Pregunta:
... mi abuelo falleción y le dejó los bienes a mi abuela. y cuando ella muera pasaran a los hijos.mi madre, por una serie de cuestiones, quiere adjudicarse uno de los bienes y todos los demás estan de acuerdo. nos han dicho que hay que hacer un poder a favor de uno de los hijos para que pueda repartir la herencia entre todos los hermanos, y así mi marde poder adquirir el bien. esto es correcto? o sino, como puede mi madre aduqier este bien ahora?gracias ...
Pregunta:
... Por último, y respecto al plazo necesario para la usucapión extraordinaria, el mismo, lo fija la ley (art. 1.959 del Cc), en el de treinta años, si bien, en caso de ser insuficiente éste, el artículo 1.960.1º del Cc., permite “al poseedor actual completar el tiempo necesario para la prescripción, uniendo al suyo el de su causante”. Corroborando lo anterior, el artículo 440 del Código Civil establece que “la posesión de los bienes hereditarios se entiende transmitida al heredero sin interrupción y desde el momento de la muerte del causante, en el caso de que llegue a adirse la herencia. ...