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Tribunal Constitucional. ATC 246/1997, 30 de Junio de 1997

, Valoración: 0 , Fecha: 30/06/1997 , Coincidencia: 86,11%
1. En primer término, por lo que respecta a la alegada infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio del art. 18.2 C.E., concurre el motivo de inadmisión previsto en el art. 50.1 a), en relación con el art. 44.1 c), ambos de la LOTC, consistente en la falta de invocación del derecho constitucional vulnerado, tan pronto, una vez conocida la violación, hubiere lugar para ello. El recurrente basa la vulneración del citado derecho fundamental en el registro efectuado en su día por la policía en su domicilio familiar, pero no ha acreditado, pese habérsele solicitado que lo hiciera, el cumplimiento del requisito de haber invocado el citado derecho constitucional presuntamente lesionado en el primer momento procesal oportuno desde que se tiene conocimiento de la infracción. De otra parte, además, como pone de manifiesto el Ministerio Fiscal en su escrito de alegaciones, del examen de la Sentencia de instancia se deduce que la cuestión relativa a la lesión del derecho
Inadmisión. Invocación formal del derecho vulnerado: falta. Derecho a la presunción de inocencia: discrepancia en la valoración de la prueba.

Tribunal Constitucional. ATC 119/1997, 23 de Abril de 1997

, Valoración: 0 , Fecha: 23/04/1997 , Coincidencia: 86,11%
La causa penal que se sigue contra el solicitante de amparo lo es por unos hechos relacionados con la existencia de una organización dedicada al tráfico de estupefacientes y la aprehensión de 60.800 pastillas de éxtasis. La Audiencia Provincial, con mayor matización, hace referencia a la «indudable gravedad» de los hechos, constituido por el «tráfico de más de cincuenta mil dosis de éxtasis intervenidas en el interior de un vehículo», por lo que, habida cuenta la pena susceptible de ser impuesta, «se advierte un claro peligro de que el reo trate de sustraerse a la acción de la justicia».
Inadmisión. Prisión provisional: motivación de la resolución judicial que la impone. Contenido constitucional de la demanda: carencia.

Tribunal Constitucional. ATC 25/2003, 28 de Enero de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 28/01/2003 , Coincidencia: 86,11%
Como se ha expuesto en el antecedente segundo, el órgano judicial promotor de esta cuestión de inconstitucionalidad, Juzgado de Instrucción núm. 19 de Valencia, plantea la misma tras los trámites de un juicio de faltas sobre lesiones en materia de tráfico y con carácter previo a dictar sentencia. En los «hechos» del Auto de planteamiento no se contiene ninguna referencia a las tablas del anexo de la Ley 30/1995 ni a ninguno de los apartados concretos de dichas tablas que determinan las indemnizaciones que resultan de aplicación como consecuencia de los accidentes de tráfico acaecidos y, por tanto, de las que procede aplicar en el caso concreto sometido a enjuiciamiento.
Cuestión de inconstitucionalidad: fundamento y requisitos, identificación de la norma cuestionada juicio de relevancia insuficiente. Responsabilidad civil: baremo legal de valoración de daños, respetado. Vehículos de motor; responsabilidad civil.

Tribunal Constitucional. ATC 55/2003, 10 de Febrero de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 10/02/2003 , Coincidencia: 86,11%
1. Examinadas las actuaciones que acompañan a la presente demanda de amparo y las alegaciones de los recurrentes y del Ministerio Fiscal, procede acordar la inadmisión del recurso de amparo por no revestir relevancia constitucional las quejas en él formuladas respecto de la pretendida vulneración de los derechos de los recurrentes a la tutela judicial efectiva sin indefensión, a un proceso con todas las garantías, a la utilización de los medios de prueba pertinentes y a la presunción de inocencia. 2. Por lo que se refiere, en primer lugar, a la aducida vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, que en la demanda viene fundamentada en el hecho de que no obraran en las actuaciones los resultados del análisis pericial de la sustancia aprehendida a raíz del transporte cuyo encargo fue imputado a los demandantes de amparo, de las actuaciones se desprende que esa prueba que se dice no producida en el procedimiento tuvo
Sentencia penal. Derecho a la presunción de inocencia: condena fundada en la declaración de un coimputado corroborada, respetado. Derecho a un proceso con todas las garantías: prueba penal.

