Pregunta:
... Enervación de la acción de desahucio y condena en costas. Estimo que hay que imponer las costas al demandado que enerva la acción. Aunque el art. 22.4 LEC no contenga norma expresa para este caso concreto, el conjunto normativo que supone la LEC obliga a ello. Si no hubiera habido enervación la acción hubiera prosperado, pues al consignar el demandado reconoce el impago de las rentas debidas, causa de la resolución que motiva la estimación de la demanda. Si se continúa el juicio recaería una sentencia estimatoria y el art. 394 supondría la condena en costas del arrendatario. Por otro lado, si el demandado no hubiera comparecido al juicio verbal de desahucio, o si comparece y reconoce que adeuda las rentas, la sentencia es siempre estimatoria por disposición del art. 440.3 LEC, lo que trae consigo la imposición de costas conforme al art. 394 de la misma norma. Al comparecer y consignar, el arrendatario demandado reconoce que adeuda las rentas, y por lo tanto, evita el ...