Pregunta:
... Hola a todos! Tengo un gran problema, os pediría por favor que me contestarais: He firmado una conversión de contrato temporal a contrato indefinido. Yo pensaba que en todos los contrato indefinidos tienes derecho a recibir indemnización por despido improcedente, pues bien, en mi contrato, según lo que indica no, escribo textualmente lo que aparece: SÉPTIMA: Al presente contrato le será de aplicación la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2001 de 9 de julio (BOE DE 10 DE JULIO) --NO-- OCTAVA: En caso de haber respondido afirmativamente a la anterior cláusula, cuado el contrato se extinga por causas obejtivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de la indemnización a la que se refiere el artículo 53.5 del Estatuto de los Trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el art. 56 del mismo texto legal, será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses, los períodos de tiempo inferiores a ...