Pregunta:
... La normativa vigente –Ley del Divorcio de 1981– contempla que el progenitor al que le sea otorgada la guardia y custodia de los hijos ha de disfrutar de la vivienda matrimonial hasta que los hijos sean independientes económicamente, aunque ésta pertenezca al otro cónyuge. Patricia Alzate todavía recuerda asombrada el día en el que a su despacho acudió una pareja pidiéndole que el convenio regulador del divorcio incluyera seguir compartiendo la vivienda marital. La convivencia de los ex cónyuges es una situación puente que no suele extenderse más de seis meses. ...