Pregunta:
... Tal aseveración, en relación a los supuestos de copropiedad, no supone más que aplicar una antigua regla del Derecho Romano (nemo sibi causara possessionis mutare posse) con arreglo a la que «nadie puede por si mismo cambiar la causa de su posesión». Tal operación se denomina inversión del título y concepto posesorio (interversio possessionis). ...