ,lo de la sentencia ¿es sólo a efectos de indemnización o ´se aplica también para otros casos en que se ha de hayar el salario diario como pej: a la hora de saldar cuentas con el trabajador en el finiquito?,si por ejemplo, ha trabajado 5 días y el trabajador es grupo mensual, para calcular el importe diario,¿ también se aplica la Sentencia? muchas gracias ...
Pregunta:
... Después de la contestación que me diste ayer sobre la embargabilidad de una indemnización quiero decirte la explicación que me ha dado una inspectora de trabajo. Me comenta que la indemnización no corresponde al sueldo, retribución,... y el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no regula que la indemnización sea un concepto embargable. Por lo tanto ella no consideraría que dicha indemnización se tendría que tener en cuenta a la hora de fijar la cuantía del embargo. Por otra parte dice que es aconsejable hablar con el organismo que ha procedido a dicho embargo para que él estime si se le aplica o no. ...