Pregunta:
... Es decir, el usucapiente se convierte en titular del derecho al final del plazo, pero éste le es reconocido como si le correspondiese desde el principio. Respecto a la posesión de buena fe, el artículo 1.950 del Cc. establece que “la buena fe del poseedor consiste en la creencia de que la persona de quien recibió la cosa era dueña de ella, y podía transmitir su dominio”. Que el título sea “verdadero” lo es en el sentido que el título ha de existir realmente, es decir, que tenga una existencia objetiva y no meramente intelectual (no verdadero en cuanto a su contenido, dado que ello, en su caso, tan solo afectará al requisito de la buena fe) careciendo de idoneidad para esta prescripción, por ejemplo, el título simulado (al menos cuando la simulación ... Respecto a que la posesión ha de ser “pacífica”, dicho dato habrá que ponerlo en relación a que la posesión no se ejerza de forma violenta. ...