Tribunal Constitucional. ATC 94/2003, 24 de Marzo de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 24/03/2003 , Coincidencia: 86,11%
Frente a ello, la demandada da una explicación alternativa a cada una de estas actuaciones, pues, sin negar su protagonismo en la ejecución de las tareas antes descritas, afirma haberlas llevado a cabo en el desarrollo normal de las funciones auxiliares que, por razón de su trabajo, y por la relación afectiva mantenida con éste, le tenía encomendadas Alfonso Q., pero sin conocimiento de... De las circunstancias concurrentes en la ejecución de los actos de colaboración que han sido descritas, las Sentencias impugnadas deducen, mediante un razonamiento indiciario, que la demandante conocía perfectamente y asumía que estaba participando en una operación de tráfico de drogas. Además, trabajaba con él en la empresa de transporte marítimo a través de cuya actividad se trató de enmascarar la operación de tráfico ilícito de cocaína como si de una operación comercial más de transporte de mercancías se tratara.
Sentencia penal. Derecho a la defensa: secreto sumarial. Derecho a la presunción de inocencia: condena fundada en prueba de indicios, respetado. Prueba indiciaria: doctrina. Derecho a la tutela judicial sin indefensión: secreto del sumario justificado y con una duración que no impide la defensa, respetado.

Tribunal Constitucional. ATC 215/2003, 30 de Junio de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 30/06/2003 , Coincidencia: 86,11%
Al respecto no puede tacharse de irrazonable la explicación del órgano judicial de que la «causa del retardo basada en un atasco de tráfico no es de recibo como causa de nulidad del juicio, toda vez que las vicisitudes del tráfico han de correr a riesgo del propio interesado».
Resoluciones contencioso-administrativas. Principio «pro actione». Abogado y procurador: enfermedad. Derecho a la tutela judicial efectiva: acceso al proceso, respetado.

Tribunal Constitucional. ATC 387/2003, 1 de Diciembre de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 01/12/2003 , Coincidencia: 86,11%
Como dice el Ministerio Fiscal, una valoración conjunta de todos los indicios enunciados por la Sentencia de instancia lleva a considerar que no es contrario a las reglas de la lógica sostener que el demandante de amparo participaba en el tráfico de drogas estupefacientes que se realizaba en el establecimiento al frente de cuya explotación se encontraba.
Sentencia penal. Delitos contra la salud pública. Derecho a la presunción de inocencia: prueba de indicios, respetado. Prueba indiciaria: requisitos; razonabilidad de la inferencia impugnada.

Tribunal Constitucional. ATC 244/2003, 14 de Julio de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 14/07/2003 , Coincidencia: 86,11%
Los demandantes de amparo han denunciado la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, por no habérseles permitido el ejercicio de las acciones judiciales derivadas del fallecimiento de su hijo en accidente de tráfico, al seguirse otro procedimiento del que no tuvieron conocimiento y en el que no fueron parte.
Sentencia civil. Proceso civil: mala fe procesal. Responsabilidad civil: accidente de tráfico. Cosa juzgada: alcance material; intangibilidad de las sentencias. Derecho a la tutela judicial efectiva: cosa juzgada, respetado.

Tribunal Constitucional. ATC 234/2003, 10 de Julio de 2003

, Valoración: 0 , Fecha: 10/07/2003 , Coincidencia: 86,11%
1. Se alega en el presente recurso de amparo la violación del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones telefónicas (art. 18.3 CE) dado que la intervención telefónica ha sido acordada sin datos de base, por meras sospechas, y en un Auto insuficientemente motivado. Consideran los recurrentes defectuoso el control judicial sobre las escuchas, tanto en la prórroga de las intervenciones como en la audición de las cintas y aducen también vulneración del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, reconocido en el art. 24.2 CE por cuanto no se han respetado las garantías legales exigibles en torno a la prueba procesal, admitiendo para fundar el fallo condenatorio pruebas nulas de pleno derecho, al obtenerse conculcando el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones. Igualmente, entienden lesionado su derecho a la presunción de inocencia, reconocido en el art. 24.2 CE, al basarse la condena en pruebas obtenidas con violación de derechos
Sentencia penal. Derecho a la presunción de inocencia: prueba lícita. Derecho a un proceso con todas las garantías: audición de cintas grabadas. Derecho al secreto de las comunicaciones: intervención telefónica, respetado. Intervenciones telefónicas: motivación de la autorización judicial; prórrogas motivadas.

Tribunal Constitucional. STC 92/2000, 10 de Abril de 2000

, Valoración: 3 , Fecha: 10/04/2000 , Coincidencia: 86,11%
El presente recurso se interpone contra dos Sentencias, una dictada el 26 de junio de 1993 por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional en causa instruida por el Juez Central núm. 5, y otra, pronunciada el 31 de octubre de 1994 en casación por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, condenando al demandante como autor de un delito contra la salud pública (tráfico de drogas). En cuanto a las quejas por la supuesta infracción de los derechos a obtener la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE) y a ser informado de la acusación (art. 24.2 CE), dichos derechos fundamentales se estiman vulnerados por la falta de motivación de la Sentencia que lleva a la condena del demandante por un delito de receptación en tráfico de drogas.
Promovido por don José Alberto Aguín Magdalena frente a las Sentencias de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional, que le condenaron como autor de un delito de receptación en tráfico de drogas.

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