Pregunta:
... Custodia compartida para algunos Si María y Juan se divorcian en Andalucía se les aplica el artículo 92 del Código Civil y la custodia compartida, salvo que expresamente la pacten ambos progenitores, será difícil de conseguir porque a falta de acuerdo habrá que acreditar que “sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”. Pero si María o Juan se divorcian en Aragón o en Cataluña, la cosa cambia ya que en principio el modelo preferente de custodia es la conjunta o compartida, es decir, que lo que en Andalucía, Galicia, Castilla o Madrid es la excepción, en Aragón y Cataluña es la norma. Ni en Aragón ni en Cataluña podrán dictarse ya sentencias acordando la custodia monoparental indicando al mismo tiempo la típica frase de “a pesar de que ambos progenitores están en un plano de igualdad para ostentar la custodia”. ...