Pregunta:
... En testamento se constituye legado a favor de un legitimario con cargo al tercio de libre disposición, que excede el valor del citado tercio. Según el 828Cc, éste se reputará mejora, y consecuentemente, según el 829 Cc, si excede del tercio de mejora y de la parte alícuota de la legítima, el mejorado deberá compensar al resto de legitimarios. Se constituye legado a favor de A del bien X, con cargo al tercio de libre disposición. ¿Es correcta la siguiente partición? A: Bien X (15 de mejora, 5 de legítima, 4 de libre disposición). O por el contrario, el bien X se adjudica con cargo a los tercios de mejora y libre disposición, y resulta el reparto: A: 24+7 (Bien X, con cargo a LD y mejora), y 7 correspondientes a legítima (5) y legítima larga (2) B y C: 7 (5 legítima + 2 legítima larga) cada uno de ellos, debiendo compensar ambos, en sus excesos de adjudicación de los bienes Y y Z, a A en 5 y 2, respectivamente. ...